3. Otras disposiciones. . (2023/110-30)
Acuerdo de 6 de junio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se cede gratuitamente el uso al Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba (Córdoba) del silo sito en el Paseo del Cementerio, núm. 6, de dicha localidad, por un plazo de 50 años, con destino al servicio público de aparcamiento y depósito de vehículos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 110 - Lunes, 12 de junio de 2023

página 10099/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Acuerdo de 6 de junio de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se cede
gratuitamente el uso al Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba (Córdoba) del
silo sito en el Paseo del Cementerio, núm. 6, de dicha localidad, por un plazo
de 50 años, con destino al servicio público de aparcamiento y depósito de
vehículos.
El Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba ha solicitado la cesión de uso del silo, sito
en el Paseo del Cementerio, núm. 6, de Villanueva de Córdoba, con destino al servicio
público de aparcamiento y depósito de vehículos.
La Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural ha mostrado su conformidad
con la referida cesión en los términos que se establecen en el presente acuerdo.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,
y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 6 de junio
de 2023,
ACUERDA
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 106 de la Ley 4/1986, de 5 de
mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ceder gratuitamente el
uso al Ayuntamiento de Villanueva de Córdoba del silo sito en el Paseo del Cementerio,
núm. 6, de Villanueva de Córdoba, por un plazo de 50 años, con destino al servicio público
de aparcamiento y depósito de vehículos, condicionando su uso en la parcela calificada
como suelo no urbano a la aprobación del correspondiente Proyecto de Actuación por
parte del Ayuntamiento, tal y como se comprometió en su Acuerdo Plenario de fecha 7 de
septiembre de 2017.
Consta inscrito en el Registro de la Propiedad de Pozoblanco, al tomo 1176, libro 248,
folio 78, con el número de finca 9988 y compuesto de dos referencias catastrales:
8433002UH5483S0001RF y 14069A077000570000KX.
Se encuentra anotado en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía con el número 2000002246 y carácter patrimonial, adscrito a la
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
Segundo. Si el bien cedido no fuera destinado al uso previsto o dejara de destinarse
posteriormente, se considerará resuelta la cesión y revertirá a la Comunidad Autónoma
de Andalucía, integrándose en su patrimonio con todas sus pertenencias, accesiones
y cuantas revalorizaciones se hubieran acometido por el Ayuntamiento en el mismo,
sin derecho a compensación alguna, teniendo la Comunidad Autónoma de Andalucía,
además, derecho a percibir del Ayuntamiento, previa tasación pericial, el valor de los
detrimentos o deterioros que hubiera causado.

Cuarto. Transcurrido el plazo de cesión de uso, pasarán a ser propiedad de la Comunidad
Autónoma de Andalucía las pertenencias, accesiones y cuantas revalorizaciones se
hubieran acometido por la entidad cesionaria, sin derecho a compensación alguna.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00285121

Tercero. El Ayuntamiento se obliga a asumir los gastos necesarios para el buen uso
del bien cedido, así como los de personal, el cual, una vez finalizado el plazo de cesión,
no pasará a depender de la Junta de Andalucía.