Disposiciones generales. . (2023/104-3)
Orden de 26 de mayo de 2023, por la que se modifica la Orden de 27 de septiembre de 2022, por la que se convocan para el año 2022, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en relación con la parada temporal de la flota marisquera autorizada al uso de draga hidráulica y rastro remolcado, dedicada a la captura de la chirla en el caladero Golfo de Cádiz, que ha tenido lugar del 2 de marzo al 30 de junio de 2022, y su Extracto.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Viernes, 2 de junio de 2023
página 9605/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 26 de mayo de 2023, por la que se modifica la Orden de 27 de
septiembre de 2022, por la que se convocan para el año 2022, las ayudas
previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia
no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota
pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en relación con
la parada temporal de la flota marisquera autorizada al uso de draga hidráulica
y rastro remolcado, dedicada a la captura de la chirla en el caladero Golfo de
Cádiz, que ha tenido lugar del 2 de marzo al 30 de junio de 2022, y su Extracto.
Mediante la Orden de 27 de septiembre de 2022, de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 195,
de 10 de octubre de 2022, se convocaron las ayudas por la paralización temporal de la
actividad pesquera de la flota marisquera autorizada al uso de draga hidráulica y rastro
remolcado, dedicada a la captura de la chirla en el caladero Golfo de Cádiz, que tuvo
lugar del 2 de marzo al 30 de junio de 2022.
El apartado 4 del resuelvo primero de la referida orden recoge que aquellos
armadores y tripulantes que no puedan cobrar todos días subvencionables de la parada
realizada con cargo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) por sobrepasar con
ello el máximo de días subvencionables con este fondo, se les subvencionará la parada
con cargo al Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).
Sin embargo, en los apartados 1 y 2 del resuelvo primero unicamente se incluyen los
créditos presupuestarios correspondientes al FEMP.
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la modificación de la
referida Orden de 27 de septiembre de 2022 y de su extracto, y en virtud de la competencia
que me confiere el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115
del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Publica de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
Primero. La modificación de la Orden de 27 de septiembre de 2022, por la que se
convocan para el año 2022, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen
de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de
la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en relación con la
parada temporal de la flota marisquera autorizada al uso de draga hidráulica y rastro
remolcado, dedicada a la captura de la chirla en el caladero Golfo de Cádiz, que ha tenido
lugar del 2 de marzo al 30 de junio de 2022.
Se modifican los apartados 1 y 2 del resuelvo primero, que quedan redactados como
sigue:
«1.Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2022,
las ayudas destinadas a la paralización temporal de la flota de artes menores, en la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284635
RESU ELVO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Viernes, 2 de junio de 2023
página 9605/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 26 de mayo de 2023, por la que se modifica la Orden de 27 de
septiembre de 2022, por la que se convocan para el año 2022, las ayudas
previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia
no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota
pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en relación con
la parada temporal de la flota marisquera autorizada al uso de draga hidráulica
y rastro remolcado, dedicada a la captura de la chirla en el caladero Golfo de
Cádiz, que ha tenido lugar del 2 de marzo al 30 de junio de 2022, y su Extracto.
Mediante la Orden de 27 de septiembre de 2022, de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 195,
de 10 de octubre de 2022, se convocaron las ayudas por la paralización temporal de la
actividad pesquera de la flota marisquera autorizada al uso de draga hidráulica y rastro
remolcado, dedicada a la captura de la chirla en el caladero Golfo de Cádiz, que tuvo
lugar del 2 de marzo al 30 de junio de 2022.
El apartado 4 del resuelvo primero de la referida orden recoge que aquellos
armadores y tripulantes que no puedan cobrar todos días subvencionables de la parada
realizada con cargo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) por sobrepasar con
ello el máximo de días subvencionables con este fondo, se les subvencionará la parada
con cargo al Fondo Europeo Marítimo de Pesca y de Acuicultura (FEMPA).
Sin embargo, en los apartados 1 y 2 del resuelvo primero unicamente se incluyen los
créditos presupuestarios correspondientes al FEMP.
Por lo anteriormente expuesto, considerando oportuno proceder a la modificación de la
referida Orden de 27 de septiembre de 2022 y de su extracto, y en virtud de la competencia
que me confiere el Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, y el artículo 115
del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Publica de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo,
Primero. La modificación de la Orden de 27 de septiembre de 2022, por la que se
convocan para el año 2022, las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022,
por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen
de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de
la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en relación con la
parada temporal de la flota marisquera autorizada al uso de draga hidráulica y rastro
remolcado, dedicada a la captura de la chirla en el caladero Golfo de Cádiz, que ha tenido
lugar del 2 de marzo al 30 de junio de 2022.
Se modifican los apartados 1 y 2 del resuelvo primero, que quedan redactados como
sigue:
«1.Se convocan en régimen de concurrencia no competitiva, para el año 2022,
las ayudas destinadas a la paralización temporal de la flota de artes menores, en la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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RESU ELVO