5. Anuncios. . (2023/104-83)
Anuncio de 30 de mayo de 2023, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva, relativo al Acuerdo de aprobación definitiva de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Huelva.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Viernes, 2 de junio de 2023
página 9643/4
Cuarto. A la vista de la solicitud remitida por el Ayuntamiento de Lepe, el Servicio
de Urbanismo de la Delegación Territorial en Huelva de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, emite informe técnico de fecha 28.4.23 en el que
concluye lo siguiente:
«D. Conclusiones: Adecuación del contenido.
D.1. En lo relativo al expediente administrativo.
La tramitación municipal dada al expediente se ajusta al procedimiento habilitado por
la legislación urbanística vigente, en concreto por el artículo 32 de la LOUA.
Consta el acuerdo de formulación del instrumento de planeamiento, según lo previsto
por el artículo 26.2 de la LOUA.
Se acredita la información pública reglamentaria de la aprobación inicial del
expediente, con publicación del correspondiente Acuerdo Plenario tanto en un periódico
de tirada provincial, como en el Boletín Oficial de la Provincia, sin que se hayan formulado
alegaciones al respecto.
Se han solicitado los pronunciamientos sectoriales de los distintos órganos de
la Administración Autonómica a través de la Comisión Provincial de Coordinación
Urbanística, de conformidad con lo establecido en el Decreto 36/2014, de 11 de febrero,
por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta
de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Las conclusiones de
dichas solicitudes se recogen en apartados previos del presente informe.
D.2. En lo relativo a la documentación.
Dado que la aprobación inicial de la modificación se produjo el 7.4.2011, anterior a
la modificación de la LOUA que introdujo el apartado 3 del artículo 19 (vigente desde el
28.2.2012), no es necesario incluir como documento anexo el Resumen Ejecutivo.
Por el mismo motivo, no le es exigible el documento de Valoración de Impacto en la
Salud, en cumplimiento de los artículos 3 y 10 del Decreto 169/2014, de 9 de diciembre,
por el que se establece el Procedimiento de la Evaluación del Impacto en la Salud de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Informe de Evaluación.
Aunque tampoco le es de aplicación, por el mismo motivo, el art. 133 de la Ley 39/2015,
sobre Consultas Previas, sí se llevó a cabo un periodo de exposición pública posterior a
la aprobación inicial en el que no se presentaron alegaciones ni sugerencias.
Respecto al Informe de Sostenibilidad Económica y la Memoria de Viabilidad
Económica, a la que se refiere el artículo 22.5 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación
Urbana, se entiende que su contenido se corresponde con los apartados C05. Estudio
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284666
6. Informe de no afectación del Servicio de Promoción Rural de la Delegación Territorial
de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de fecha 28.1.14; e 7. Informe de Carreteras
solicitando estudio acústico de fecha 15.2.18.
- Con posterioridad a la tercera aprobación plenaria provisional de fecha 7.8.19 se
dictaron los siguientes informes: 1. Informe de Ordenación del Territorio de fecha 15.2.19;
2. Informe de carácter favorable de Carreteras de la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio de fecha 18.9.19; 3. Informe de Aguas de
carácter favorable condicionado de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible de fecha 3.7.20; e 4. Informe favorable sobre Patrimonio
Histórico de la Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico de fecha 26.6.20.
- Con fecha 14.12.22 se emite el informe favorable en materia de Aguas por la
Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Sostenible, posterior a la
cuarta aprobación plenaria provisional del instrumento de planeamiento.
- Por la Dirección General de la Costa y el Mar del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico se han emitido dos informes: 1. Con carácter
desfavorable con fecha 1.6.20 y, 2. Con carácter favorable con fecha 3.8.21.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 104 - Viernes, 2 de junio de 2023
página 9643/4
Cuarto. A la vista de la solicitud remitida por el Ayuntamiento de Lepe, el Servicio
de Urbanismo de la Delegación Territorial en Huelva de la Consejería de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda, emite informe técnico de fecha 28.4.23 en el que
concluye lo siguiente:
«D. Conclusiones: Adecuación del contenido.
D.1. En lo relativo al expediente administrativo.
La tramitación municipal dada al expediente se ajusta al procedimiento habilitado por
la legislación urbanística vigente, en concreto por el artículo 32 de la LOUA.
Consta el acuerdo de formulación del instrumento de planeamiento, según lo previsto
por el artículo 26.2 de la LOUA.
Se acredita la información pública reglamentaria de la aprobación inicial del
expediente, con publicación del correspondiente Acuerdo Plenario tanto en un periódico
de tirada provincial, como en el Boletín Oficial de la Provincia, sin que se hayan formulado
alegaciones al respecto.
Se han solicitado los pronunciamientos sectoriales de los distintos órganos de
la Administración Autonómica a través de la Comisión Provincial de Coordinación
Urbanística, de conformidad con lo establecido en el Decreto 36/2014, de 11 de febrero,
por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta
de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Las conclusiones de
dichas solicitudes se recogen en apartados previos del presente informe.
D.2. En lo relativo a la documentación.
Dado que la aprobación inicial de la modificación se produjo el 7.4.2011, anterior a
la modificación de la LOUA que introdujo el apartado 3 del artículo 19 (vigente desde el
28.2.2012), no es necesario incluir como documento anexo el Resumen Ejecutivo.
Por el mismo motivo, no le es exigible el documento de Valoración de Impacto en la
Salud, en cumplimiento de los artículos 3 y 10 del Decreto 169/2014, de 9 de diciembre,
por el que se establece el Procedimiento de la Evaluación del Impacto en la Salud de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Informe de Evaluación.
Aunque tampoco le es de aplicación, por el mismo motivo, el art. 133 de la Ley 39/2015,
sobre Consultas Previas, sí se llevó a cabo un periodo de exposición pública posterior a
la aprobación inicial en el que no se presentaron alegaciones ni sugerencias.
Respecto al Informe de Sostenibilidad Económica y la Memoria de Viabilidad
Económica, a la que se refiere el artículo 22.5 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30
de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación
Urbana, se entiende que su contenido se corresponde con los apartados C05. Estudio
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284666
6. Informe de no afectación del Servicio de Promoción Rural de la Delegación Territorial
de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente de fecha 28.1.14; e 7. Informe de Carreteras
solicitando estudio acústico de fecha 15.2.18.
- Con posterioridad a la tercera aprobación plenaria provisional de fecha 7.8.19 se
dictaron los siguientes informes: 1. Informe de Ordenación del Territorio de fecha 15.2.19;
2. Informe de carácter favorable de Carreteras de la Delegación Territorial de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio de fecha 18.9.19; 3. Informe de Aguas de
carácter favorable condicionado de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería,
Pesca y Desarrollo Sostenible de fecha 3.7.20; e 4. Informe favorable sobre Patrimonio
Histórico de la Delegación Territorial de Cultura y Patrimonio Histórico de fecha 26.6.20.
- Con fecha 14.12.22 se emite el informe favorable en materia de Aguas por la
Delegación Territorial de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Sostenible, posterior a la
cuarta aprobación plenaria provisional del instrumento de planeamiento.
- Por la Dirección General de la Costa y el Mar del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico se han emitido dos informes: 1. Con carácter
desfavorable con fecha 1.6.20 y, 2. Con carácter favorable con fecha 3.8.21.