Disposiciones generales. . (2023/114-3)
Acuerdo de 6 de junio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del Protocolo Andaluz de Coordinación para la Atención a Mujeres con Problemas de Adicciones Víctimas de Violencia de Género.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Viernes, 16 de junio de 2023
página 10413/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud
y establece que los poderes públicos organizarán y tutelarán la salud pública a través de
medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
El artículo 16 del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que las mujeres
tienen derecho a una protección integral contra la violencia de género, que incluirá
medidas preventivas, medidas asistenciales y ayudas públicas. Por otra parte, el
artículo 73.2, dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia
compartida en materia de lucha contra la violencia de género, la planificación de
actuaciones y la capacidad de evaluación y propuesta ante la Administración central. La
Comunidad Autónoma podrá establecer medidas e instrumentos para la sensibilización
sobre la violencia de género y para su detección y prevención, así como regular servicios
y destinar recursos propios para conseguir una protección integral de las mujeres que
han sufrido o sufren este tipo de violencia.
El artículo 1.a) del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, dispone que la Consejería
tiene atribuidas, entre otras, las competencias de ejecución de las directrices y los
criterios generales de la política de salud, planificación, asistencia sanitaria, consumo,
atención temprana, asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones
territoriales, alta dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros y servicios
sanitarios y aquellas otras competencias que le estén atribuidas por la legislación vigente.
El artículo 14, apartados f) e i), del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud,
Familias e Igualdad, atribuye al Instituto Andaluz de la Mujer las competencias en materia
de colaboración y coordinación mediante acuerdos con entidades y organizaciones
que desarrollen actuaciones en materia de violencia de género, con especial enfoque
en la gestión integral de la valoración del riesgo en materia de violencia, así como de
planificación, elaboración, desarrollo, coordinación, promoción de iniciativas e impulso
de las actuaciones y planes de violencia de género previstos en la Ley 13/2007, de 26 de
noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.
El artículo 1.b) del Decreto 164/2002, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
dispone que corresponden a esta Consejería, entre otras, las competencias relativas a
violencia de género que guarden relación directa con la Administración de Justicia. Así
mismo, el artículo 11.3.a), le atribuye, a través de la Dirección General de Justicia Juvenil
y Cooperación, la organización, dirección y gestión del Servicio de Asistencia a Víctimas
en Andalucía.
La violencia de género constituye un problema de primer orden que se ha reflejado
en diversos instrumentos y normas a nivel internacional, nacional y andaluz.
La Organización Mundial de la Salud, en adelante la OMS, en el año 1996, reconoció
que la violencia sobre las mujeres era un problema de salud pública, poniendo de
manifiesto las graves consecuencias que tiene sobre la salud, decretando en 1998, la
erradicación de la violencia contra las mujeres como una prioridad internacional para los
servicios de salud, lo que a nivel internacional se ha reflejado, entre otros instrumentos,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285436
Acuerdo de 6 de junio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se toma
conocimiento del Protocolo Andaluz de Coordinación para la Atención a Mujeres
con Problemas de Adicciones Víctimas de Violencia de Género.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 114 - Viernes, 16 de junio de 2023
página 10413/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
El artículo 43 de la Constitución Española reconoce el derecho a la protección de la salud
y establece que los poderes públicos organizarán y tutelarán la salud pública a través de
medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios.
El artículo 16 del Estatuto de Autonomía para Andalucía establece que las mujeres
tienen derecho a una protección integral contra la violencia de género, que incluirá
medidas preventivas, medidas asistenciales y ayudas públicas. Por otra parte, el
artículo 73.2, dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia
compartida en materia de lucha contra la violencia de género, la planificación de
actuaciones y la capacidad de evaluación y propuesta ante la Administración central. La
Comunidad Autónoma podrá establecer medidas e instrumentos para la sensibilización
sobre la violencia de género y para su detección y prevención, así como regular servicios
y destinar recursos propios para conseguir una protección integral de las mujeres que
han sufrido o sufren este tipo de violencia.
El artículo 1.a) del Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, dispone que la Consejería
tiene atribuidas, entre otras, las competencias de ejecución de las directrices y los
criterios generales de la política de salud, planificación, asistencia sanitaria, consumo,
atención temprana, asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones
territoriales, alta dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros y servicios
sanitarios y aquellas otras competencias que le estén atribuidas por la legislación vigente.
El artículo 14, apartados f) e i), del Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que
se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud,
Familias e Igualdad, atribuye al Instituto Andaluz de la Mujer las competencias en materia
de colaboración y coordinación mediante acuerdos con entidades y organizaciones
que desarrollen actuaciones en materia de violencia de género, con especial enfoque
en la gestión integral de la valoración del riesgo en materia de violencia, así como de
planificación, elaboración, desarrollo, coordinación, promoción de iniciativas e impulso
de las actuaciones y planes de violencia de género previstos en la Ley 13/2007, de 26 de
noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género.
El artículo 1.b) del Decreto 164/2002, de 9 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
dispone que corresponden a esta Consejería, entre otras, las competencias relativas a
violencia de género que guarden relación directa con la Administración de Justicia. Así
mismo, el artículo 11.3.a), le atribuye, a través de la Dirección General de Justicia Juvenil
y Cooperación, la organización, dirección y gestión del Servicio de Asistencia a Víctimas
en Andalucía.
La violencia de género constituye un problema de primer orden que se ha reflejado
en diversos instrumentos y normas a nivel internacional, nacional y andaluz.
La Organización Mundial de la Salud, en adelante la OMS, en el año 1996, reconoció
que la violencia sobre las mujeres era un problema de salud pública, poniendo de
manifiesto las graves consecuencias que tiene sobre la salud, decretando en 1998, la
erradicación de la violencia contra las mujeres como una prioridad internacional para los
servicios de salud, lo que a nivel internacional se ha reflejado, entre otros instrumentos,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285436
Acuerdo de 6 de junio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se toma
conocimiento del Protocolo Andaluz de Coordinación para la Atención a Mujeres
con Problemas de Adicciones Víctimas de Violencia de Género.