Disposiciones generales. . (2023/119-5)
Orden de 19 de junio de 2023, por la que se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a municipios de Andalucía con población entre 50.000 y 100.000 habitantes, para la realización de actuaciones en el marco del Plan PIMA Cambio Climático, y se aprueban las bases reguladoras para su concesión.
45 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 119 - Viernes, 23 de junio de 2023

página 10803/22

la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, así como el artículo 15
de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública en Andalucía.
2. En cualquier caso, las subvenciones concedidas serán publicadas en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, en la Base de Datos de Subvenciones de la Junta de
Andalucía y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones. Todo ello con independencia
del importe de las mismas, expresando la fuente de financiación, la entidad beneficiaria,
la cantidad concedida y la finalidad de las mismas.

00285824

Artículo 23. Régimen sancionador.
1. Las infracciones administrativas cometidas en relación con las subvenciones
previstas en esta orden se sancionarán conforme a lo establecido en el Título IV de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 129 del Texto Refundido de la Ley General
de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
2. La incoación, instrucción y resolución del procedimiento sancionador corresponden a:
a) Iniciar el procedimiento sancionador: titular de la Viceconsejería por delegación de
la persona titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente en virtud
del artículo 26 de la Orden de 15 de noviembre de 2022.
b) Instruir el procedimiento sancionador: Oficina Andaluza de Cambio Climático de la
Dirección General de Sostenibilidad Ambiental y Cambio Climático.
c) Resolver el procedimiento sancionador: titular de la Viceconsejería por delegación
de la persona titular de la Consejería competente en materia de medio ambiente en virtud
del artículo 26 de la Orden de 15 de noviembre de 2022.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja