3. Otras disposiciones. . (2023/124-51)
Resolución de 23 de junio de 2023, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Colombicultura.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 124 - Viernes, 30 de junio de 2023

página 11199/2

y Buen Gobierno, y el procedimiento interno que será de aplicación para el control del
cumplimento de dicho código.
Esta aprobación deberá realizarse en el plazo máximo de un año desde la entrada en
vigor del Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas
de Andalucía y se establece la estructura y régimen de funcionamiento del Registro
Andaluz de Entidades Deportivas.
Es por ello que el presente Código significa el cumplimiento del mandato legal por
parte de la FAC, y en él se regula internamente su quehacer cotidiano y que permita que
el mundo exterior vea cómo la FAC no solo se auto regula, sino que, además, recoge
todos los principios legales europeos, españoles y andaluces establecidos en orden a
alcanzar la mayor transparencia y ética en su gestión.
La elaboración de este Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de
Colombicultura, va a permitir alcanzar una mayor integración de la organización federativa
en la sociedad, y aumentar la transparencia sobre su actuación.
La Federación Andaluza de Colombicultura, en el ejercicio de las funciones que le
son propias, reconocidas tanto en la reglamentación deportiva andaluza como en sus
propios Estatutos, y en aras de promover una mayor responsabilidad y eficacia en su
gestión federativa, estima conveniente la elaboración e implantación de normas dirigidas
a regular de forma sistemática y ordenada el «gobierno corporativo» de la misma, como
un instrumento eficaz y necesario que contribuye a una mayor transparencia en su
gestión.
De esta manera, y como una acción prioritaria la FAC no puede sino asumir el
compromiso que se plantea, con la redacción y aprobación del presente Código.
Así pues de acuerdo con el artículo 64 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte
de Andalucía, y en el actual Decreto 41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan
las Entidades Deportivas de Andalucía, la Federación Andaluza de Colombicultura se
compromete a adoptar el presente Código en el que se van a recoger las prácticas de buen
gobierno inspiradas en los principios de democracia y participación y preferentemente
aquellas que afectan a la gestión y control de todas las transacciones económicas que se
efectúen, independientemente de que estas estén financiadas o no con ayudas públicas y
se regularan las normas de actuación y los órganos para su control.

III. Principios generales de Buen Gobierno. Normas de Buen Gobierno.
Art. 2. Todos los miembros pertenecientes a los órganos referidos de la FAC
deberán adoptar el compromiso de actuar con lealtad respecto a la Federación, y asumir
expresamente los siguientes principios y obligaciones:
1. Mantener en secreto cuantos datos o informaciones reciban en el desempeño de
su cargo, no pudiendo utilizarlos en beneficio propio, ni facilitarlos a terceros.
2. Abstenerse de intervenir en deliberaciones y votaciones de cualquier cuestión en la
que pudieran tener un interés particular.
3. No hacer uso indebido del patrimonio federativo ni valerse de su posición para
obtener ventajas patrimoniales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00286215

II. Ámbito subjetivo.
Artículo. 1. El presente Código afectará a los siguientes órganos de la FAC:
1. Presidente.
2. Junta Directiva.
3. Secretario General.
4. Interventor y personal administrativo.
5. Delegados Territoriales.
6. Clubes deportivos, secciones deportivas, deportistas, árbitros, jueces y cualquier
persona, física o jurídica, que tenga alguna vinculación con la FAC.