Disposiciones generales. . (2023/122-5)
Extracto de la Resolución de 22 de junio de 2023, de la Dirección General de Eventos e Instalaciones Deportivas, por la que se convocan, para el ejercicio 2023, las subvenciones a conceder en materia de deporte, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario deportivo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Miércoles, 28 de junio de 2023
página 11002/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Extracto de la Resolución de 22 de junio de 2023, de la Dirección General de
Eventos e Instalaciones Deportivas, por la que se convocan, para el ejercicio
2023, las subvenciones a conceder en materia de deporte, en régimen de
concurrencia no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras
por cuenta propia y fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario
deportivo.
Número de Identificación de la base de datos nacional de subvenciones (BDNS): 704690
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de las bases
reguladoras y convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans
Primero. Convocatoria.
Se convocan, para el ejercicio 2023, las subvenciones previstas en la Orden de 2 de
diciembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones en materia de deporte, en régimen de concurrencia no competitiva,
dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y fundaciones, para el
fomento del patrocinio publicitario deportivo (BOJA 240, de 16 de diciembre de 2021).
Tercero. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Tanto la solicitud como la documentación requerida por las bases reguladoras se
presentarán exclusivamente en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de
Andalucía, accesible desde la propia plataforma de presentación, a través de la siguiente
dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/turismoculturaydeporte/servicios/procedimientos/
detalle/22597.html
e irán dirigidas a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b) del cuadroresumen de las bases reguladoras aprobadas mediante la Orden de 2 de diciembre de
2021, debiéndose presentar en los lugares indicados en el apartado 10.c) del mismo.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días, contados a partir del
siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto
previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. Cuando durante el plazo de presentación una entidad interesada registre
varias solicitudes de ayuda para un mismo objeto subvencionable, se considerará que la
última presentada en plazo anula a todas las anteriores. La presentación de las solicitudes
fuera del plazo establecido dará lugar a su inadmisión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286024
Segundo. Objeto y entidades o personas beneficiarias.
La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas
a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y fundaciones, que reúnan
los requisitos establecidos en el apartado 4.a).2.º del cuadro-resumen de las bases
reguladoras aprobadas mediante la Orden de 2 de diciembre de 2021, con la finalidad de
fomentar el patrocinio publicitario deportivo de entidades deportivas andaluzas publicitario
para la temporada 2023/24 o el año 2023, dependiendo de la modalidad deportiva.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 122 - Miércoles, 28 de junio de 2023
página 11002/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE TURISMO, CULTURA Y DEPORTE
Extracto de la Resolución de 22 de junio de 2023, de la Dirección General de
Eventos e Instalaciones Deportivas, por la que se convocan, para el ejercicio
2023, las subvenciones a conceder en materia de deporte, en régimen de
concurrencia no competitiva, dirigidas a empresas, personas trabajadoras
por cuenta propia y fundaciones, para el fomento del patrocinio publicitario
deportivo.
Número de Identificación de la base de datos nacional de subvenciones (BDNS): 704690
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de las bases
reguladoras y convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en el presente BOJA y
en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans
Primero. Convocatoria.
Se convocan, para el ejercicio 2023, las subvenciones previstas en la Orden de 2 de
diciembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión
de subvenciones en materia de deporte, en régimen de concurrencia no competitiva,
dirigidas a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y fundaciones, para el
fomento del patrocinio publicitario deportivo (BOJA 240, de 16 de diciembre de 2021).
Tercero. Solicitudes y plazo de presentación.
1. Tanto la solicitud como la documentación requerida por las bases reguladoras se
presentarán exclusivamente en el Registro Electrónico de la Administración de la Junta de
Andalucía, accesible desde la propia plataforma de presentación, a través de la siguiente
dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/turismoculturaydeporte/servicios/procedimientos/
detalle/22597.html
e irán dirigidas a la persona titular del órgano indicado en el apartado 10.b) del cuadroresumen de las bases reguladoras aprobadas mediante la Orden de 2 de diciembre de
2021, debiéndose presentar en los lugares indicados en el apartado 10.c) del mismo.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días, contados a partir del
siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto
previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones. Cuando durante el plazo de presentación una entidad interesada registre
varias solicitudes de ayuda para un mismo objeto subvencionable, se considerará que la
última presentada en plazo anula a todas las anteriores. La presentación de las solicitudes
fuera del plazo establecido dará lugar a su inadmisión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00286024
Segundo. Objeto y entidades o personas beneficiarias.
La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas
a empresas, personas trabajadoras por cuenta propia y fundaciones, que reúnan
los requisitos establecidos en el apartado 4.a).2.º del cuadro-resumen de las bases
reguladoras aprobadas mediante la Orden de 2 de diciembre de 2021, con la finalidad de
fomentar el patrocinio publicitario deportivo de entidades deportivas andaluzas publicitario
para la temporada 2023/24 o el año 2023, dependiendo de la modalidad deportiva.