3. Otras disposiciones. . (2023/119-42)
Resolución de 16 de junio de 2023, de la Secretaría General de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul, por la que se emite y se hace pública la declaración ambiental estratégica de la Adecuación del Plan Forestal Andaluz Horizonte 2030.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Número 119 - Viernes, 23 de junio de 2023

página 10802/2

Asimismo, se ha dado cumplimiento a otro de los grandes objetivos de la citada ley
GICA, que consiste en la transparencia y participación ciudadana a través del acceso a
una información exhaustiva y fidedigna del proceso planificador y la invitación a realizar
aportaciones en diversas fases del mismo.
El procedimiento de evaluación ambiental estratégica comenzó con la solicitud de
inicio presentada por el promotor ante el órgano ambiental. Dicha solicitud se acompañaba
del borrador de la APFA 2030 y de un documento inicial estratégico con la inclusión de
los correspondiente aspectos establecidos en la ley GICA.
En base a este documento inicial, para llevar a cabo el trámite de consultas, el
órgano ambiental identificó a 66 agentes entre Administraciones Públicas afectadas y
entidades posiblemente interesadas, a quienes se consultó de forma particularizada.
Para responder a esta consulta se dio un plazo de 45 días. En total se recibieron 11
escritos con información y observaciones.
La información y documentación inicial asociada a esta evaluación ambiental se
publicó en la web del Portal Ambiental de Andalucía. Además, se habilitó el canal de
administración electrónica para la tramitación de las consultas y, adicionalmente, se puso
a disposición del público una dirección de correo electrónico para enviar las aportaciones,
sugerencias e información de interés.
El órgano ambiental, considerando el resultado de las consultas iniciales realizadas,
elaboró el documento de alcance, al objeto de delimitar la amplitud, nivel de detalle y
grado de especificación del posterior estudio ambiental estratégico (en adelante EsAE)
de la APFA 2030. El documento de alcance, junto a las respuestas recibidas en el trámite
de consultas (incluidas las recibidas desde los distintos centros directivos de la entonces
Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible), fueron remitidas al
promotor, proporcionando toda la información ambiental disponible de utilidad para lograr
la máxima integración ambiental de la APFA 2030.
Toda esta información fue analizada y, en su caso, considerada por el órgano
promotor en la elaboración de la versión preliminar de la APFA 2030 y del EsAE.
Además de esta documentación inicial, también se fue publicando en la web del
órgano ambiental toda la documentación posterior relacionada con el procedimiento de
evaluación ambiental de la APFA 2030.
Posteriormente, en fase de información pública y segundas consultas de la versión
preliminar de la APFA 2030 y del EsAE se recibieron en total 36 escritos, con un total
de 416 alegaciones, 389 de las cuales estaban dirigidas a la versión preliminar de la
APFA 2030 y 27 al EsAE, teniéndose en cuenta por el promotor en la elaboración de las
propuestas finales de la APFA 2030 y del EsAE.
Las modalidades de información y consulta definidas son coherentes con las
garantías de participación pública establecidas en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la
que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de
acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
El EsAE es, por tanto, el documento técnico clave de este procedimiento. Atendiendo
a los contenidos mínimos exigidos en el Anexo II C de la ley GICA y a la información
aportada en el documento de alcance, el promotor elaboró el EsAE en el que se han
identificado los efectos significativos sobre el medio ambiente que tendrá la aplicación de
la APFA 2030, así como unas alternativas razonables técnica y ambientalmente viables.
El EsAE también ha considerado la coherencia externa con los principios y directrices
de protección ambiental y desarrollo sostenible, así como su adecuación a las directrices
derivadas de los planes y estrategias de naturaleza medioambiental y territorial con los
que interactúa.
En cumplimiento del artículo 38.6 de la ley GICA, el órgano ambiental publicará la
presente declaración ambiental estratégica en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
y en su sede electrónica.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00285823

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía