3. Otras disposiciones. . (2023/128-48)
Resolución de 15 de mayo de 2023, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva, por la que se declara la utilidad pública en concreto del proyecto de línea eléctrica asociado a un parque fotovoltaico. (PP. 2328/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 128 - Jueves, 6 de julio de 2023
página 11259/2
distribución, comercialización, se procedió a remitir separatas a las Administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Quinto. De acuerdo con lo establecido en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se
sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios, respectivamente, en el
Boletín Oficial del Estado núm. 290, de fecha 3 de diciembre de 2022; en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía núm. 234, de fecha 7 de diciembre de 2022; en el Boletín Oficial de la
Provincia núm. 232, de fecha 5 de diciembre de 2022, y en el Diario Huelva Información, de
fecha 25 de noviembre de 2022. Del mismo modo, se publicó en los tablones de anuncios de
los Ayuntamientos afectados, habiendo sido notificado a todos los interesados y organismos
afectados y publicado en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía desde el día
6 de diciembre de 2022 hasta el día 19 de enero de 2023.
Sexto. Durante el periodo de información pública, en fecha 9 de enero de 2023, fueron
formuladas alegaciones por parte de don Carlos Rebollo Mingorance, afectado por el
trazado de la línea de evacuación. Dichas alegaciones fueron trasladadas a la entidad
beneficiaria, que remite contestación en fecha 24 de febrero de 2023. Posteriormente, se
aporta al expediente acuerdo al que han llegado ambas partes en fecha 16 de marzo 2023.
Séptimo. Con fecha 9 de mayo de 2023, el Servicio de Energía de esta Delegación
Territorial informa favorablemente la declaración en concreto de la utilidad pública del
expediente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. El artículo 4.3 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías
renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía dispone que al objeto de
garantizar el uso de las energías renovables para la obtención de energía final, se declara
de utilidad pública o de interés social, a efectos de expropiación forzosa y de imposición y
ejercicio de servidumbres, el aprovechamiento de los bienes y derechos necesarios para
su generación, transporte, distribución y aprovechamiento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286298
Primero. Esta Delegación Territorial es competente para resolver el presente
expediente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007,
de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado
por Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto y por Decreto del Presidente 4/2023,
de 11 de abril; Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por
Decreto 300/2022, de 30 de agosto; Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que
se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, y
todo ello en consonancia con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y la
Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía por la que se
delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía.
BOJA
Número 128 - Jueves, 6 de julio de 2023
página 11259/2
distribución, comercialización, se procedió a remitir separatas a las Administraciones,
organismos, empresas de servicio público o de interés general en la parte que la
instalación pueda afectar a bienes y derechos a su cargo.
Quinto. De acuerdo con lo establecido en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se
sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios, respectivamente, en el
Boletín Oficial del Estado núm. 290, de fecha 3 de diciembre de 2022; en el Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía núm. 234, de fecha 7 de diciembre de 2022; en el Boletín Oficial de la
Provincia núm. 232, de fecha 5 de diciembre de 2022, y en el Diario Huelva Información, de
fecha 25 de noviembre de 2022. Del mismo modo, se publicó en los tablones de anuncios de
los Ayuntamientos afectados, habiendo sido notificado a todos los interesados y organismos
afectados y publicado en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía desde el día
6 de diciembre de 2022 hasta el día 19 de enero de 2023.
Sexto. Durante el periodo de información pública, en fecha 9 de enero de 2023, fueron
formuladas alegaciones por parte de don Carlos Rebollo Mingorance, afectado por el
trazado de la línea de evacuación. Dichas alegaciones fueron trasladadas a la entidad
beneficiaria, que remite contestación en fecha 24 de febrero de 2023. Posteriormente, se
aporta al expediente acuerdo al que han llegado ambas partes en fecha 16 de marzo 2023.
Séptimo. Con fecha 9 de mayo de 2023, el Servicio de Energía de esta Delegación
Territorial informa favorablemente la declaración en concreto de la utilidad pública del
expediente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Segundo. El artículo 4.3 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías
renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía dispone que al objeto de
garantizar el uso de las energías renovables para la obtención de energía final, se declara
de utilidad pública o de interés social, a efectos de expropiación forzosa y de imposición y
ejercicio de servidumbres, el aprovechamiento de los bienes y derechos necesarios para
su generación, transporte, distribución y aprovechamiento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286298
Primero. Esta Delegación Territorial es competente para resolver el presente
expediente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica 2/2007,
de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, modificado
por Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto y por Decreto del Presidente 4/2023,
de 11 de abril; Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por
Decreto 300/2022, de 30 de agosto; Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que
se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, y
todo ello en consonancia con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre,
por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización,
suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y la
Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía por la que se
delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía.