3. Otras disposiciones. . (2023/115-31)
Orden de 12 de junio de 2023, por la que se declara y concreta la contratación centralizada del suministro de energía eléctrica de los centros de consumo adheridos a la Red de Energía de la Administración de la Junta de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Lunes, 19 de junio de 2023
página 10447/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 26 de junio de 2007, modificado
mediante los Acuerdos de 21 de julio de 2009 y de 27 de diciembre de 2013, del Consejo
de Gobierno, se creó la Red de Energía de la Administración de la Junta de Andalucía, en
adelante REDEJA, que persigue como objetivos generales mejorar la eficiencia energética
e impulsar la incorporación de energías renovables y la diversificación energética en los
centros de consumo adscritos a ella. En el marco de los mencionados objetivos generales,
REDEJA prestará, entre otros servicios, la promoción de la contratación centralizada de
suministro energético de los centros de consumo de las entidades adheridas a la Red,
tanto con carácter obligatorio como mediante acuerdo de adhesión. El apartado sexto
del Acuerdo de 26 de junio de 2007 establece, por su parte, que las Consejerías y demás
Administraciones, organismos o entidades públicas adheridas a REDEJA habrán de
atender los gastos asociados a sus consumos energéticos y a los estudios y auditorías
energéticas realizadas por la misma.
La Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, a través de la Dirección
General de Contratación, ejerce las competencias en materia de racionalización y
centralización de la contratación pública de la Administración de la Junta de Andalucía y
sus entidades instrumentales y, de manera específica, la competencia de declaración y
concreción de la contratación centralizada de aquellos suministros, obras y servicios que
por sus especiales características sean susceptibles de ser utilizados con carácter general
por todas las Consejerías y entidades instrumentales de la Administración de la Junta de
Andalucía, así como la contratación centralizada de estos, todo ello de conformidad con
el artículo 9 del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería.
Con base en las competencias descritas anteriormente, resulta necesario racionalizar
la contratación de los suministros de energía eléctrica de los centros de consumo adscritos
a REDEJA, con la intención de incrementar la eficiencia y eficacia en la contratación
pública de la Junta de Andalucía, orientándola hacia una simplificación y racionalización de
los procedimientos de contratación, y a la reducción de plazos de tramitación y de costes
para optimizar el uso de los recursos públicos, y así garantizar de manera transversal
el principio de transparencia en el aprovisionamiento de cualquier órgano o entidad de
la Administración, impulsando los principios de sostenibilidad y ahorro energético, que
permitirán optimizar las tarifas de los suministros y obtener un ahorro significativo en la
facturación global de la energía eléctrica de la Comunidad Autónoma Andaluza.
Conforme al ordinal primero del citado Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 26 de
junio de 2007, son centros de consumo adscritos a REDEJA, con carácter obligatorio:
los de las Consejerías, las agencias administrativas, las agencias de régimen especial,
las agencias públicas empresariales, las sociedades mercantiles del sector público
andaluz, las fundaciones del sector público andaluz, los consorcios y las instituciones
de autogobierno de la Administración de la Junta de Andalucía. Son centros de consumo
adheridos voluntariamente a REDEJA mediante suscripción de acuerdo de adhesión: los
de las entidades con participación de la Junta de Andalucía, las Universidades Públicas
Andaluzas, las entidades de las restantes Administraciones Públicas ubicadas en
Andalucía y las Corporaciones de Derecho Público con sede en Andalucía.
Por razones de eficacia y agilidad en la tramitación, en consonancia con criterios
de buena administración, se considera necesario declarar y concretar la contratación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285469
Orden de 12 de junio de 2023, por la que se declara y concreta la contratación
centralizada del suministro de energía eléctrica de los centros de consumo
adheridos a la Red de Energía de la Administración de la Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 115 - Lunes, 19 de junio de 2023
página 10447/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 26 de junio de 2007, modificado
mediante los Acuerdos de 21 de julio de 2009 y de 27 de diciembre de 2013, del Consejo
de Gobierno, se creó la Red de Energía de la Administración de la Junta de Andalucía, en
adelante REDEJA, que persigue como objetivos generales mejorar la eficiencia energética
e impulsar la incorporación de energías renovables y la diversificación energética en los
centros de consumo adscritos a ella. En el marco de los mencionados objetivos generales,
REDEJA prestará, entre otros servicios, la promoción de la contratación centralizada de
suministro energético de los centros de consumo de las entidades adheridas a la Red,
tanto con carácter obligatorio como mediante acuerdo de adhesión. El apartado sexto
del Acuerdo de 26 de junio de 2007 establece, por su parte, que las Consejerías y demás
Administraciones, organismos o entidades públicas adheridas a REDEJA habrán de
atender los gastos asociados a sus consumos energéticos y a los estudios y auditorías
energéticas realizadas por la misma.
La Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, a través de la Dirección
General de Contratación, ejerce las competencias en materia de racionalización y
centralización de la contratación pública de la Administración de la Junta de Andalucía y
sus entidades instrumentales y, de manera específica, la competencia de declaración y
concreción de la contratación centralizada de aquellos suministros, obras y servicios que
por sus especiales características sean susceptibles de ser utilizados con carácter general
por todas las Consejerías y entidades instrumentales de la Administración de la Junta de
Andalucía, así como la contratación centralizada de estos, todo ello de conformidad con
el artículo 9 del Decreto 153/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería.
Con base en las competencias descritas anteriormente, resulta necesario racionalizar
la contratación de los suministros de energía eléctrica de los centros de consumo adscritos
a REDEJA, con la intención de incrementar la eficiencia y eficacia en la contratación
pública de la Junta de Andalucía, orientándola hacia una simplificación y racionalización de
los procedimientos de contratación, y a la reducción de plazos de tramitación y de costes
para optimizar el uso de los recursos públicos, y así garantizar de manera transversal
el principio de transparencia en el aprovisionamiento de cualquier órgano o entidad de
la Administración, impulsando los principios de sostenibilidad y ahorro energético, que
permitirán optimizar las tarifas de los suministros y obtener un ahorro significativo en la
facturación global de la energía eléctrica de la Comunidad Autónoma Andaluza.
Conforme al ordinal primero del citado Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 26 de
junio de 2007, son centros de consumo adscritos a REDEJA, con carácter obligatorio:
los de las Consejerías, las agencias administrativas, las agencias de régimen especial,
las agencias públicas empresariales, las sociedades mercantiles del sector público
andaluz, las fundaciones del sector público andaluz, los consorcios y las instituciones
de autogobierno de la Administración de la Junta de Andalucía. Son centros de consumo
adheridos voluntariamente a REDEJA mediante suscripción de acuerdo de adhesión: los
de las entidades con participación de la Junta de Andalucía, las Universidades Públicas
Andaluzas, las entidades de las restantes Administraciones Públicas ubicadas en
Andalucía y las Corporaciones de Derecho Público con sede en Andalucía.
Por razones de eficacia y agilidad en la tramitación, en consonancia con criterios
de buena administración, se considera necesario declarar y concretar la contratación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285469
Orden de 12 de junio de 2023, por la que se declara y concreta la contratación
centralizada del suministro de energía eléctrica de los centros de consumo
adheridos a la Red de Energía de la Administración de la Junta de Andalucía.