3. Otras disposiciones. . (2023/115-31)
Orden de 12 de junio de 2023, por la que se declara y concreta la contratación centralizada del suministro de energía eléctrica de los centros de consumo adheridos a la Red de Energía de la Administración de la Junta de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Lunes, 19 de junio de 2023
página 10447/2
centralizada del suministro de energía eléctrica de los centros de consumo adscritos a
la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales vinculadas,
así como de aquellas otras entidades adheridas a REDEJA que tengan suscrito el
correspondiente acuerdo de adhesión voluntaria a la citada Red.
A la vista de la propuesta de fecha 30 de mayo de 2023, de la Dirección General de
Contratación, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.2 del Decreto 153/2022,
de 9 de agosto,
DISPONGO
Segundo. Concretar la contratación centralizada para el suministro de energía
eléctrica de los centros de consumo adheridos a REDEJA, a través del sistema de
racionalización técnica de la contratación de acuerdo marco, del que derivará el número
de contratos que se precisan a continuación según la tipología del organismo adherido a
la Red:
1. Las Consejerías adjudicarán cada una de estas un contrato basado en el acuerdo
marco para los centros de consumo adscritos a las mismas, con las siguientes salvedades:
•
La Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos adjudicará dos
contratos, uno para los centros de consumo adscritos a los servicios centrales y
sus delegaciones territoriales, y otro para los centros adscritos a gastos de diversas
Consejerías.
• La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública adjudicará dos
contratos, uno para los centros de consumo adscritos a los servicios centrales y sus
delegaciones territoriales, y otro para los centros adscritos a sedes judiciales.
2. Las agencias administrativas adjudicarán cada una de estas un contrato basado en
el acuerdo marco para los centros de consumo adscritos a las mismas, con las siguientes
salvedades:
• El Servicio Andaluz de Salud adjudicará diez contratos, uno para los centros de
consumo adscritos a los servicios centrales, uno para los centros destinados a
emergencias sanitarias y uno por cada una de las ocho plataformas provinciales
sanitarias.
3. Las agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, consorcios,
sociedades mercantiles del sector público andaluz y las fundaciones del sector público
andaluz adjudicarán por cada uno de estos, un contrato basado en el acuerdo marco
para los centros de consumo adscritos a los mismos.
4. Las instituciones de autogobierno de la Administración de la Junta de Andalucía,
adjudicarán por cada una de estas, un contrato basado en el Acuerdo marco para los
centros de consumo adscritos a los mismos.
5. El resto de entidades adheridas voluntariamente a REDEJA que hayan suscrito
el correspondiente acuerdo de adhesión, tales como las entidades con participación de
la Junta de Andalucía, las Universidades Públicas de Andalucía, las entidades de las
restantes Administraciones Públicas ubicadas en Andalucía y las Corporaciones de
Derecho Público con sede en Andalucía, adjudicarán el número de contratos basados en
el acuerdo marco que dispongan libremente para los centros de consumo adscritos a las
mismas.
Tercero. Facultar a la Dirección General con competencias en materia de racionalización
y centralización de la contratación a autorizar excepcionalmente a las Consejerías,
agencias administrativas, agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285469
Primero. Declarar de contratación centralizada el suministro de energía eléctrica de
los centros de consumo adheridos a REDEJA.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Lunes, 19 de junio de 2023
página 10447/2
centralizada del suministro de energía eléctrica de los centros de consumo adscritos a
la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales vinculadas,
así como de aquellas otras entidades adheridas a REDEJA que tengan suscrito el
correspondiente acuerdo de adhesión voluntaria a la citada Red.
A la vista de la propuesta de fecha 30 de mayo de 2023, de la Dirección General de
Contratación, de conformidad con lo establecido en el artículo 1.2 del Decreto 153/2022,
de 9 de agosto,
DISPONGO
Segundo. Concretar la contratación centralizada para el suministro de energía
eléctrica de los centros de consumo adheridos a REDEJA, a través del sistema de
racionalización técnica de la contratación de acuerdo marco, del que derivará el número
de contratos que se precisan a continuación según la tipología del organismo adherido a
la Red:
1. Las Consejerías adjudicarán cada una de estas un contrato basado en el acuerdo
marco para los centros de consumo adscritos a las mismas, con las siguientes salvedades:
•
La Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos adjudicará dos
contratos, uno para los centros de consumo adscritos a los servicios centrales y
sus delegaciones territoriales, y otro para los centros adscritos a gastos de diversas
Consejerías.
• La Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública adjudicará dos
contratos, uno para los centros de consumo adscritos a los servicios centrales y sus
delegaciones territoriales, y otro para los centros adscritos a sedes judiciales.
2. Las agencias administrativas adjudicarán cada una de estas un contrato basado en
el acuerdo marco para los centros de consumo adscritos a las mismas, con las siguientes
salvedades:
• El Servicio Andaluz de Salud adjudicará diez contratos, uno para los centros de
consumo adscritos a los servicios centrales, uno para los centros destinados a
emergencias sanitarias y uno por cada una de las ocho plataformas provinciales
sanitarias.
3. Las agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales, consorcios,
sociedades mercantiles del sector público andaluz y las fundaciones del sector público
andaluz adjudicarán por cada uno de estos, un contrato basado en el acuerdo marco
para los centros de consumo adscritos a los mismos.
4. Las instituciones de autogobierno de la Administración de la Junta de Andalucía,
adjudicarán por cada una de estas, un contrato basado en el Acuerdo marco para los
centros de consumo adscritos a los mismos.
5. El resto de entidades adheridas voluntariamente a REDEJA que hayan suscrito
el correspondiente acuerdo de adhesión, tales como las entidades con participación de
la Junta de Andalucía, las Universidades Públicas de Andalucía, las entidades de las
restantes Administraciones Públicas ubicadas en Andalucía y las Corporaciones de
Derecho Público con sede en Andalucía, adjudicarán el número de contratos basados en
el acuerdo marco que dispongan libremente para los centros de consumo adscritos a las
mismas.
Tercero. Facultar a la Dirección General con competencias en materia de racionalización
y centralización de la contratación a autorizar excepcionalmente a las Consejerías,
agencias administrativas, agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285469
Primero. Declarar de contratación centralizada el suministro de energía eléctrica de
los centros de consumo adheridos a REDEJA.