Disposiciones generales. . (2023/144-2)
Decreto 188/2023, de 25 de julio, por el que se crea y regula el Comité Antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 144 - Viernes, 28 de julio de 2023

página 12728/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS

El artículo 47 del Estatuto de Autonomía para Andalucía contempla las competencias en
materia de autoorganización, disponiendo en su apartado 1.1.ª que es competencia exclusiva
de la Comunidad Autónoma el procedimiento administrativo derivado de las especialidades
de la organización propia de la Comunidad Autónoma, la estructura y regulación de los
órganos administrativos públicos de Andalucía y de sus organismos autónomos.
Tal como señala la exposición de motivos de la Ley 2/2021, de 18 de junio, de lucha
contra el fraude y la corrupción en Andalucía y protección de la persona denunciante, el
fraude y la corrupción constituyen una de las mayores preocupaciones de la ciudadanía,
y es que se trata de un problema de especial gravedad, pues no tiene consecuencias
únicamente sobre la eficiencia de las Administraciones Públicas ni supone, simplemente,
un perjuicio económico a las arcas públicas, sino que es un problema sistémico que
afecta al corazón de la democracia y que exige la adopción de medidas efectivas de
regeneración pública.
El compromiso de la Junta de Andalucía con la cultura de la integridad y de firme
lucha contra el fraude, se ve reflejado tanto en la Ley 2/2021, de 18 de junio, con la
creación de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, como en el Acuerdo de
27 de abril de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Plan de Medidas
Antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia
de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que en su apartado segundo, manifiesta
el compromiso del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en el desarrollo de
las actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia que le han sido encomendados, con
los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de las normas jurídicas,
éticas y morales, adoptando las medidas necesarias para prevenir y detectar el fraude,
la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que
proceda los incumplimientos observados.
Pero más allá de las funciones generales que en materia de prevención, detección,
corrección y persecución del fraude y la corrupción tiene asignadas la Oficina Andaluza
contra el Fraude y la Corrupción, así como de la existencia de un marco regulatorio
general en la normativa estatal que garantiza un punto de partida sólido en esta materia,
determinadas disposiciones especiales del ordenamiento jurídico exigen la adopción de
medidas organizativas en estas tareas de control, que tengan un ámbito de actuación
específico y concreto. Es el caso de las exigencias de la normativa de la Unión Europea
a efectos del diseño y ejecución de los planes nacionales de recuperación y resiliencia.
En concreto, el artículo 22.1 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, prevé que al ejecutar el Mecanismo, los Estados miembros,
en su condición de beneficiarios o prestatarios de fondos en el marco del Mecanismo,
adoptarán todas las medidas adecuadas para proteger los intereses financieros de
la Unión y para velar por que la utilización de los fondos en relación con las medidas
financiadas por el Mecanismo se ajuste al Derecho aplicable de ámbito europeo y
nacional, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del
fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.
En la Decisión de Ejecución del Consejo, de 6 de julio de 2021, relativa a la
aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España, que asume
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Decreto 188/2023, de 25 de julio, por el que se crea y regula el Comité
Antifraude para la gestión de los Fondos del Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.