Disposiciones generales. . (2023/126-8)
Extracto de la Orden de 28 de junio de 2023, de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el ejercicio 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Martes, 4 de julio de 2023
página 11303/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Extracto de la Orden de 28 de junio de 2023, de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se convocan subvenciones,
en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para
la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con
cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el ejercicio 2023.
BNDS (Identif.): Línea 1 (705590 ); Línea 2 (705593 ); Línea 3 (705598).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria
de las líneas de subvenciones que más abajo se describen, cuyo texto completo puede
consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.
es/bdnstrans/GE/es/index), y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el ejercicio 2023, para su tramitación por el procedimiento de
urgencia regulado en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la modalidad de concesión
en régimen de concurrencia competitiva, las tres líneas de subvenciones reguladas en
el marco de la Orden de 9 de junio de 2021 (BOJA núm. 113, de 15 de junio de 2021), de
la entonces Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, en la cuantía total
máxima que se especifica para cada línea y con cargo a los créditos presupuestarios que
asimismo se indican:
Denominación de la línea
Línea 1. Subvenciones destinadas a entidades privadas para la
realización de programas de interés general para atender fines sociales
con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas.
Línea 2. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos de
inversión con fines sociales en materia de obras con cargo a la asignación
tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Línea 3. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos
de inversión con fines sociales en materia de equipamientos y vehículos
adaptados y/o adaptación de vehículos con cargo a la asignación
tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Cuantía máxima
(euros)
Posiciones presupuestarias
37.957.113,93
1800180000 G/32E/48536/00 S0668
6.797.889,78
1800180000 G/32E/78536/00 S0668
1.772.319,22
1800180000 G/32E/78536/00 S0668
Tercero. Objeto.
La financiación de actuaciones de interés general para atender fines sociales y,
en concreto, la realización de programas de interés social (línea 1) y de proyectos de
inversión con fines sociales en materia de obras (línea 2) y en materia de equipamientos
y vehículos adaptados y/o adaptación de vehículos (línea 3) que se describen en el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286326
Segundo. Personas beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades privadas sin ánimo de
lucro, así como las federaciones, confederaciones o personas jurídicas similares, cuyo
objeto o fin social sea la atención de personas o colectivos en los mencionados ámbitos
de actuación. Asimismo, las agrupaciones de organizaciones sin personalidad jurídica.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 126 - Martes, 4 de julio de 2023
página 11303/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Extracto de la Orden de 28 de junio de 2023, de la Consejería de Inclusión
Social, Juventud, Familias e Igualdad, por la que se convocan subvenciones,
en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para
la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con
cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el ejercicio 2023.
BNDS (Identif.): Línea 1 (705590 ); Línea 2 (705593 ); Línea 3 (705598).
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria
de las líneas de subvenciones que más abajo se describen, cuyo texto completo puede
consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.
es/bdnstrans/GE/es/index), y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el ejercicio 2023, para su tramitación por el procedimiento de
urgencia regulado en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la modalidad de concesión
en régimen de concurrencia competitiva, las tres líneas de subvenciones reguladas en
el marco de la Orden de 9 de junio de 2021 (BOJA núm. 113, de 15 de junio de 2021), de
la entonces Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, en la cuantía total
máxima que se especifica para cada línea y con cargo a los créditos presupuestarios que
asimismo se indican:
Denominación de la línea
Línea 1. Subvenciones destinadas a entidades privadas para la
realización de programas de interés general para atender fines sociales
con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta
de las Personas Físicas.
Línea 2. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos de
inversión con fines sociales en materia de obras con cargo a la asignación
tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Línea 3. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos
de inversión con fines sociales en materia de equipamientos y vehículos
adaptados y/o adaptación de vehículos con cargo a la asignación
tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Cuantía máxima
(euros)
Posiciones presupuestarias
37.957.113,93
1800180000 G/32E/48536/00 S0668
6.797.889,78
1800180000 G/32E/78536/00 S0668
1.772.319,22
1800180000 G/32E/78536/00 S0668
Tercero. Objeto.
La financiación de actuaciones de interés general para atender fines sociales y,
en concreto, la realización de programas de interés social (línea 1) y de proyectos de
inversión con fines sociales en materia de obras (línea 2) y en materia de equipamientos
y vehículos adaptados y/o adaptación de vehículos (línea 3) que se describen en el
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286326
Segundo. Personas beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las entidades privadas sin ánimo de
lucro, así como las federaciones, confederaciones o personas jurídicas similares, cuyo
objeto o fin social sea la atención de personas o colectivos en los mencionados ámbitos
de actuación. Asimismo, las agrupaciones de organizaciones sin personalidad jurídica.