3. Otras disposiciones. . (2023/113-57)
Resolución de 12 de junio de 2023, de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, por la que se crea el Registro de Responsables del Sistema Interno de Información y se regula su funcionamiento.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Jueves, 15 de junio de 2023
página 10340/3
entrada en vigor de esta ley. Y, como excepción, en el caso de las entidades jurídicas
del sector privado con doscientos cuarenta y nueve trabajadores o menos, así como de
los municipios de menos de diez mil habitantes, el plazo previsto en el párrafo anterior se
extenderá hasta el 1 de diciembre de 2023».
Y que el Título IX de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, viene dedicado al régimen
sancionador dentro de este ámbito, del que se resalta, por su relación con la materia de
la presente Resolución, que la falta de designación del Responsable del Sistema podría
suponer la comisión de una infracción muy grave por «incumplimiento de la obligación
de disponer de un Sistema interno de información en los términos exigidos en esta ley»
(artículos 63.1.g)), mientras que la falta de notificación de dicha designación a la autoridad
competente, en este caso, a la Oficina, podría suponer la comisión de una infracción
leve (artículo 63.3.c)). Las sanciones aparejadas a las infracciones cometidas se regulan
en el artículo 65. De acuerdo con este precepto: si las infractoras son personas físicas,
podrán ser multadas con una cuantía de 1.001 hasta 10.000 euros por la comisión de
infracciones leves; de 10.001 hasta 30.000 euros por la comisión de infracciones graves
y de 30.001 hasta 300.000 euros por la comisión de infracciones muy graves. Si son
personas jurídicas serán multadas con una cuantía hasta 100.000 euros en caso de
infracciones leves, entre 100.001 y 600.000 euros en caso de infracciones graves y entre
600.001 y 1.000.000 de euros en caso de infracciones muy graves.
Adicionalmente, «en el caso de infracciones muy graves, la OAAF podrá acordar: a)
La amonestación pública. b) La prohibición de obtener subvenciones u otros beneficios
fiscales durante un plazo máximo de cuatro años. c) La prohibición de contratar con el
sector público durante un plazo máximo de tres años de conformidad con lo previsto
en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014». Por último, «las sanciones
por infracciones muy graves de cuantía igual o superior a 600.001 euros impuestas a
entidades jurídicas podrán ser publicadas en el «Boletín Oficial», tras la firmeza de la
resolución en vía administrativa. La publicación deberá contener, al menos, información
sobre el tipo y naturaleza de la infracción y, en su caso, la identidad de las personas
responsables de las mismas de acuerdo con la normativa en materia de protección de
datos».
Por lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en virtud de lo dispuesto
en la Ley 2/2021, de 18 de junio y el Acuerdo de 20 de abril de 2022, de la Mesa del
Parlamento de Andalucía, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior y
Funcionamiento de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción (BOJA núm. 88,
de 11.5.2022),
RESU ELVO
Segundo. El funcionamiento del Registro de Responsables del Sistema Interno de
Información (RRSII) se regirá por lo establecido en el Anexo de la presente Resolución.
Tercero. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de junio de 2023.- El Director, Ricardo V. Puyol Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285363
Primero. Crear el Registro de Responsables del Sistema Interno de Información
(RRSII), que estará a cargo de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, y
en el que se deberán inscribir los respectivos responsables de los sistemas internos de
información de todas las administraciones, entes, organismos, instituciones y personas
jurídicas incluidas en los ámbitos objetivos de aplicación de la Ley 2/2021, de 18 de junio
y la Ley 2/2023, de 20 de febrero.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 113 - Jueves, 15 de junio de 2023
página 10340/3
entrada en vigor de esta ley. Y, como excepción, en el caso de las entidades jurídicas
del sector privado con doscientos cuarenta y nueve trabajadores o menos, así como de
los municipios de menos de diez mil habitantes, el plazo previsto en el párrafo anterior se
extenderá hasta el 1 de diciembre de 2023».
Y que el Título IX de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, viene dedicado al régimen
sancionador dentro de este ámbito, del que se resalta, por su relación con la materia de
la presente Resolución, que la falta de designación del Responsable del Sistema podría
suponer la comisión de una infracción muy grave por «incumplimiento de la obligación
de disponer de un Sistema interno de información en los términos exigidos en esta ley»
(artículos 63.1.g)), mientras que la falta de notificación de dicha designación a la autoridad
competente, en este caso, a la Oficina, podría suponer la comisión de una infracción
leve (artículo 63.3.c)). Las sanciones aparejadas a las infracciones cometidas se regulan
en el artículo 65. De acuerdo con este precepto: si las infractoras son personas físicas,
podrán ser multadas con una cuantía de 1.001 hasta 10.000 euros por la comisión de
infracciones leves; de 10.001 hasta 30.000 euros por la comisión de infracciones graves
y de 30.001 hasta 300.000 euros por la comisión de infracciones muy graves. Si son
personas jurídicas serán multadas con una cuantía hasta 100.000 euros en caso de
infracciones leves, entre 100.001 y 600.000 euros en caso de infracciones graves y entre
600.001 y 1.000.000 de euros en caso de infracciones muy graves.
Adicionalmente, «en el caso de infracciones muy graves, la OAAF podrá acordar: a)
La amonestación pública. b) La prohibición de obtener subvenciones u otros beneficios
fiscales durante un plazo máximo de cuatro años. c) La prohibición de contratar con el
sector público durante un plazo máximo de tres años de conformidad con lo previsto
en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se
transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014». Por último, «las sanciones
por infracciones muy graves de cuantía igual o superior a 600.001 euros impuestas a
entidades jurídicas podrán ser publicadas en el «Boletín Oficial», tras la firmeza de la
resolución en vía administrativa. La publicación deberá contener, al menos, información
sobre el tipo y naturaleza de la infracción y, en su caso, la identidad de las personas
responsables de las mismas de acuerdo con la normativa en materia de protección de
datos».
Por lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en virtud de lo dispuesto
en la Ley 2/2021, de 18 de junio y el Acuerdo de 20 de abril de 2022, de la Mesa del
Parlamento de Andalucía, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior y
Funcionamiento de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción (BOJA núm. 88,
de 11.5.2022),
RESU ELVO
Segundo. El funcionamiento del Registro de Responsables del Sistema Interno de
Información (RRSII) se regirá por lo establecido en el Anexo de la presente Resolución.
Tercero. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 12 de junio de 2023.- El Director, Ricardo V. Puyol Sánchez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285363
Primero. Crear el Registro de Responsables del Sistema Interno de Información
(RRSII), que estará a cargo de la Oficina Andaluza contra el Fraude y la Corrupción, y
en el que se deberán inscribir los respectivos responsables de los sistemas internos de
información de todas las administraciones, entes, organismos, instituciones y personas
jurídicas incluidas en los ámbitos objetivos de aplicación de la Ley 2/2021, de 18 de junio
y la Ley 2/2023, de 20 de febrero.