5. Anuncios. . (2023/138-58)
Resolución de 7 de julio de 2023, de la Secretaría General Técnica, por la que se efectúa convocatoria para el procedimiento abierto de enajenación de la remesa primera de tierras vacantes procedentes del extinto Instituto Andaluz de Reforma Agraria, en las provincias de Córdoba y Granada, y se aprueban las bases reguladoras para la adjudicación.
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Número 138 - Jueves, 20 de julio de 2023

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de aplicación que estuviera en poder de aquellas, las personas interesadas estarán
obligadas a aportar los documentos necesarios para facilitar esa información.
IV.4. Criterios de valoración.
1. Las ofertas presentadas se valorarán en función de los criterios especificados en
el artículo 12.3 del Decreto 78/2021, de 2 de febrero, de conformidad con el Plan de
Explotación presentado, con arreglo al siguiente baremo:
a) Si la solicitud la realiza una persona joven agricultora o ganadera y el proyecto
recogido en su Plan de Explotación vertebra el medio rural y es generador de empleo:
1.º Si no tiene la calificación de explotación prioritaria: 5 puntos.
2.º Si tiene la calificación de explotación prioritaria: 10 puntos.
b) Si la solicitud la realiza una persona jurídica que integra a personas jóvenes
agricultoras o ganaderas y cuyo proyecto es vertebrador del medio rural y genera empleo:
1.º Si integra a 5 o más personas jóvenes y en su Plan de Explotación genera al
menos 5 UTAs (Unidades de Trabajo Agrario) adicionales: 10 puntos.
2.º Si integra a 3 o 4 personas jóvenes y en su Plan de Explotación genera al menos
3 UTAs adicionales: 5 puntos.
3.º Si integra a 1 o 2 personas jóvenes y en su Plan de Explotación genera al menos
1 UTA adicional: 3 puntos.
c) Si las personas van a desarrollar modelos de explotación destinados a producciones
más respetuosas con el medio ambiente, como la ecológica o la integrada:
1.º Si la superficie destinada a cultivos en producción integrada es mayor o igual al
50% e inferior o igual al 75% de la superficie total de la explotación: 4 puntos.
2.º Si la superficie destinada a cultivos en producción integrada es superior al 75% de
la superficie total de la explotación: 6 puntos.
3.º Si la superficie destinada a cultivos en producción ecológica es mayor o igual al
50% e inferior o igual al 75% de la superficie total de la explotación: 8 puntos.
4.º Si la superficie destinada a cultivos en producción ecológica es superior al 75% de
la superficie total de la explotación: 10 puntos.
d) Si es una cooperativa agraria de explotación y comercialización común de la
producción: 5 puntos.
e) Si es una sociedad agraria de transformación: 3 puntos.
f) Si la solicitud la realiza una mujer agricultora o ganadera: 5 puntos.
g) Según el número de mujeres que tengan la condición de socias en la persona
jurídica solicitante:
1.º Si representan más del 25%: 5 puntos.
2.º Si representan más del 15% y hasta el 25%: 4 puntos.
3.º Si representan entre el 10% y el 15%: 3 puntos.
h) Si la persona no es titular o concesionaria de tierras procedentes del IARA a la
fecha de publicación en BOJA de la resolución por la que se inicia el procedimiento: 5
puntos.
2. La puntuación total se obtendrá sumando cada uno de los criterios establecidos,
ordenándose numéricamente. En caso de empate se atenderá a la mayor puntuación
obtenida en los criterios según el orden en que aparecen en el apartado anterior y, en
última instancia, se atenderá a la fecha de presentación de la solicitud, de conformidad
con el artículo 71.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
IV.5. Ordenación e instrucción del Procedimiento.
1. La Delegación Territorial examinará las solicitudes y la documentación presentada
y, si ésta no reuniera los requisitos exigidos, requerirá a la persona solicitante para
que en el plazo de diez días hábiles subsane la falta o acompañe los documentos
preceptivos. Transcurrido dicho plazo sin que se hayan subsanado las faltas o aportado
la documentación pertinente, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución
que deberá ser dictada y notificada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía