3. Otras disposiciones. . (2023/124-43)
Resolución de 24 de junio de 2023, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se anuncia la publicación del Acuerdo 1/2023 de la Comisión de Aplicación e Interpretación del Convenio Colectivo del Profesorado de Religión al servicio de la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de 10 de mayo de 2023, por el que se procede a la interpretación de los artículos 24 y 25 del Convenio Colectivo del Profesorado de Religión al servicio de la Administración Educativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Viernes, 30 de junio de 2023

página 11124/3

Tercero. Interpretación del artículo 25.4.
La reducción del horario lectivo semanal a que tiene derecho el profesorado de
religión que comparta centros docentes de distinta localidad en una misma jornada, se
aplicará a su correspondiente horario regular una vez haya sido fijado este de manera
definitiva, nunca con carácter previo. Esta reducción se aplicará de forma que no quede
afectada la condición de compartir centros de distinta localidad en la misma jornada una
vez se haya implementado la reducción del horario.
El profesorado afectado por esta reducción deberá comunicar por escrito, al Servicio
de Gestión de Recursos Humanos de su correspondiente Delegación Territorial, las
propuestas de horarios con el Vº Bº de la dirección de los centros en el plazo máximo de
dos días hábiles desde la notificación de la misma.
Las horas de docencia directa generadas por aplicación de esta reducción serán
adjudicadas, entre el 20 y el 30 de septiembre, como horas provisionales para ese
curso académico, siempre que sea posible, en primer lugar, al personal con contrato
indefinido con jornada de menos de 18 horas, en segundo lugar al personal con contrato
de duración determinada con jornada de menos de 18 horas y, en última instancia, al
personal aspirante, siempre que se ajuste a la solicitud formulada por este personal en el
plazo establecido al efecto.
En el supuesto de que estas horas sean asignadas a personal con contrato indefinido
o a personal con contrato de duración determinada con jornada de menos de 18 horas,
ello no conllevará modificación de los centros ya asignados, sino ampliación de jornada
en los términos previstos en el artículo 24.2 del Convenio y, en su caso, asignación de
nuevos centros, siempre que ello no origine reducción del horario lectivo semanal.
Cláusula final.
El presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
En Sevilla, 10 de mayo de 2023.
Por la Administración.
Pablo Quesada Ruiz, Director General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos.
Por las Organizaciones Sindicales.
Pedro Luis Fernández Cáceres.
CSIF
Melchor Guzmán Guzmán.
APRECE
Enrique Vívoras García.
ANPE
M.ª Asunción Lucio Díez.
CC.OO.

00286148

Jesús Martínez Ramos.
UGT

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja