Disposiciones generales. . (2023/138-4)
Orden de 13 de julio de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a las personas titulares de explotaciones agrícolas y ganaderas especialmente afectadas por las condiciones de sequía, acogidas al régimen de mínimis, y se efectúa su convocatoria.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Jueves, 20 de julio de 2023
página 12360/6
ANEXO I
BASES REGULADORAS
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN
RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DIRIGIDAS A LAS PERSONAS
TITULARES DE EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS Y GANADERAS ESPECIALMENTE
AFECTADAS POR LAS CONDICIONES DE SEQUÍA, ACOGIDAS AL RÉGIMEN DE
MÍNIMIS
Primero. Objeto.
1. Establecimiento de una línea de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva dirigida a proporcionar asistencia a las personas titulares de explotaciones
agrícolas y ganaderas de los sectores productivos especialmente afectados por las
condiciones de sequía, con el fin de garantizar la continuidad de la actividad empresarial,
pertenecientes a los siguientes sectores:
a) Porcino ibérico de cebo.
b) Apicultura.
c) Castaño.
d) Viñedo de vinificación.
Tercero. Régimen jurídico.
1. Las subvenciones se regirán, además de por lo dispuesto en la presente orden, por
las normas de desarrollo o transposición de aquellas, y en concreto por:
a) Reglamento (UE) núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea a las ayudas de mínimis en el sector agrícola.
b) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo
establecido en su disposición final primera, así como las demás normas básicas que
desarrollen la ley.
c) Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública
y buen gobierno.
d) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en virtud de lo establecido en sus disposiciones finales
primera y séptima, y en su disposición derogatoria.
e) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de
conformidad con lo dispuesto en disposiciones finales decimocuarta y decimoctava.
f) Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, de acuerdo con lo establecido en
su disposición final primera, así como las demás normas básicas que desarrollen la ley.
g) Texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
h) Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, vigente.
i) Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
j) Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía.
k) Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
l) Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287374
Segundo. Financiación de las subvenciones.
Las subvenciones estarán financiadas con créditos del Presupuesto de la Junta de
Andalucía del ejercicio 2023.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 138 - Jueves, 20 de julio de 2023
página 12360/6
ANEXO I
BASES REGULADORAS
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, EN
RÉGIMEN DE CONCURRENCIA NO COMPETITIVA, DIRIGIDAS A LAS PERSONAS
TITULARES DE EXPLOTACIONES AGRÍCOLAS Y GANADERAS ESPECIALMENTE
AFECTADAS POR LAS CONDICIONES DE SEQUÍA, ACOGIDAS AL RÉGIMEN DE
MÍNIMIS
Primero. Objeto.
1. Establecimiento de una línea de subvenciones, en régimen de concurrencia no
competitiva dirigida a proporcionar asistencia a las personas titulares de explotaciones
agrícolas y ganaderas de los sectores productivos especialmente afectados por las
condiciones de sequía, con el fin de garantizar la continuidad de la actividad empresarial,
pertenecientes a los siguientes sectores:
a) Porcino ibérico de cebo.
b) Apicultura.
c) Castaño.
d) Viñedo de vinificación.
Tercero. Régimen jurídico.
1. Las subvenciones se regirán, además de por lo dispuesto en la presente orden, por
las normas de desarrollo o transposición de aquellas, y en concreto por:
a) Reglamento (UE) núm. 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013,
relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la
Unión Europea a las ayudas de mínimis en el sector agrícola.
b) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, de acuerdo con lo
establecido en su disposición final primera, así como las demás normas básicas que
desarrollen la ley.
c) Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública
y buen gobierno.
d) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en virtud de lo establecido en sus disposiciones finales
primera y séptima, y en su disposición derogatoria.
e) Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, de
conformidad con lo dispuesto en disposiciones finales decimocuarta y decimoctava.
f) Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, de acuerdo con lo establecido en
su disposición final primera, así como las demás normas básicas que desarrollen la ley.
g) Texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.
h) Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía, vigente.
i) Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
j) Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía.
k) Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
l) Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación
de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00287374
Segundo. Financiación de las subvenciones.
Las subvenciones estarán financiadas con créditos del Presupuesto de la Junta de
Andalucía del ejercicio 2023.