Disposiciones generales. . (2023/144-3)
Decreto 189/2023, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Ordenación de la Inspección de Servicios Sanitarios de la Junta de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Viernes, 28 de julio de 2023
página 12731/16
5. Informe, valoración o estudio de las enfermedades que por su consideración de
graves generen los derechos previstos en el Decreto 154/2017, de 3 de octubre, por el
que se regula el permiso del personal funcionario para atender el cuidado de hijos e hijas
con cáncer u otra enfermedad grave.
6. Emisión de informes para la gestión y tramitación del pase a segunda actividad
de Policías Locales de acuerdo con el Decreto 135/2003, de 20 de mayo, por el que
se desarrolla la situación administrativa de segunda actividad de los funcionarios de los
cuerpos de la Policía Local de Andalucía, cuando sean designados conforme a lo previsto
en el artículo 17 del citado decreto.
Artículo 11. Funciones en materia de evaluación y control de la calidad de las
prestaciones y servicios sanitarios.
A la Inspección le corresponden, en materia de evaluación y control de la calidad de
las prestaciones y servicios sanitarios, las siguientes funciones:
a) Promover la calidad en la gestión de los riesgos de la actividad sanitaria realizada
por los centros y servicios sanitarios públicos y privados de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, con especial atención a la seguridad de las personas usuarias, a la efectividad
y calidad en los cuidados, y al ejercicio del liderazgo de la organización por las direcciones
de los centros y servicios.
b) Realizar las actividades de auditoría que precise la Administración General
del Estado para la acreditación de los centros y unidades sanitarias en la Comunidad
Autónoma de Andalucía, incluyendo las previstas para la formación de especialistas en
ciencias de la salud, y para la designación de centros, servicios o unidades de referencia.
c) Realizar las actividades de auditoría y evaluación de la conformidad con los
requisitos de todos los esquemas de calidad y sistemas de gestión de la calidad que se
apliquen a las prestaciones y servicios sanitarios del SSPA.
d) Realizar los informes solicitados por los órganos competentes, sobre los centros
y servicios sanitarios susceptibles de ser convenidos o concertados por la Consejería
competente en materia de salud, el Servicio Andaluz de Salud, o cualquiera de las
entidades que integren el SSPA.
e) Realizar las actividades de auditoría y evaluación de la conformidad de los
requisitos de calidad de los servicios sanitarios acordados por la autoridad sanitaria, en
los centros sanitarios privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
f) Colaborar con las entidades de acreditación en el control del cumplimiento de
las obligaciones de las entidades certificadoras de requisitos legales, en los centros y
servicios sanitarios públicos y privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
g) Evaluar los programas de calidad, exigidos por la normativa vigente en materia de
sustancias de origen humano, de los centros, establecimientos y servicios que realizan
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287738
Artículo 10. Funciones en materia de responsabilidad patrimonial.
En el ámbito de la responsabilidad patrimonial, la Inspección desarrollará las
siguientes funciones:
a) Emisión de dictámenes técnico-sanitarios en los expedientes de responsabilidad
patrimonial de centros sanitarios del SSPA y centros concertados o conveniados con
el SSPA y la Consejería competente en materia de salud, cuando así se determine por
dicha Consejería.
b) Emisión de dictámenes técnico-sanitarios en los expedientes de responsabilidad
patrimonial de la Administración de la Junta de Andalucía, cuando se solicite por el
órgano instructor, el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía o el órgano judicial, a los
efectos de asesoramiento médico-legal y, en su caso, valoración del daño corporal.
c) Comparecencia ante los órganos jurisdiccionales, cuando sean requeridos, para la
resolución de procedimientos de reclamación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Viernes, 28 de julio de 2023
página 12731/16
5. Informe, valoración o estudio de las enfermedades que por su consideración de
graves generen los derechos previstos en el Decreto 154/2017, de 3 de octubre, por el
que se regula el permiso del personal funcionario para atender el cuidado de hijos e hijas
con cáncer u otra enfermedad grave.
6. Emisión de informes para la gestión y tramitación del pase a segunda actividad
de Policías Locales de acuerdo con el Decreto 135/2003, de 20 de mayo, por el que
se desarrolla la situación administrativa de segunda actividad de los funcionarios de los
cuerpos de la Policía Local de Andalucía, cuando sean designados conforme a lo previsto
en el artículo 17 del citado decreto.
Artículo 11. Funciones en materia de evaluación y control de la calidad de las
prestaciones y servicios sanitarios.
A la Inspección le corresponden, en materia de evaluación y control de la calidad de
las prestaciones y servicios sanitarios, las siguientes funciones:
a) Promover la calidad en la gestión de los riesgos de la actividad sanitaria realizada
por los centros y servicios sanitarios públicos y privados de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, con especial atención a la seguridad de las personas usuarias, a la efectividad
y calidad en los cuidados, y al ejercicio del liderazgo de la organización por las direcciones
de los centros y servicios.
b) Realizar las actividades de auditoría que precise la Administración General
del Estado para la acreditación de los centros y unidades sanitarias en la Comunidad
Autónoma de Andalucía, incluyendo las previstas para la formación de especialistas en
ciencias de la salud, y para la designación de centros, servicios o unidades de referencia.
c) Realizar las actividades de auditoría y evaluación de la conformidad con los
requisitos de todos los esquemas de calidad y sistemas de gestión de la calidad que se
apliquen a las prestaciones y servicios sanitarios del SSPA.
d) Realizar los informes solicitados por los órganos competentes, sobre los centros
y servicios sanitarios susceptibles de ser convenidos o concertados por la Consejería
competente en materia de salud, el Servicio Andaluz de Salud, o cualquiera de las
entidades que integren el SSPA.
e) Realizar las actividades de auditoría y evaluación de la conformidad de los
requisitos de calidad de los servicios sanitarios acordados por la autoridad sanitaria, en
los centros sanitarios privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
f) Colaborar con las entidades de acreditación en el control del cumplimiento de
las obligaciones de las entidades certificadoras de requisitos legales, en los centros y
servicios sanitarios públicos y privados de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
g) Evaluar los programas de calidad, exigidos por la normativa vigente en materia de
sustancias de origen humano, de los centros, establecimientos y servicios que realizan
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287738
Artículo 10. Funciones en materia de responsabilidad patrimonial.
En el ámbito de la responsabilidad patrimonial, la Inspección desarrollará las
siguientes funciones:
a) Emisión de dictámenes técnico-sanitarios en los expedientes de responsabilidad
patrimonial de centros sanitarios del SSPA y centros concertados o conveniados con
el SSPA y la Consejería competente en materia de salud, cuando así se determine por
dicha Consejería.
b) Emisión de dictámenes técnico-sanitarios en los expedientes de responsabilidad
patrimonial de la Administración de la Junta de Andalucía, cuando se solicite por el
órgano instructor, el Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía o el órgano judicial, a los
efectos de asesoramiento médico-legal y, en su caso, valoración del daño corporal.
c) Comparecencia ante los órganos jurisdiccionales, cuando sean requeridos, para la
resolución de procedimientos de reclamación.