3. Otras disposiciones. . (2023/104-49)
Decreto 119/2023, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla las normas técnicas de accesibilidad y eliminación de barreras en la comunicación en materia de lengua de signos española (LSE) y medios de apoyo a la comunicación oral (MACO) en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Viernes, 2 de junio de 2023

página 9677/19

00284695

Artículo 23. Participación política e institucional.
1. De conformidad con el artículo 4 del Real Decreto 422/2011, de 25 de marzo, por
el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones básicas para la participación
de las personas con discapacidad en la vida política y en los procesos electorales,
las Administraciones Públicas establecerán servicios de interpretación en lengua de
signos española, sistemas de inducción magnética u otros sistemas de apoyo auditivo
en conexión con las prótesis auditivas, que faciliten el ejercicio del deber ciudadano de
las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas que se comuniquen y que
hayan sido designadas como miembro titular o suplente de Mesa electoral, conforme a la
legislación vigente relativa a la participación de las personas con discapacidad en la vida
política y en los procesos electorales.
2. Las Administraciones Públicas, en el ámbito de sus competencias, promoverán
la accesibilidad en lengua de signos española en la información electoral, así como su
subtitulado, ofrecida en espacios públicos, incluidos los debates electorales.
3. Los actos públicos organizados por las organizaciones políticas y los agentes
sociales, incluidos los actos de campaña electoral deberán ser accesibles en lengua de
signos española y otros medios de apoyo a la comunicación oral.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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