Autoridades y personal. . (2023/107-22)
Resolución de 1 de junio de 2023, de la Presidenta de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión de Gobierno de 31 de mayo de 2023, por el que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el cuerpo de Auditores y de Titulados Superiores de esta institución.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 107 - Miércoles, 7 de junio de 2023
página 9862/3
Tercera. Solicitudes, plazo de presentación y tasas.
3.1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la
correspondiente solicitud electrónica, que se ajustará al modelo oficial referido en el Anexo I
de esta convocatoria.
3.2. Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Excma. Sra.
Presidenta de la Cámara de Cuentas de Andalucía, a través de la sede electrónica
https://ccuentas.sedelectronica.es, dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
3.3. Las personas aspirantes que como consecuencia de su discapacidad presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán solicitar las
necesarias adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios de la
oposición, manifestándolo en el apartado «Adaptación que se solicita» de su solicitud.
El Tribunal calificador examinará y valorará las adaptaciones solicitadas resolviendo
lo que en cada caso proceda. A estos efectos, las personas interesadas deberán
incorporar, junto a la solicitud de participación, dictamen técnico facultativo en el que
conste expresamente la procedencia y el tipo de adaptación en el ejercicio según sus
circunstancias personales y siempre que guarde relación directa con la prueba a realizar.
La adaptación de tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad.
La relación de las adaptaciones concedidas y/o denegadas se publicará en la página web.
3.4. La tramitación del presente procedimiento será exclusivamente telemática
al amparo de lo dispuesto por el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el
apartado tercero del Acuerdo de 10 de marzo de 2022, de la Cámara de Cuentas de
Andalucía, por el que se establece la obligación de cualquier persona física de relacionarse
con esta institución a través de medios electrónicos para determinados procedimientos,
y la obligación para el personal a su servicio para los trámites y actuaciones que realicen
por razón de su condición de empleado público.
3.5. Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Acreditación del pago de la tasa de inscripción, en el supuesto de no estar exento
del pago de la misma.
b) Certificado acreditativo de la condición y grado de discapacidad o resolución del
Instituto Nacional de la Seguridad Social.
c) Dictamen técnico facultativo en que se fundamente la solicitud de adaptación de los
ejercicios, conforme a lo establecido en el apartado 2 de la base tercera de la presente
convocatoria.
d) Certificado oficial de la condición de miembro de familia numerosa alegada.
e) Documentación que acredite encontrarse en algunas de las situaciones legalmente
establecidas en la normativa autonómica vigente para la exención de la tasa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284885
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.
2.2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal
funcionario de carrera.
2.3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que, quienes soliciten
su participación, declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el
apartado 1 de la base séptima, y haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo
establecido en el apartado 6 de la base tercera de esta convocatoria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 107 - Miércoles, 7 de junio de 2023
página 9862/3
Tercera. Solicitudes, plazo de presentación y tasas.
3.1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la
correspondiente solicitud electrónica, que se ajustará al modelo oficial referido en el Anexo I
de esta convocatoria.
3.2. Las personas interesadas dirigirán sus solicitudes a la Excma. Sra.
Presidenta de la Cámara de Cuentas de Andalucía, a través de la sede electrónica
https://ccuentas.sedelectronica.es, dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
3.3. Las personas aspirantes que como consecuencia de su discapacidad presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas podrán solicitar las
necesarias adaptaciones de tiempos y medios para la realización de los ejercicios de la
oposición, manifestándolo en el apartado «Adaptación que se solicita» de su solicitud.
El Tribunal calificador examinará y valorará las adaptaciones solicitadas resolviendo
lo que en cada caso proceda. A estos efectos, las personas interesadas deberán
incorporar, junto a la solicitud de participación, dictamen técnico facultativo en el que
conste expresamente la procedencia y el tipo de adaptación en el ejercicio según sus
circunstancias personales y siempre que guarde relación directa con la prueba a realizar.
La adaptación de tiempos se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la
Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad.
La relación de las adaptaciones concedidas y/o denegadas se publicará en la página web.
3.4. La tramitación del presente procedimiento será exclusivamente telemática
al amparo de lo dispuesto por el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el
apartado tercero del Acuerdo de 10 de marzo de 2022, de la Cámara de Cuentas de
Andalucía, por el que se establece la obligación de cualquier persona física de relacionarse
con esta institución a través de medios electrónicos para determinados procedimientos,
y la obligación para el personal a su servicio para los trámites y actuaciones que realicen
por razón de su condición de empleado público.
3.5. Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
a) Acreditación del pago de la tasa de inscripción, en el supuesto de no estar exento
del pago de la misma.
b) Certificado acreditativo de la condición y grado de discapacidad o resolución del
Instituto Nacional de la Seguridad Social.
c) Dictamen técnico facultativo en que se fundamente la solicitud de adaptación de los
ejercicios, conforme a lo establecido en el apartado 2 de la base tercera de la presente
convocatoria.
d) Certificado oficial de la condición de miembro de familia numerosa alegada.
e) Documentación que acredite encontrarse en algunas de las situaciones legalmente
establecidas en la normativa autonómica vigente para la exención de la tasa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284885
o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo
público.
2.2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes, y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal
funcionario de carrera.
2.3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que, quienes soliciten
su participación, declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos
exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el
apartado 1 de la base séptima, y haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo
establecido en el apartado 6 de la base tercera de esta convocatoria.