3. Otras disposiciones. . (2023/104-36)
Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y a las diferencias individuales, se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se determina el proceso de tránsito entre las diferentes etapas educativas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Viernes, 2 de junio de 2023
página 9727/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ha introducido cambios que afectan a
la etapa de Educación Secundaria Obligatoria. En cumplimiento de estas previsiones
legales, el Gobierno ha regulado esta etapa mediante el Real Decreto 217/2022, de 29 de
marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación
Secundaria Obligatoria.
La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta la competencia compartida para el
establecimiento de los planes de estudio, incluida la ordenación curricular, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 52.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, sin perjuicio
de lo recogido en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, a tenor del cual
corresponde al Estado dictar las normas básicas para el desarrollo de su artículo 27, a fin
de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
En el ejercicio de esta competencia se ha publicado el Decreto 102/2023, de 9 de
mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la etapa de Educación
Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el Real
Decreto 217/2022, de 29 de marzo, quedando derogado el Decreto 111/2016, de 14 de
junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria
Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Como desarrollo del Decreto 102/2023, de 9 de mayo, se hace necesario disponer de
un nuevo marco normativo, mediante la presente Orden, que regule en Andalucía la etapa
de Educación Secundaria Obligatoria en aspectos curriculares y organizativos, así como
en lo referente al ámbito de la atención a la diversidad y a las diferencias individuales, a la
evaluación, a la promoción, a la titulación y al proceso de coordinación en el tránsito entre
etapas educativas.
La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía y las orientaciones
de la Unión Europea inciden en la necesidad de la adquisición de las competencias clave
por parte de la ciudadanía como condición indispensable para lograr que las personas
puedan alcanzar su pleno desarrollo personal, social y profesional. El aprendizaje basado
en competencias incluye, además del «saber», el «saber hacer» y el «saber ser y estar».
Se trata de formar una ciudadanía competente a través de una educación que tenga en
cuenta las competencias clave que demanda la construcción de una sociedad plural,
dinámica, emprendedora, democrática y solidaria. Además, la educación debe fomentar
una igualdad real entre hombres y mujeres, tal y como se establece en la Ley 12/2007, de
26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
En este sentido, la lectura se constituye como un factor didáctico y pedagógico
fundamental para el desarrollo y adquisición de los aprendizajes. Por ello, todos los
centros, al organizar su práctica docente, deberán garantizar la incorporación de un
tiempo diario de lectura planificada, no inferior a treinta minutos, a lo largo de todos los
cursos de la etapa, según lo recogido en el artículo 6 del Decreto 102/2023, de 9 de mayo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284752
Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo
correspondiente a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de
la atención a la diversidad y a las diferencias individuales, se establece la
ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se
determina el proceso de tránsito entre las diferentes etapas educativas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Viernes, 2 de junio de 2023
página 9727/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
La Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley
Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, ha introducido cambios que afectan a
la etapa de Educación Secundaria Obligatoria. En cumplimiento de estas previsiones
legales, el Gobierno ha regulado esta etapa mediante el Real Decreto 217/2022, de 29 de
marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación
Secundaria Obligatoria.
La Comunidad Autónoma de Andalucía ostenta la competencia compartida para el
establecimiento de los planes de estudio, incluida la ordenación curricular, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 52.2 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, sin perjuicio
de lo recogido en el artículo 149.1.30.ª de la Constitución Española, a tenor del cual
corresponde al Estado dictar las normas básicas para el desarrollo de su artículo 27, a fin
de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia.
En el ejercicio de esta competencia se ha publicado el Decreto 102/2023, de 9 de
mayo, por el que se establece la ordenación y el currículo de la etapa de Educación
Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de conformidad
con lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el Real
Decreto 217/2022, de 29 de marzo, quedando derogado el Decreto 111/2016, de 14 de
junio, por el que se establece la ordenación y el currículo de la Educación Secundaria
Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Como desarrollo del Decreto 102/2023, de 9 de mayo, se hace necesario disponer de
un nuevo marco normativo, mediante la presente Orden, que regule en Andalucía la etapa
de Educación Secundaria Obligatoria en aspectos curriculares y organizativos, así como
en lo referente al ámbito de la atención a la diversidad y a las diferencias individuales, a la
evaluación, a la promoción, a la titulación y al proceso de coordinación en el tránsito entre
etapas educativas.
La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía y las orientaciones
de la Unión Europea inciden en la necesidad de la adquisición de las competencias clave
por parte de la ciudadanía como condición indispensable para lograr que las personas
puedan alcanzar su pleno desarrollo personal, social y profesional. El aprendizaje basado
en competencias incluye, además del «saber», el «saber hacer» y el «saber ser y estar».
Se trata de formar una ciudadanía competente a través de una educación que tenga en
cuenta las competencias clave que demanda la construcción de una sociedad plural,
dinámica, emprendedora, democrática y solidaria. Además, la educación debe fomentar
una igualdad real entre hombres y mujeres, tal y como se establece en la Ley 12/2007, de
26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.
En este sentido, la lectura se constituye como un factor didáctico y pedagógico
fundamental para el desarrollo y adquisición de los aprendizajes. Por ello, todos los
centros, al organizar su práctica docente, deberán garantizar la incorporación de un
tiempo diario de lectura planificada, no inferior a treinta minutos, a lo largo de todos los
cursos de la etapa, según lo recogido en el artículo 6 del Decreto 102/2023, de 9 de mayo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284752
Orden de 30 de mayo de 2023, por la que se desarrolla el currículo
correspondiente a la etapa de Educación Secundaria Obligatoria en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de
la atención a la diversidad y a las diferencias individuales, se establece la
ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado y se
determina el proceso de tránsito entre las diferentes etapas educativas.