Disposiciones generales. . (2023/111-4)
Orden de 1 de junio de 2023, por la que se modifica la Orden de 26 de septiembre de 2022, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio, la mejora de la eficiencia energética en viviendas, la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 111 - Martes, 13 de junio de 2023
página 10106/3
Segundo. Efectos.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Tercero. Recursos.
La presente orden pone fin a la vía administrativa. No obstante, conforme a lo
recogido en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda o, en su caso, recurso contencioso-administrativo
en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 1 de junio de 2023
ROCÍO DÍAZ JIMÉNEZ
00285129
Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 111 - Martes, 13 de junio de 2023
página 10106/3
Segundo. Efectos.
La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Tercero. Recursos.
La presente orden pone fin a la vía administrativa. No obstante, conforme a lo
recogido en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, podrá interponerse
recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda o, en su caso, recurso contencioso-administrativo
en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 1 de junio de 2023
ROCÍO DÍAZ JIMÉNEZ
00285129
Consejera de Fomento, Articulación del Territorio
y Vivienda
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja