3. Otras disposiciones. . (2023/144-42)
Orden de 25 de julio de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se aprueba el modelo de convenio y se establece el procedimiento de cofinanciación para la creación y el mantenimiento de los Centros Municipales de Información a la Mujer en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Viernes, 28 de julio de 2023

página 12744/9

Quinta. Obligaciones de la entidad local ……………………………………
La entidad local ……………………………………………….. se compromete a:
1. Garantizar el desarrollo de las funciones establecidas en el Decreto 99/2022, para
el Centro Municipal de Información a la Mujer en el/ los municipios que constituyen su
ámbito territorial de actuación, a través del siguiente personal:
a) Una persona agente de igualdad, que deberá ser personal laboral fijo, laboral
indefinido o por tiempo determinado, o nombrada como funcionaria de carrera o
funcionaria interina, a jornada completa, y con una titulación mínima de grado o la extinta
diplomatura universitaria, preferentemente del área de ciencias jurídicas o sociales o
del área de ciencias de la salud. Deberá acreditar formación en materia de igualdad y
experiencia en alguno de los siguientes campos: igualdad de oportunidades entre mujeres
y hombres, desarrollo comunitario, voluntariado y dinamización social o de grupos. No
obstante, la persona Agente de Igualdad que no cumpla el requisito de titulación exigido,
podrá acreditar una antigüedad mínima de tres años en tal puesto, en el caso de la
entidad local que, siendo beneficiaria de subvención para el mantenimiento del Centro
en los tres ejercicios anteriores, contara a la entrada en vigor del Decreto 99/2022 con
una persona ocupando el extinto puesto de informadora, que ejercerá las funciones de la
persona agente de igualdad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00287752

2. Establecer para los Centros Municipales de Información de la Mujer un
procedimiento informático de recogida de datos de atención a mujeres y actividades
realizadas para su cumplimentación y envío al Instituto Andaluz de la Mujer de forma
periódica en la forma que se detalla en el apartado 9 de la cláusula quinta y en la cláusula
séptima del presente convenio.
3. Proporcionar las características técnicas a la entidad local .............................
........................................... de una placa de señalización del Centro, en la que constará
la denominación del mismo y el logotipo de la Junta de Andalucía como órgano de
cofinanciación.
4. Coordinar, a través de los Centros Provinciales de la Mujer del Instituto Andaluz
de la Mujer, la actuación de los Centros Municipales de Información a la Mujer con la
finalidad de homogeneizar el tratamiento y atención a las mujeres víctimas de cualquier
tipo de violencia de género, a cuyos efectos se facilitará la integración de los sistemas
de información en el tratamiento de la violencia de género de las Administraciones
competentes por razón de la materia, que contarán con protocolos específicos de
coordinación e intervención.
5. Impulsar, a través de los Centros Provinciales de la Mujer del Instituto Andaluz de
la Mujer, la elaboración de procedimientos de trabajo de los centros para implementar el
Protocolo de la atención a mujeres víctimas de la violencia de género.
6. Coordinar, a través de los Centros Provinciales de la Mujer Provinciales del
Instituto Andaluz de la Mujer, sobre la base de la cooperación, a los Centros Municipales
de Información a la Mujer, con el fin de favorecer la transmisión y aprovechamiento de
experiencias, el uso de espacios administrativos para programas dirigidas a mujeres
que se desarrollen por la Junta de Andalucía en el ámbito territorial del CMIM, la
estandarización de procedimientos, y el seguimiento de la actividad desarrollada por los
Centros, atendiendo a criterios de cohesión territorial de los servicios prestados por los
mismos y en todo caso con respeto a la autonomía local.
7. Impulsar la formación y la especialización de profesionales de los Centros
Municipales de Información a la Mujer, a través de la Información sobre cursos, estudios
y jornadas que se programen en su ámbito territorial, así como sobre las actividades y
servicios desarrollados por el Instituto Andaluz de la Mujer.
8. Visitar los servicios del centro, al menos dos veces al año, en aras de comprobar que
cumple los requisitos y condiciones establecidos en el Decreto 99/2022, de 7 de junio.