3. Otras disposiciones. . (2023/106-34)
Resolución de 27 de marzo de 2023, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis del municipio de Córdoba. (PP. 1450/2023).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 106 - Martes, 6 de junio de 2023

página 6114/2

SUPLEMENTOS POR SALIDA DE ESTACIÓN, MASCOTAS, MALETAS O BULTOS Y
POR USUARIO QUE VIAJE A PARTIR DE 5.ª PLAZA (MAX. 2,18 € EXCLUIDO PMR)
SUPLEMENTOS
SALIDA DE ESTACIÓN
SUPLEMENTO POR MASCOTA
POR CADA MALETA O BULTO DE MÁS DE 60 CM (varios bultos o maletas
pequeñas equivalen a una maleta)
SUPLEMENTO POR USUARIO QUE VIAJE A PARTIR DE 5.ª PLAZA INCLUSIVE
(excluido PMR) (máx. 2,18 €). Se aplica misma cantidad en tarifas 1, 2 o 3.

EUROS (IVA
INCLUIDO)
0,62
1,23
0,60
1,09

Información sobre la aplicación de suplementos por salida de estación, mascotas,
maletas o bultos de más de 60 cm y por usuarios que viajen a partir de la 5.ª plaza
(máx. 2,18 €, excluidos PMR).
Los suplementos por salida de estación, mascotas, maletas o bultos de más de 60
cm., y el suplemento por usuario que viaje a partir de la 5.ª plaza inclusive (máx. 2,18 €,
excluido PMR), tendrán un importe único, aplicándose la misma cantidad por suplemento
en cada caso, con independencia de que el servicio se realice en tarifa 1, tarifa 2 o la
tarifa especial nocturna (tarifa 3).
SUPLEMENTO DEL 25% SOBRE LA TARIFA NÚM. 2
TARIFA ESPECIAL NOCTURNA
La aplicación del suplemento del 25% sobre la tarifa núm. 2, se realizará de forma
programada y automática (exhibiéndose en el módulo luminoso como tarifa núm. 3), y se
aplicará «exclusivamente» en los siguientes días y tramos horarios:
• Viernes, sábados, domingos y festivos desde las 01:00 horas y hasta las 07:00 horas,
se aplicará un suplemento del 25% sobre la cantidad acumulada en tarifa 2 (tarifa 3).
• Días 24 y 31 de diciembre desde las 21:00 horas y hasta las 08:00 horas del día
siguiente, se aplicará un suplemento del 25% sobre la cantidad acumulada en tarifa 2
(tarifa 3).
• Días de Feria de Nuestra Señora de la Salud, desde las 21:00 horas y hasta las 06:00
horas del día siguiente, más los sábados y domingos coincidentes con días oficiales de
Feria, se aplicará un suplemento del 25% sobre la cantidad acumulada en tarifa 2 (tarifa 3).
SUPLEMENTO POR RETORNO
TARIFA 1
CONCEPTO TARIFARIO
RETORNO POR CADA KM RECORRIDO EN TARIFA 1 (mín. 1 km)

EUROS (IVA INCLUIDO)
0,91

SUPLEMENTO POR RETORNO
TARIFA 2
CONCEPTO TARIFARIO
RETORNO POR CADA KM RECORRIDO EN TARIFA 2 (mín. 1 km)

EUROS (IVA INCLUIDO)
1,15

El cobro de las cantidades correspondientes en las distintas tarifas en concepto de
«suplemento por retorno», se aplicará en base a rebasar la señal de límite del casco
urbano que contiene el texto: «fin tarifa normal de taxi», dentro del término municipal de
la ciudad de Córdoba, con excepción de los puntos específicos de gran generación de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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INFORMACIÓN SOBRE APLICACIÓN DEL SUPLEMENTO POR RETORNO