3. Otras disposiciones. . (2023/131-46)
Resolución de 6 de julio de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Ajedrez.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 131 - Martes, 11 de julio de 2023

página 11737/3

necesarias para corregir las incidencias que se plantean en los informes del Comité de
Transparencia y Buen Gobierno.
Será convocado por su presidente con una antelación mínima de diez días, y sus
reuniones podrán ser presenciales o telemáticas, indicándose tal circunstancia en la
convocatoria correspondiente, junto a los medios para su asistencia y participación,
adoptándose para ello los medios electrónicos y audiovisuales que garanticen la asistencia
e identidad de los miembros de dicho órgano, el contenido de sus manifestaciones, el
momento en que éstas se producen, la interactividad e intercomunicación entre ellos en
tiempo real y la disponibilidad de los medios durante la sesión, así como el secreto del
voto en los supuestos en los que así se acordare.
Los acuerdos o decisiones que adopte el Comité serán notificados a los interesados
para que puedan efectuar las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de cinco
días hábiles desde su notificación. A la vista de las alegaciones formuladas, el Comité
determinará si ha existido incumplimiento del Código de Buen Gobierno, debiendo trasladar
en tal caso su decisión al Comité de Disciplina de la Federación a los efectos oportunos.
El órgano disciplinario de la Federación podrá recabar igualmente información
al Comité de Transparencia si se hubiera deducido directamente denuncia sobre
incumplimiento del Código de Buen Gobierno, debiendo emitirse el correspondiente
Informe en el plazo máximo de diez días.

1. Manual de procedimientos.
1.1. Sistema de autorización de operaciones: Se establece un sistema de autorización
de operaciones donde se fijará quiénes deben autorizar con su firma cada una de las
operaciones que realice la FADA.
Autorización de gastos (compra de productos y contratación de servicios):
a) El Presidente o los Delegados Provinciales autorizan los gastos referentes al
presupuesto aprobado por la Junta Directiva. El Área de Contabilidad, a su vez, facilitará
el estado de cumplimiento de los gastos, teniendo como base el presupuesto aprobado y
su seguimiento periódico.
b) Todos los gastos deben de ser firmados por los responsables de cada área y
autorizados por el Presidente/a, independientemente de la periodicidad o del importe de
que se trate.
c) Todas las autorizaciones de gasto deberán ser entregadas en el Área de
Administración, con objeto de que puedan atenderse correctamente los compromisos
con los proveedores.
d) En aquellos casos en que los gastos no hayan sido presupuestados previamente,
se requerirá a los Responsables de Área que soliciten la autorización del Presidente.
e) Se requiera a los Responsables de Área, para que soliciten más de un presupuesto
de los diferentes bienes y servicios a contratar o adquirir, y que, de manera razonada
propongan su elección.
f) No será necesario el trámite e) cuando se trate de reposición de material ordinario o
de servicios anuales ya contratados en conjunto al comienzo de cada ejercicio.
1.2. Funcionamiento de la Caja de efectivo.
No existe Caja de efectivo.
Régimen General de pagos:
a) Se establecerá con los proveedores o prestadores de servicios las condiciones de
pago oportunas relativas al tiempo de pago una vez otorgada conformidad a sus facturas.
b) Los recursos económicos de la Federación deberán estar depositados en entidades
bancarias o de ahorro a nombre de «Federación Andaluza de Ajedrez», y los pagos se
efectuarán por transferencia bancaria. Cualquiera que sea la forma de pago, se precisará,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00286762

IV. Control y gestión ordinaria.
El control de la gestión ordinaria de la FADA se realizará mediante el siguiente: