Disposiciones generales. . (2023/138-2)
Orden de 13 de julio de 2023, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el desarrollo sostenible de la acuicultura marina y continental en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura 2021-2027.
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a) Generales.

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

b) Horizontales ambientales y sociales.

BOJA

c) Específicos de viabilidad técnica y/o económicos. Número 138 - Jueves, 20 de julio de 2023

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d) Específicos de tipo de actividad.

3. Para calcular la puntuación final de una operación se utilizará la siguiente formula:
3. Para calcular la puntuación final de una operación se utilizará la siguiente formula:

+(
+(
+(

Puntuación obtenida en criterios generales
Puntuación máxima posible criterios generales (10+1)
Puntuación obtenida en criterios horizontales
Puntuación máxima posible criterios horizontales (4)
Puntuación obtenida en criterios económicos
Puntuación máxima posible criterios económicos (2)
Puntuación obtenida en criterios específicos
Puntuación máxima posible criterios específicos (4)

) x 30
) x 20
) x 20
) x 30

Artículo 15. Criterios de selección generales para la concesión de las ayudas.
Artículo 15. Criterios
selección de
generales
para la
concesión se
de las
ayudas. a todas las operaciones
1. Losde criterios
selección
generales
aplicarán
subvencionables al amparo de las líneas reguladas en esta orden y tienen por objeto
1. asegurar
Los criterios
de selección
generaleselegibles
se aplicarán
todas
las operaciones
subvencionables
amparo de las
que
las operaciones
pora el
FEMPA
van dirigidas
al logro deallos
líneas reguladas
en
esta
orden
y
tienen
por
objeto
asegurar
que
las
operaciones
elegibles
por
el
FEMPA
van dirigidas
objetivos específicos definidos en el Programa para España del FEMPA.
al logro de los objetivos
específicos
definidos
en
el
Programa
para
España
del
FEMPA.
2. Una vez valorados cada uno de estos criterios generales, la puntuación máxima
que se podrá obtener por los mismos será de 10 puntos y la mínima de 5 puntos.
2. Una3.
vezLavalorados
cada
estos criterios
generales,
la puntuación
máxima
que se podrá
aplicación
deuno
losdecriterios
generales
de valoración
de las
operaciones
tieneobtener por
los mismoscarácter
será de 10
puntos y laymínima
5 puntos.
obligatorio,
serviráde
para
determinar si la operación es apta/no apta para ser
cofinanciada por el FEMPA. Se señalará como no apta si se obtiene una puntuación
o igual de
de 4
3. menor
La aplicación
lospuntos.
criterios generales de valoración de las operaciones tiene carácter obligatorio, y
4.
No
obstante
lo
dispuesto
en el
apartado
anterior, la valoración
obtenida
por como
la
servirá para determinar si la operación
es apta/no
apta
para ser cofinanciada
por el FEMPA.
Se señalará
no apta
aplicación
de
los
criterios
generales
se
utilizará
para
establecer
el
orden
de
prelación
si se obtiene una puntuación menor o igual de 4 puntos.
para la selección de las operaciones a financiar por el FEMPA. La puntuación obtenida en
criterios generales
supondrá
un 30%
de la puntuación
final,
sumando
posteriormente
4. los
No obstante
lo dispuesto
en el apartado
anterior,
la valoración
obtenida
por la
aplicación de los criterios
la puntuación obtenida en el resto de los criterios a valorar.
5. Los criterios de selección generales son los siguientes:
1) Contribución a la Estrategia, DAFO y tipo de actividad del Programa.
1.1. Adecuación a la Estrategia. Se comprobará si la actuación está prevista en la
Estrategia del Programa para España del FEMPA, de acuerdo con las líneas descritas a
continuación, para el objetivo específico 2.1 «Promover actividades acuícolas sostenibles,
especialmente reforzando la competitividad de la producción acuícola, garantizando al
mismo tiempo que las actividades sean medioambientalmente sostenibles a largo plazo»:
• Favorecer la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales y consolidar la
actividad existente, garantizando un control eficiente de la actividad a lo largo del proceso
productivo y la comercialización de los productos.
• Asegurar la competitividad y viabilidad del tejido productivo.
• Fortalecer la sostenibilidad ambiental de la actividad.
También serán puntuables aquellas operaciones que estén incluidas en la «Lista de
operaciones de importancia estratégica» del Apéndice 3 del Programa para España del
FEMPA.
En el caso de que la operación se enmarque en el Programa Nacional de Datos
Básicos del Sector Pesquero (PNDB) se otorgará la máxima puntuación en este apartado.
Este subcriterio se valorará con un máximo de 2 puntos conforme al siguiente desglose:
a) Si la operación no se ajusta a la Estrategia en el marco del FEMPA: 0 puntos, no
siendo financiable.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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