Disposiciones generales. . (2023/123-5)
Extracto de la Orden de 20 de junio de 2023, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, en materia de personas mayores, personas con discapacidad, comunidad gitana, personas migrantes, personas sin hogar, solidaridad y garantía alimentaria de Andalucía, igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI, acción social, voluntariado, participación ciudadana, investigación e innovación social, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Jueves, 29 de junio de 2023
página 11041/12
Línea 12. Subvenciones para programas para la promoción, sensibilización y formación del voluntariado y
para la gestión de Centros de Recursos para el Voluntariado y las Asociaciones.
PERSONAS
BENEFICIARIAS
- Para los programas de voluntariado, las entidades de voluntariado sin ánimo de lucro.
- Para los programas destinados a la gestión de centros de recursos para el
voluntariado y las asociaciones, las asociaciones que, al menos durante 4 meses de
los doce anteriores al fin del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria,
hayan estado funcionando como centro de recursos.
OBJETO
La realización de programas para la promoción, sensibilización y formación del
voluntariado y para la gestión de centros de recursos para el voluntariado y las
asociaciones que se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
IMPORTE
El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo
alcanzar el 100% del importe solicitado.
El importe máximo de cada subvención individual será, para el ámbito de competitividad
de gestión de centros de recursos para el voluntariado y las asociaciones 12.000 euros,
para el ámbito de competitividad de programas de ámbito autonómico 12.000 euros y
para el ámbito de competitividad de programas de ámbito provincial 4.000 euros.
Asimismo se establecen una cuantías mínimas para cada subvención individual
que serán en el ámbito de competitividad de gestión de centros de recursos para
el voluntariado y las asociaciones 1.000 euros, para el ámbito de competitividad de
programas de ámbito autonómico 1.000 euros y para el ámbito de competitividad
de programas de ámbito provincial 500 euros. Las actuaciones a las que, una vez
aplicados los criterios de reparto previstos en el apartado 5.b) del cuadro resumen les
correspondiera percibir una cuantía inferior a dicho importe, se excluirán de la relación
de actuaciones subvencionables.
Línea 13. Subvenciones para programas destinados a actividades complementarias a la formación
de personas mayores en universidades públicas andaluzas, fomento de prácticas y experiencias
intergeneracionales.
PERSONAS
BENEFICIARIAS
OBJETO
IMPORTE
Universidades públicas andaluzas.
Financiar programas destinados a actividades complementarias a la formación
científica, cultural, tecnológica y social de las personas mayores en universidades
públicas andaluzas, y fomentar prácticas y experiencias intergeneracionales en
beneficio de este colectivo.
El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo
alcanzar la cuantía máxima de 20.000,00 euros y una cuantía mínima de 1.000,00
euros, en los términos previstos en el apartado 5a y 5b del cuadro resumen de la
presente línea.
PERSONAS
BENEFICIARIAS
Entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, cuyo objeto y fin social
sea la atención a las personas mayores, para la modalidad de mantenimiento. Entidades
locales, entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, así como las
asociaciones y federaciones de asociaciones, cuyo objeto y fin social sea la atención a
las personas mayores, para la modalidad de programas.
OBJETO
Financiar el mantenimiento de la actividad ordinaria de sedes administrativas de
entidades dedicadas a la atención de personas mayores, así como el desarrollo de
programas para la atención de dichas personas.
IMPORTE
El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo
alcanzar la cuantía máxima de 10.000,00 euros y una cuantía mínima de 500,00 euros,
para ambas modalidades y en los términos previstos en el apartado 5a y 5b del cuadro
resumen de la presente línea.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286064
Línea 14. Subvenciones institucionales para programas y mantenimiento en el ámbito de las personas
mayores.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 123 - Jueves, 29 de junio de 2023
página 11041/12
Línea 12. Subvenciones para programas para la promoción, sensibilización y formación del voluntariado y
para la gestión de Centros de Recursos para el Voluntariado y las Asociaciones.
PERSONAS
BENEFICIARIAS
- Para los programas de voluntariado, las entidades de voluntariado sin ánimo de lucro.
- Para los programas destinados a la gestión de centros de recursos para el
voluntariado y las asociaciones, las asociaciones que, al menos durante 4 meses de
los doce anteriores al fin del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria,
hayan estado funcionando como centro de recursos.
OBJETO
La realización de programas para la promoción, sensibilización y formación del
voluntariado y para la gestión de centros de recursos para el voluntariado y las
asociaciones que se realicen en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
IMPORTE
El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo
alcanzar el 100% del importe solicitado.
El importe máximo de cada subvención individual será, para el ámbito de competitividad
de gestión de centros de recursos para el voluntariado y las asociaciones 12.000 euros,
para el ámbito de competitividad de programas de ámbito autonómico 12.000 euros y
para el ámbito de competitividad de programas de ámbito provincial 4.000 euros.
Asimismo se establecen una cuantías mínimas para cada subvención individual
que serán en el ámbito de competitividad de gestión de centros de recursos para
el voluntariado y las asociaciones 1.000 euros, para el ámbito de competitividad de
programas de ámbito autonómico 1.000 euros y para el ámbito de competitividad
de programas de ámbito provincial 500 euros. Las actuaciones a las que, una vez
aplicados los criterios de reparto previstos en el apartado 5.b) del cuadro resumen les
correspondiera percibir una cuantía inferior a dicho importe, se excluirán de la relación
de actuaciones subvencionables.
Línea 13. Subvenciones para programas destinados a actividades complementarias a la formación
de personas mayores en universidades públicas andaluzas, fomento de prácticas y experiencias
intergeneracionales.
PERSONAS
BENEFICIARIAS
OBJETO
IMPORTE
Universidades públicas andaluzas.
Financiar programas destinados a actividades complementarias a la formación
científica, cultural, tecnológica y social de las personas mayores en universidades
públicas andaluzas, y fomentar prácticas y experiencias intergeneracionales en
beneficio de este colectivo.
El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo
alcanzar la cuantía máxima de 20.000,00 euros y una cuantía mínima de 1.000,00
euros, en los términos previstos en el apartado 5a y 5b del cuadro resumen de la
presente línea.
PERSONAS
BENEFICIARIAS
Entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, cuyo objeto y fin social
sea la atención a las personas mayores, para la modalidad de mantenimiento. Entidades
locales, entidades privadas sin ánimo de lucro legalmente constituidas, así como las
asociaciones y federaciones de asociaciones, cuyo objeto y fin social sea la atención a
las personas mayores, para la modalidad de programas.
OBJETO
Financiar el mantenimiento de la actividad ordinaria de sedes administrativas de
entidades dedicadas a la atención de personas mayores, así como el desarrollo de
programas para la atención de dichas personas.
IMPORTE
El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, pudiendo
alcanzar la cuantía máxima de 10.000,00 euros y una cuantía mínima de 500,00 euros,
para ambas modalidades y en los términos previstos en el apartado 5a y 5b del cuadro
resumen de la presente línea.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286064
Línea 14. Subvenciones institucionales para programas y mantenimiento en el ámbito de las personas
mayores.