3. Otras disposiciones. . (2023/132-27)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Delegación Territorial de Economía Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción del proyecto modificado de instalación eléctrica de alta tensión. (PP. 2353/2023).
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 132 - Miércoles, 12 de julio de 2023
página 11447/12
4. P
arcela mínima para la implantación: No se establece.
5. T
oda edificación nueva se situará a más de 10 metros de los linderos de la propia
finca y a más de 50 metros de la edificación más cercana de otra finca. Las
instalaciones de mayores dimensiones (placas fotovoltaicas, transformadores)
se situarán a más de 10 metros de los linderos de la finca o fincas donde esté
instalado el Parque Solar.
6. Se garantizará la integración paisajística, incluida la plantación de arbolado en
los linderos para evitar el impacto visual.
7. C
on la solicitud de licencia de actividad se deberá adjuntar informe favorable de
la entidad correspondiente (Empresa suministradora de energía eléctrica, REE,
etc.) sobre la existencia de línea de evacuación suficiente.
8. Se minimizarán las afecciones de dichas instalaciones al medio ambiente, al
patrimonio cultural y al paisaje.
9. S
e aplicarán medidas correctoras y de implantación.
6. La construcción de la instalación deberá ser conforme al proyecto autorizado. En
caso de requerir modificación del mismo, éste deberá ser presentado a esta Delegación
Territorial previamente, para la emisión de la correspondiente autorización, conforme al
art. 115 del Real Decreto de 1955/2000, de 1 de diciembre.
7. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria
obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se
precisen.
8. Esta resolución podrá quedar sin efecto si como consecuencia de su ejecución se
produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos
o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido
contemplados expresamente en el proyecto presentado.
9. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento
en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
10. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la
anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil
que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
11. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cádiz, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente y a
los organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer
recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas de la Junta
de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción
de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
00286472
Cádiz, 22 de junio de 2023.- La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 132 - Miércoles, 12 de julio de 2023
página 11447/12
4. P
arcela mínima para la implantación: No se establece.
5. T
oda edificación nueva se situará a más de 10 metros de los linderos de la propia
finca y a más de 50 metros de la edificación más cercana de otra finca. Las
instalaciones de mayores dimensiones (placas fotovoltaicas, transformadores)
se situarán a más de 10 metros de los linderos de la finca o fincas donde esté
instalado el Parque Solar.
6. Se garantizará la integración paisajística, incluida la plantación de arbolado en
los linderos para evitar el impacto visual.
7. C
on la solicitud de licencia de actividad se deberá adjuntar informe favorable de
la entidad correspondiente (Empresa suministradora de energía eléctrica, REE,
etc.) sobre la existencia de línea de evacuación suficiente.
8. Se minimizarán las afecciones de dichas instalaciones al medio ambiente, al
patrimonio cultural y al paisaje.
9. S
e aplicarán medidas correctoras y de implantación.
6. La construcción de la instalación deberá ser conforme al proyecto autorizado. En
caso de requerir modificación del mismo, éste deberá ser presentado a esta Delegación
Territorial previamente, para la emisión de la correspondiente autorización, conforme al
art. 115 del Real Decreto de 1955/2000, de 1 de diciembre.
7. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria
obtención por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se
precisen.
8. Esta resolución podrá quedar sin efecto si como consecuencia de su ejecución se
produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos
o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido
contemplados expresamente en el proyecto presentado.
9. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento
en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
10. En tales supuestos la administración, previo el oportuno expediente, acordará la
anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil
que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
11. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cádiz, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Segundo. Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente y a
los organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer
recurso de alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas de la Junta
de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción
de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
00286472
Cádiz, 22 de junio de 2023.- La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja