3. Otras disposiciones. . (2023/123-41)
Resolución de 1 de junio de 2023, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se establece una nueva zona demarcada del organismo nocivo Epitrix sp., así como medidas fitosanitarias obligatorias para su control, en la provincia de Huelva.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 123 - Jueves, 29 de junio de 2023
página 11054/3
De conformidad con los hechos y fundamentos jurídicos que anteceden y demás de
general aplicación,
RESU ELVO
Primero. Establecer la nueva zona demarcada XXXVII por la detección de síntomas
del organismo Epitrix spp.
Segundo. Delimitar la zona demarcada indicada en el resuelvo primero, a partir de la
parcela infestada incluida en el Anexo I de la presente resolución, y una zona tampón de
500 m que comprende aquellas parcelas agrícolas completas, a partir de la misma.
Tercero. Establecer para la zona demarcada las medidas fitosanitarias obligatorias
señaladas en el Anexo II.
Cuarto. La relación de las parcelas incluidas en la zona tampón de la zona demarcada,
en función de la publicación del SIGPAC 2023, así como la representación gráfica de las
zonas demarcadas, podrán visualizarse en la web de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural en la dirección: http://lajunta.es/13h4p
Quinto. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes
contado a partir del día siguiente a aquel que tenga lugar la notificación del presente
acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los órganos
judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente
al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Sevilla, 1 de junio de 2023.- El Director General, Manuel Gómez Galera.
ANEXO I
Relación de las parcelas infestadas con presencia de Epitrix sp.
ZONA DEMARCADA
PROVINCIA
MUNICIPIO
POLÍGONO
PARCELA
RECINTO
XXXVII
Huelva
Paterna del Campo
2
20
4
Referencia SIGPAC 2023
ANEXO II
1. Condiciones para el traslado de tubérculos de patata.
Los tubérculos de patata cultivados en las zonas demarcadas, podrán trasladarse
fuera de las mismas, cumpliendo los siguientes requisitos:
1.1. Traslado de tubérculos de patata fuera de zonas demarcadas.
a) Los tubérculos de patata se expedirán desde un almacén registrado de conformidad
con el anexo VIII del Reglamento (UE) 2019/2072, inscrito en el Registro de Operadores
Profesionales de Vegetales (ROPVEG) para la citada actividad, conforme al Real
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286075
Medidas fitosanitarias obligatorias para evitar la dispersión y propagación de los
organismos nocivos Epitrix papa y Epitrix cucumeris
BOJA
Número 123 - Jueves, 29 de junio de 2023
página 11054/3
De conformidad con los hechos y fundamentos jurídicos que anteceden y demás de
general aplicación,
RESU ELVO
Primero. Establecer la nueva zona demarcada XXXVII por la detección de síntomas
del organismo Epitrix spp.
Segundo. Delimitar la zona demarcada indicada en el resuelvo primero, a partir de la
parcela infestada incluida en el Anexo I de la presente resolución, y una zona tampón de
500 m que comprende aquellas parcelas agrícolas completas, a partir de la misma.
Tercero. Establecer para la zona demarcada las medidas fitosanitarias obligatorias
señaladas en el Anexo II.
Cuarto. La relación de las parcelas incluidas en la zona tampón de la zona demarcada,
en función de la publicación del SIGPAC 2023, así como la representación gráfica de las
zonas demarcadas, podrán visualizarse en la web de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural en la dirección: http://lajunta.es/13h4p
Quinto. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá
interponerse recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes
contado a partir del día siguiente a aquel que tenga lugar la notificación del presente
acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, ante los órganos
judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente
al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Sevilla, 1 de junio de 2023.- El Director General, Manuel Gómez Galera.
ANEXO I
Relación de las parcelas infestadas con presencia de Epitrix sp.
ZONA DEMARCADA
PROVINCIA
MUNICIPIO
POLÍGONO
PARCELA
RECINTO
XXXVII
Huelva
Paterna del Campo
2
20
4
Referencia SIGPAC 2023
ANEXO II
1. Condiciones para el traslado de tubérculos de patata.
Los tubérculos de patata cultivados en las zonas demarcadas, podrán trasladarse
fuera de las mismas, cumpliendo los siguientes requisitos:
1.1. Traslado de tubérculos de patata fuera de zonas demarcadas.
a) Los tubérculos de patata se expedirán desde un almacén registrado de conformidad
con el anexo VIII del Reglamento (UE) 2019/2072, inscrito en el Registro de Operadores
Profesionales de Vegetales (ROPVEG) para la citada actividad, conforme al Real
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286075
Medidas fitosanitarias obligatorias para evitar la dispersión y propagación de los
organismos nocivos Epitrix papa y Epitrix cucumeris