Autoridades y personal. . (2023/112-20)
Resolución de 7 de junio de 2023, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se efectúa convocatoria para la adjudicación de destinos provisionales en los Conservatorios Superiores de Música y Danza para el curso académico 2023/2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Miércoles, 14 de junio de 2023
página 10245/6
Sexta. Personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes
Escénicas beneficiario de una comisión de servicio.
1. Petición de destino.
1.1. El personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes
Escénicas beneficiario de una comisión de servicio para el curso académico 2023/2024
deberá participar en este procedimiento del siguiente modo:
a) El personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes
Escénicas con destino definitivo deberá solicitar puestos de trabajo de la especialidad
por la que accedió al puesto de destino definitivo, en cualquier Conservatorio Superior de
Música o Danza.
b) El personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes
Escénicas que nunca haya obtenido un destino definitivo, deberá solicitar puestos de
trabajo de la especialidad de ingreso o acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y
Artes Escénicas, en cualquier Conservatorio Superior de Música o Danza. Este personal
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285269
Quinta. Personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y
Artes Escénicas que se acoja a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato en
el ejercicio de la dirección en su centro de destino definitivo.
1. Petición de destino.
El personal funcionario de carrera que se acoja a la opción de cambio de su centro
de destino al finalizar el mandato en el ejercicio de la dirección en dicho centro, en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 134.6 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre,
de Educación de Andalucía, podrá participar en este procedimiento de acuerdo con
lo previsto en el artículo 11 de la Orden de 10 de junio de 2020, para lo que deberá
solicitar puestos de trabajo en cualquier Conservatorio Superior de Música o Danza, por
la especialidad del puesto de destino o por la especialidad por la que accedió al mismo.
Asimismo, podrá solicitar puestos específicos de los relacionados en el Anexo V de la
presente convocatoria, de reunir los requisitos para su desempeño.
De no consignar ninguna especialidad o indicar otra distinta a la del puesto de destino,
la Administración consignará de oficio la relativa a dicho puesto. En este último caso, se
procederá a invalidar los puestos de especialidades distintas a la del destino definitivo.
2. Criterios para la adjudicación de destinos.
2.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 8.4 de la Orden de 10 de junio
de 2020, la prioridad en la adjudicación de destinos se regirá por los siguientes criterios:
a) Mayor antigüedad en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
b) Año más antiguo de ingreso o acceso en el cuerpo de Catedráticos de Música y
Artes Escénicas.
c) Mayor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo a través del que se
ingresó o accedió el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
2.2. De conformidad con lo establecido en el artículo 17.2 de la Orden de 10 de
junio de 2020, la participación de este personal en los procedimientos de adjudicación
de destinos provisionales queda limitada a los dos cursos académicos siguientes al de
finalización del mandato.
2.3. El personal que haya ingresado en los cuerpos docentes mediante el turno de
reserva de discapacidad, en virtud de lo establecido en la disposición adicional primera de
la Orden de 10 de junio de 2020, podrá solicitar, a través del apartado correspondiente del
formulario de solicitud, la alteración del orden de prelación de su colectivo para su toma
en consideración en la adjudicación de destinos. Para ello, el referido personal deberá
insertar, en la forma establecida en el apartado 1 de la base segunda, la documentación
en formato PDF que justifique tal solicitud. La Dirección General del Profesorado y
Gestión de Recursos Humanos valorará cada caso, a la vista de los informes facultativos
de las asesorías médicas, y adjudicará destino, en su caso, de forma prioritaria respecto
del resto de participantes de su colectivo, cuando aquellos sean favorables.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 112 - Miércoles, 14 de junio de 2023
página 10245/6
Sexta. Personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes
Escénicas beneficiario de una comisión de servicio.
1. Petición de destino.
1.1. El personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes
Escénicas beneficiario de una comisión de servicio para el curso académico 2023/2024
deberá participar en este procedimiento del siguiente modo:
a) El personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes
Escénicas con destino definitivo deberá solicitar puestos de trabajo de la especialidad
por la que accedió al puesto de destino definitivo, en cualquier Conservatorio Superior de
Música o Danza.
b) El personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes
Escénicas que nunca haya obtenido un destino definitivo, deberá solicitar puestos de
trabajo de la especialidad de ingreso o acceso al Cuerpo de Catedráticos de Música y
Artes Escénicas, en cualquier Conservatorio Superior de Música o Danza. Este personal
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00285269
Quinta. Personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y
Artes Escénicas que se acoja a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato en
el ejercicio de la dirección en su centro de destino definitivo.
1. Petición de destino.
El personal funcionario de carrera que se acoja a la opción de cambio de su centro
de destino al finalizar el mandato en el ejercicio de la dirección en dicho centro, en
cumplimiento de lo establecido en el artículo 134.6 de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre,
de Educación de Andalucía, podrá participar en este procedimiento de acuerdo con
lo previsto en el artículo 11 de la Orden de 10 de junio de 2020, para lo que deberá
solicitar puestos de trabajo en cualquier Conservatorio Superior de Música o Danza, por
la especialidad del puesto de destino o por la especialidad por la que accedió al mismo.
Asimismo, podrá solicitar puestos específicos de los relacionados en el Anexo V de la
presente convocatoria, de reunir los requisitos para su desempeño.
De no consignar ninguna especialidad o indicar otra distinta a la del puesto de destino,
la Administración consignará de oficio la relativa a dicho puesto. En este último caso, se
procederá a invalidar los puestos de especialidades distintas a la del destino definitivo.
2. Criterios para la adjudicación de destinos.
2.1. De conformidad con lo establecido en el artículo 8.4 de la Orden de 10 de junio
de 2020, la prioridad en la adjudicación de destinos se regirá por los siguientes criterios:
a) Mayor antigüedad en el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
b) Año más antiguo de ingreso o acceso en el cuerpo de Catedráticos de Música y
Artes Escénicas.
c) Mayor puntuación obtenida en el procedimiento selectivo a través del que se
ingresó o accedió el Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
2.2. De conformidad con lo establecido en el artículo 17.2 de la Orden de 10 de
junio de 2020, la participación de este personal en los procedimientos de adjudicación
de destinos provisionales queda limitada a los dos cursos académicos siguientes al de
finalización del mandato.
2.3. El personal que haya ingresado en los cuerpos docentes mediante el turno de
reserva de discapacidad, en virtud de lo establecido en la disposición adicional primera de
la Orden de 10 de junio de 2020, podrá solicitar, a través del apartado correspondiente del
formulario de solicitud, la alteración del orden de prelación de su colectivo para su toma
en consideración en la adjudicación de destinos. Para ello, el referido personal deberá
insertar, en la forma establecida en el apartado 1 de la base segunda, la documentación
en formato PDF que justifique tal solicitud. La Dirección General del Profesorado y
Gestión de Recursos Humanos valorará cada caso, a la vista de los informes facultativos
de las asesorías médicas, y adjudicará destino, en su caso, de forma prioritaria respecto
del resto de participantes de su colectivo, cuando aquellos sean favorables.