3. Otras disposiciones. . (2023/107-28)
Resolución de 31 de mayo de 2023, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se realiza convocatoria específica del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, dirigida a militares de tropa y marinería, financiada en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 107 - Miércoles, 7 de junio de 2023

página 9876/2

La acreditación de las competencias profesionales objeto de esta convocatoria
favorecerá la inserción laboral del personal militar, y en especial, el acceso al empleo
de las mujeres en sectores en las que están infrarrepresentadas contribuyendo a la
reducción de las brechas de género.
Este procedimiento es una operación financiada por el Ministerio de Educación
y Formación Profesional y la Unión Europea-NextGenerationEU, dentro del Plan de
Modernización de la Formación Profesional, que se ejecutará a través de los créditos que se
distribuyen a las Comunidades Autónomas mediante Acuerdo del Consejo de Ministros de
fecha 17 de mayo de 2022, en el marco de la componente 20 «Plan Estratégico de Impulso
de la Formación Profesional», del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
De acuerdo con lo anterior, procede realizar una convocatoria específica del
procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas
a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las unidades
de competencia de las cualificaciones profesionales del Anexo I, en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
En su virtud, de conformidad con el artículo 10.1 del Real Decreto 1224/2009, de 17
de julio, y el artículo 14.3 de la Orden de 8 de junio de 2021, las personas titulares de
la Dirección General de Formación Profesional y de la Dirección General de Formación
Profesional para el Empleo,
RESU ELV EN

Segundo. Órgano responsable e instructor del procedimiento.
1. La Dirección General de Formación Profesional de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, y la Dirección General de Formación Profesional
para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, son los
órganos responsables en Andalucía del procedimiento de evaluación y acreditación de
competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no
formales de formación, de conformidad con el artículo 12.2.f) del Decreto 155/2022, de
9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo, y de conformidad con el artículo 11.4.b) y c) del Decreto
154/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, respectivamente.
2. El Instituto Andaluz de Cualificaciones Profesionales, en adelante IACP, realizará
las funciones que le vienen atribuidas en la Orden de 8 de junio de 2021, conjunta de la
Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, y de la Consejería de Educación
y Deporte, por la que se determina la organización y la gestión del procedimiento de
evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la
experiencia laboral o de vías no formales de formación, en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284899

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
La presente resolución tiene por objeto convocar, conforme a la Orden de 8 de junio
de 2021, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, un procedimiento de
reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas
a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, dirigido al personal
militar de tropa y marinería y a los reservistas de especial disponibilidad que presten o
hayan prestado sus servicios en unidades, centros u organismos del Ministerio de Defensa
ubicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía y aquellos que, habiendo abandonado
las Fuerzas Armadas, se encuentren inscritos como demandantes de empleo en el Servicio
Andaluz de Empleo, durante los dos años posteriores a la fecha de baja, con objeto de
acreditar la experiencia profesional y formación adquiridas como personal militar.