3. Otras disposiciones. . (2023/106-41)
Resolución de 23 de mayo de 2023, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se establece el marco organizativo para la evaluación de nuevos productos y tecnologías y nuevas indicaciones de los mismos y se crea la comisión central de productos y tecnologías.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 106 - Martes, 6 de junio de 2023

página 9823/2

En su virtud, en base a las competencia atribuidas a esta Dirección Gerencia del SAS por el
artículo 69 de la Ley 2/1998 de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en lo artículos 13.a), e) y i) del
Decreto 156/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Salud y Consumo, y en el Decreto 181/2022, de 9 de agosto, sobre mi nombramiento,
RESU ELVO
Primero. Objeto.
Es objeto de la presente resolución:
a) Establecer el marco organizativo para la evaluación de productos y tecnologías, y nuevas
indicaciones de los mismos, para su inclusión en el catálogo de bienes y servicios del SAS.
b) Crear la Comisión Central de evaluación de productos y tecnologías, regulando sus
funciones, composición, organización y funcionamiento.
c) Modificar la composición, organización y funcionamiento de las Comisiones Provinciales
de evaluación de productos y tecnologías creadas por Resolución SA/0014/15, de 20
de febrero, por la que se crean las comisiones provinciales de evaluación de nuevos
productos y tecnologías y nuevas indicaciones de los mismos.
Segundo. Definición de tecnología sanitaria.
En uso de la definición aceptada internacionalmente, se entiende por tecnología
sanitaria cualquier actuación sanitaria para mejorar la salud, prevenir, diagnosticar o tratar
las enfermedades o rehabilitar a los pacientes. Es equivalente a la expresión «tecnología
para la atención de salud».

Cuarto. Composición de la Comisión central de Evaluación de Productos y Tecnologías.
1. Los miembros de la Comisión Central de Evaluación de productos y tecnologías,
en adelante CCETS será designados por la persona titular de la Dirección General
competente en materia de planificación y coordinación.
2. La Comisión central de evaluación de productos y tecnologías estará compuesta
por nueve miembros:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284847

Tercero. Funciones de la Comisión Central de Evaluación de Productos y Tecnologías:
La Comisión Central de Evaluación de productos y tecnologías tendrá las siguientes
funciones:
1. Coordinar a las Comisiones Provinciales de evaluación de nuevos productos
y tecnologías sanitarias y nuevas indicaciones de los mismos, y establecer una
metodología de trabajo, criterios y procedimientos homogéneos para evitar la duplicidad y
la variabilidad en la valoración de las solicitudes.
2. Realizar dictámenes colegiados validando la propuesta de incorporación de nuevos
productos o tecnologías, al catálogo de bienes y servicios del SAS en el marco de la
cartera de servicios aprobada, o de incorporación a cartera de servicios complementaria;
teniendo en cuenta criterios de seguridad y efectividad de los estudios científicos de
mayor nivel de evidencia.
3. Realizar propuestas de desinversión o retirada en aquellas técnicas, tecnologías o
procedimientos que hayan demostrado obsolescencia desde la perspectiva de la seguridad
y efectividad o hayan sido desplazados desde la perspectiva del coste-efectividad.
4. Establecer un procedimiento sistemático de registro, flujo y valoración, de cada
solicitud de incorporación de productos, nuevas indicaciones o tecnologías.
5. Formar comisiones multidisciplinares que aporten las perspectivas profesionales a
las solicitudes de tecnologías sanitarias de los centros.
6. Promover entre los profesionales la cultura de valorar la evaluación de tecnologías,
diseño de estudios, análisis crítico de la literatura científica, evaluación económica, y
calidad asistencial, antes de solicitar la incorporación de cada nuevo producto, indicación
o tecnología.