3. Otras disposiciones. . (2023/112-58)
Resolución de 9 de junio de 2023, de la Universidad de Almería, por la que se publican las bases reguladoras y la convocatoria 2023 de las Ayudas a la Transferencia del Conocimiento UALtransfierE-2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Miércoles, 14 de junio de 2023

página 10297/10

El/La investigador/a solicitante será el/la Investigador/a Principal 1 de la Acción de
Transferencia Social Innovadora, pudiendo incluir un/a Investigador/a Principal 2. Los/Las
Investigadores/as Principales solo podrán aparecer en una única solicitud. En el caso
de que aparezcan en dos o más solicitudes se desestimarán todas las presentadas, no
pudiéndose subsanar una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.
En la Memoria de las Acciones de Transferencia Sociales Innovadoras se deberán
indicar los/las investigadores/as que participarán en el contrato artículo 60 de la LOSU a
través del cual se articularán las Acciones de Transferencia Sociales Innovadoras. Una
vez adjudicada la ayuda, en la firma del contrato artículo 60 los/las investigadores/as
participantes serán los/as indicados/as en la memoria, cualquier modificación deberá ser
aprobada por el Vicerrectorado de Investigación e Innovación.
Cada empresa/entidad/institución podrá figurar en un máximo de dos solicitudes,
siempre y cuando en las dos solicitudes no participen investigadores/as de un mismo
grupo de investigación y la temática de la Acción de Transferencia Social Innovadora
sea claramente diferente. En el caso de que figure en tres o más solicitudes se
desestimarán todas las presentadas, no pudiéndose subsanar una vez finalizado el plazo
de presentación de solicitudes.
Ayudas.
La UAL financiará hasta 15 Acciones de Transferencia Sociales Innovadoras de, al
menos, 10.000 euros de coste total. La contribución de la empresa/entidad/institución se
realizará suscribiendo un contrato artículo 60 de la LOSU. La UAL no detraerá el 15% de
los costes indirectos.
La UAL transferirá a la firma del contrato artículo 60 el 100% de la ayuda (6.000,00
euros) al centro de gastos que se habilite para la ejecución de las Acciones de
Transferencia Innovadoras.
La empresa abonará a la UAL 4.000,00 euros a la firma del contrato artículo 60. Si la
empresa hace aportación adicional, esta cantidad se podrá abonar a la firma del contrato
o a los 6 meses de la firma del contrato artículo 60.
En el Anexo 5 se indican los gastos elegibles.
Criterios para la concesión
La adjudicación de las Acciones de Transferencia Sociales Innovadoras se realizará
conforme al baremo del Anexo 2, concediéndose aquellas con mayor puntuación hasta
agotar el presupuesto.
En el caso de que una misma empresa aparezca en dos solicitudes solo podrá recibir
financiación de más de 1 solicitud si se han podido atender el resto de las ayudas objeto
de las tres modalidades de esta convocatoria y existe remanente disponible.
Justificación.
En el plazo de un mes desde la finalización del periodo de ejecución de las Acciones
de Transferencia Sociales Innovadoras, el/la investigador/a principal presentará en
impreso normalizado una breve memoria científico-técnica indicando los resultados
alcanzados, en la que se incluirá un resumen de la justificación económica.

Objetivos.
- Promover la ejecución de acciones de I+D+i para la realización de tesis doctorales
enmarcadas en acciones de investigación industrial o de desarrollo experimental
desarrolladas en empresas o Administraciones Públicas.
- Promover la formación y recualificación del personal científico-técnico de las
empresas y Administraciones Públicas aprovechando los recursos formativos de los
programas de doctorado de la Universidad de Almería.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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3. Acciones de Transferencia para la Mención Industrial