3. Otras disposiciones. . (2023/130-72)
Orden de 3 de julio de 2023, por la que se autoriza la creación del Museo Casa Natal Federico García Lorca de Fuente Vaqueros (Granada) y se acuerda su inscripción en el Registro de Museos de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 130 - Lunes, 10 de julio de 2023

página 11675/3

Tercero. Los fondos museísticos que integren el Museo Casa Natal Federico García
Lorca de Fuente Vaqueros tendrán la consideración de bienes de catalogación general
establecida en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía,
sin perjuicio de la protección singular que a cada bien le pueda corresponder conforme a
la citada ley.
Cuarto. En la percepción de derechos económicos por la visita pública deberá, en
todo caso, aplicarse el principio de igualdad entre las personas nacionales de los Estados
miembros de la Unión Europea, así como garantizarse el acceso gratuito los días que
establece el artículo 22.2 de la la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones
Museográficas de Andalucía.
Quinto. Por la persona titular del Museo Casa Natal Federico García Lorca de Fuente
Vaqueros deberá remitirse a la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte la información
que se detalla en el artículo 11 del Reglamento de Creación de Museos y de Gestión
de Fondos Museísticos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, aprobado por el
Decreto 284/1995, de 28 de noviembre, y garantizarse la conservación y el mantenimiento
de los bienes culturales que integran los fondos fundacionales o futuros de la institución,
así como la protección y accesibilidad de los mismos, en las condiciones legalmente
previstas y que se establezcan.
Sexto. Se acuerda inscribir el Museo Casa Natal Federico García Lorca de Fuente
Vaqueros en el Registro de Museos de Andalucía. La inscripción se practicará por la
Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales con el código 095-B-070, en los
términos del fundamento jurídico quinto de esta orden.
Séptimo. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, de conformidad con el artículo 8.5 del Reglamento de Creación de Museos
y de Gestión de Fondos Museísticos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contenciosoadministrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo
dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 3 de julio de 2023
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA

00286699

Consejero de Turismo, Cultura y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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