Disposiciones generales. . (2023/122-4)
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Dirección General de Eventos e Instalaciones Deportivas, por la que se convocan, para el ejercicio 2023, las subvenciones a conceder en materia de deporte, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario deportivo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Miércoles, 28 de junio de 2023
página 10994/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Dirección General de Eventos
e Instalaciones Deportivas, por la que se convocan, para el ejercicio 2023, las
subvenciones a conceder en materia de deporte, en régimen de concurrencia
no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia
y fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario deportivo.
Mediante Orden de 2 de diciembre de 2021 fueron aprobadas las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en materia de deporte, en régimen de concurrencia
no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y
fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario deportivo (BOJA núm. 240, de 16
de diciembre de 2021).
La disposición adicional primera de la citada orden delega en la persona titular de
la Dirección General competente en materia de planificación, instalaciones y eventos
deportivos, la competencia para efectuar la convocatoria pública de las subvenciones
reguladas en dicha orden. La convocatoria se realizará mediante resolución, en la que,
además del plazo de presentación de solicitudes, se aprobarán los formularios para
ello, así como para registrar las alegaciones y efectuar la reformulación, la aceptación
y la presentación de documentos, y se determinará la temporada o año natural
subvencionable.
De conformidad con el artículo 10 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que
se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las
subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía, la resolución
de convocatoria ha de especificar los créditos presupuestarios, la cuantía total máxima
destinada a cada línea de subvención y los créditos presupuestarios a los que se imputan.
A la vista de lo anterior y en uso de las competencias conferidas por el Título VII del
Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado
por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y por el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de acuerdo con
el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, atendiendo a lo establecido en el Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte,
DISPONGO
Segundo. Concepto subvencionable.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2.a) del cuadro-resumen de la Orden
de 2 de diciembre de 2021, a través de la presente resolución será gasto subvencionable
la aportación que el patrocinador se compromete a entregar al patrocinado, según lo
establecido en el contrato de patrocinio publicitario para la temporada 2023/24 o el año
2023, dependiendo de la modalidad deportiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286031
Primero. Convocatoria.
Aprobar la convocatoria, para el ejercicio 2023, de las subvenciones previstas en
la Orden de 2 de diciembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en materia de deporte, en régimen de concurrencia
no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y
fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario deportivo (BOJA núm. 240, de 16
de diciembre de 2021).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Miércoles, 28 de junio de 2023
página 10994/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Resolución de 22 de junio de 2023, de la Dirección General de Eventos
e Instalaciones Deportivas, por la que se convocan, para el ejercicio 2023, las
subvenciones a conceder en materia de deporte, en régimen de concurrencia
no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia
y fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario deportivo.
Mediante Orden de 2 de diciembre de 2021 fueron aprobadas las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en materia de deporte, en régimen de concurrencia
no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y
fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario deportivo (BOJA núm. 240, de 16
de diciembre de 2021).
La disposición adicional primera de la citada orden delega en la persona titular de
la Dirección General competente en materia de planificación, instalaciones y eventos
deportivos, la competencia para efectuar la convocatoria pública de las subvenciones
reguladas en dicha orden. La convocatoria se realizará mediante resolución, en la que,
además del plazo de presentación de solicitudes, se aprobarán los formularios para
ello, así como para registrar las alegaciones y efectuar la reformulación, la aceptación
y la presentación de documentos, y se determinará la temporada o año natural
subvencionable.
De conformidad con el artículo 10 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que
se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las
subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía, la resolución
de convocatoria ha de especificar los créditos presupuestarios, la cuantía total máxima
destinada a cada línea de subvención y los créditos presupuestarios a los que se imputan.
A la vista de lo anterior y en uso de las competencias conferidas por el Título VII del
Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado
por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y por el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y de acuerdo con
el artículo 26.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de
Andalucía, atendiendo a lo establecido en el Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte,
DISPONGO
Segundo. Concepto subvencionable.
De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2.a) del cuadro-resumen de la Orden
de 2 de diciembre de 2021, a través de la presente resolución será gasto subvencionable
la aportación que el patrocinador se compromete a entregar al patrocinado, según lo
establecido en el contrato de patrocinio publicitario para la temporada 2023/24 o el año
2023, dependiendo de la modalidad deportiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286031
Primero. Convocatoria.
Aprobar la convocatoria, para el ejercicio 2023, de las subvenciones previstas en
la Orden de 2 de diciembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones en materia de deporte, en régimen de concurrencia
no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y
fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario deportivo (BOJA núm. 240, de 16
de diciembre de 2021).