Disposiciones generales. . (2023/117-1)
Resolución de 14 de junio de 2023, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles de otras Entidades y Grupos de Corresponsales Juveniles, para la realización de actuaciones en materia de Juventud, para el ejercicio 2023.
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Número 117 - Miércoles, 21 de junio de 2023

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4. Las solicitudes serán evaluadas según los siguientes criterios:
1. Criterios objetivos generales (hasta un máximo de 50 puntos).
a) La valoración de actuaciones de efectiva consecución de la igualdad de género
por parte de las entidades solicitantes, en aplicación de lo establecido en el artículo 13.1
de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género
en Andalucía, así como la garantía de los derechos y la igualdad de trato por razón de
orientación sexual, identidad sexual e identidad de género de las personas jóvenes,
homosexuales, bisexuales, transexuales, transgénero y/o intersexuales (LGTBI) (máximo
14 puntos).
b) Incidencia de la puesta en marcha del proyecto en la creación y mantenimiento de
empleo para la juventud (máximo 12 puntos).
c) La ponderación del grado de compromiso medioambiental de las actividades
subvencionables (máximo 8 puntos).
d) La valoración de actuaciones que incluyan la perspectiva de discapacidad (máximo
8 puntos).
e) La ponderación del impacto en la salud (máximo 8 puntos).
2. Criterios objetivos específicos (hasta un máximo de 50 puntos).
2.1 Contenido técnico del proyecto (máximo 18 puntos):
2.1.a) Información aportada por la entidad solicitante respecto de las necesidades
reales que pretende abordar el proyecto (máximo 4 puntos).
2.1.b) Determinación de los objetivos del proyecto (máximo 4 puntos).
2.1.c) Número de personas jóvenes beneficiarias (máximo 4 puntos).
2.1.d) Determinación de los instrumentos y recursos metodológicos utilizados para
la consecución de los objetivos del proyecto, así como medios materiales, técnicos y
personales previstos (máximo 6 puntos).
2.2. Grado de participación de las personas destinatarias (máximo 16 puntos).
En caso de que el proyecto tenga varias fases y se pueda encuadrar cada una en
distintas categorías, se asignará la puntuación de cada fase en grado proporcional a su
peso en la totalidad del proyecto, sin que el total de la puntuación pueda superar los 16
puntos.
2.2.a) Participación directa de las personas destinatarias en la programación y
ejecución de las actividades (máximo 16 puntos).
2.2.b) Participación pasiva de las personas destinatarias en campañas de
sensibilización y/o divulgación (máximo 12 puntos).
2.2.c) Las personas participantes son usuarias de un servicio que presta la entidad
solicitante (máximo 8 puntos).
2.2.d) Participación pasiva de las personas destinatarias en eventos puntuales
(máximo 5 puntos).
2.3. Coste económico del proyecto (máximo 8 puntos):
2.3.a) Adecuación del presupuesto y los recursos humanos previstos al desarrollo
de la actividad. Se valorará la ratio coste de la actividad / número de participantes en la
misma (máximo 4 puntos).
2.3.b) Cofinanciación del proyecto. Se valorará si el proyecto cuenta con financiación
propia de la entidad solicitante u otras fuentes de financiación públicas o privadas
(máximo 4 puntos).
2.4. Continuidad o innovación del proyecto (máximo 8 puntos).
2.4.a) Proyectos con continuidad en varios años y subvencionados por el Instituto
Andaluz de la Juventud en, al menos, las últimas dos convocatorias de ayudas, pero que
incluyen o contemplan aspectos innovadores con respecto a lo realizado anteriormente.
Se valorará el esfuerzo de innovar en la ejecución de proyectos continuados en el tiempo
(entre 5 y 8 puntos).
2.4.b) Proyectos con continuidad en varios años y subvencionados por el Instituto
Andaluz de la Juventud en, al menos, las últimas dos convocatorias de ayudas. Se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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