Disposiciones generales. . (2023/108-5)
Corrección de errores de la Orden de 28 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones correspondientes a las Intervenciones sobre el Desarrollo Rural relativas a los compromisos medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión correspondientes al Plan Estratégico de la Política Agraria Común 2023-2027 (BOJA número 63, de 3.4.2023).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 108 - Jueves, 8 de junio de 2023
página 9936/4
00284956
SIGPAC con uso FO, PA, PR y PS, u otros usos siempre y cuando el colmenar quede
a una distancia inferior de 500 metros de un recinto de uso SIGPAC de los referidos
anteriormente.
4. Obligación de identificar con coordenadas UTM, en el sistema de referencia
ETRS89, el asentamiento de cada colmenar (incluyendo número de colmenas por
colmenar) a fecha del último día de cada trimestre de los años de compromiso e
incorporar dicha información a la base de datos del Sistema Integrado de Gestión de
la Ganadería de Andalucía (SIGGAN) a través del Punto de Información y Gestión al
Ganadero (PIGGAN). Dicha incorporación se efectuará dentro de los 10 días hábiles
siguientes al cierre de cada trimestre.»
Debe decir:
«A) Criterios de subvencionabilidad:
1. Explotaciones apícolas inscritas en el Sistema Integrado de Gestión de
Explotaciones Ganaderas (SIGGAN) de Andalucía a fecha 1 de enero de cada uno de los
años del período del compromiso.
2. Disponer de un mínimo de 150 colmenas ubicadas en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
B) Compromisos:
1. Mantener colmenares no superiores a 80 colmenas con al menos una distancia de
1 kilómetro con otros colmenares del mismo apicultor.
2. Mantener las colmenas comprometidas en zona de acogida, permitiéndose
que hasta un 80% de las mismas se puedan mantener durante seis meses en zonas
agrícolas. Se considera superficie de acogida toda la superficie con vegetación natural
de Andalucía, excluyendo los cultivos agrícolas, identificándose dicha superficie en
SIGPAC con uso FO, PA, PR y PS, u otros usos siempre y cuando el colmenar quede
a una distancia inferior de 500 metros de un recinto de uso SIGPAC de los referidos
anteriormente.
3. Obligación de identificar con coordenadas UTM, en el sistema de referencia
ETRS89, el asentamiento de cada colmenar (incluyendo número de colmenas por
colmenar) a fecha del último día de cada trimestre de los años de compromiso e
incorporar dicha información a la base de datos del Sistema Integrado de Gestión de
la Ganadería de Andalucía (SIGGAN) a través del Punto de Información y Gestión al
Ganadero (PIGGAN). Dicha incorporación se efectuará dentro de los 10 días hábiles
siguientes al cierre de cada trimestre.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 108 - Jueves, 8 de junio de 2023
página 9936/4
00284956
SIGPAC con uso FO, PA, PR y PS, u otros usos siempre y cuando el colmenar quede
a una distancia inferior de 500 metros de un recinto de uso SIGPAC de los referidos
anteriormente.
4. Obligación de identificar con coordenadas UTM, en el sistema de referencia
ETRS89, el asentamiento de cada colmenar (incluyendo número de colmenas por
colmenar) a fecha del último día de cada trimestre de los años de compromiso e
incorporar dicha información a la base de datos del Sistema Integrado de Gestión de
la Ganadería de Andalucía (SIGGAN) a través del Punto de Información y Gestión al
Ganadero (PIGGAN). Dicha incorporación se efectuará dentro de los 10 días hábiles
siguientes al cierre de cada trimestre.»
Debe decir:
«A) Criterios de subvencionabilidad:
1. Explotaciones apícolas inscritas en el Sistema Integrado de Gestión de
Explotaciones Ganaderas (SIGGAN) de Andalucía a fecha 1 de enero de cada uno de los
años del período del compromiso.
2. Disponer de un mínimo de 150 colmenas ubicadas en el territorio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
B) Compromisos:
1. Mantener colmenares no superiores a 80 colmenas con al menos una distancia de
1 kilómetro con otros colmenares del mismo apicultor.
2. Mantener las colmenas comprometidas en zona de acogida, permitiéndose
que hasta un 80% de las mismas se puedan mantener durante seis meses en zonas
agrícolas. Se considera superficie de acogida toda la superficie con vegetación natural
de Andalucía, excluyendo los cultivos agrícolas, identificándose dicha superficie en
SIGPAC con uso FO, PA, PR y PS, u otros usos siempre y cuando el colmenar quede
a una distancia inferior de 500 metros de un recinto de uso SIGPAC de los referidos
anteriormente.
3. Obligación de identificar con coordenadas UTM, en el sistema de referencia
ETRS89, el asentamiento de cada colmenar (incluyendo número de colmenas por
colmenar) a fecha del último día de cada trimestre de los años de compromiso e
incorporar dicha información a la base de datos del Sistema Integrado de Gestión de
la Ganadería de Andalucía (SIGGAN) a través del Punto de Información y Gestión al
Ganadero (PIGGAN). Dicha incorporación se efectuará dentro de los 10 días hábiles
siguientes al cierre de cada trimestre.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja