Disposiciones generales. . (2023/105-4)
Resolución de 31 de mayo de 2023, de la Dirección General de Incentivos para el Empleo y Competitividad Empresarial, por la que se convocan para el ejercicio 2023 las subvenciones dirigidas a la integración sociolaboral de las personas pertenecientes a colectivos en situación de exclusión social a través de empresas de inserción, reguladas en la Orden de 17 de noviembre de 2018.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Lunes, 5 de junio de 2023
página 9779/9
el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Decimoquinto. Devolución voluntaria a iniciativa del perceptor.
1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 124 quáter del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, la entidad beneficiaria podrá efectuar la devolución
o solicitar la compensación o el aplazamiento y fraccionamiento de la subvención
concedida, mediante la presentación del formulario-Anexo II, de forma telemática en
la Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía a través de las
direcciones web indicadas en el apartado 3 del resuelve octavo de esta resolución.
2. Los medios disponibles y el procedimiento a seguir se encuentran en la siguiente
dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/haciendayfinanciacioneuropea/areas/
tesoreria-endeudamiento/modelos-tesoreria/paginas/devolucion-voluntaria.html
Decimosexto. Aprobación de formularios
Se aprueban los siguientes formularios y se publican junto a la presente convocatoria:
Anexo I (16851, 16852, 16854, 16855, 16859): Formulario de solicitud de cada una de
las líneas de subvenciones.
Anexo II (16851, 16852, 16854, 16855, 16859): Formulario de alegaciones/aceptación/
reformulación y presentación de documentos de cada una de las líneas de subvenciones.
Anexos III-VII: Formularios específicos de datos sobre la actividad, proyecto,
comportamiento o situación de cada una de las líneas de subvenciones.
Decimoséptimo. Efectos.
La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de la publicación del extracto
de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto
en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
00284800
Sevilla, 31 de mayo de 2023.- La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 14.10.2022, BOJA núm. 201, de 19.10.2022), la Directora General, Aurora
Lazo Barral.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 105 - Lunes, 5 de junio de 2023
página 9779/9
el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Decimoquinto. Devolución voluntaria a iniciativa del perceptor.
1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 124 quáter del Texto Refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, la entidad beneficiaria podrá efectuar la devolución
o solicitar la compensación o el aplazamiento y fraccionamiento de la subvención
concedida, mediante la presentación del formulario-Anexo II, de forma telemática en
la Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía a través de las
direcciones web indicadas en el apartado 3 del resuelve octavo de esta resolución.
2. Los medios disponibles y el procedimiento a seguir se encuentran en la siguiente
dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/haciendayfinanciacioneuropea/areas/
tesoreria-endeudamiento/modelos-tesoreria/paginas/devolucion-voluntaria.html
Decimosexto. Aprobación de formularios
Se aprueban los siguientes formularios y se publican junto a la presente convocatoria:
Anexo I (16851, 16852, 16854, 16855, 16859): Formulario de solicitud de cada una de
las líneas de subvenciones.
Anexo II (16851, 16852, 16854, 16855, 16859): Formulario de alegaciones/aceptación/
reformulación y presentación de documentos de cada una de las líneas de subvenciones.
Anexos III-VII: Formularios específicos de datos sobre la actividad, proyecto,
comportamiento o situación de cada una de las líneas de subvenciones.
Decimoséptimo. Efectos.
La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de la publicación del extracto
de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto
en el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
00284800
Sevilla, 31 de mayo de 2023.- La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
P.D. (Orden de 14.10.2022, BOJA núm. 201, de 19.10.2022), la Directora General, Aurora
Lazo Barral.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja