Disposiciones generales. . (2023/103-2)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de proyectos para residencias artísticas.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Jueves, 1 de junio de 2023

página 9576/4

f) En el proceso creativo que se desarrolle durante la residencia, podrán asistir el
alumnado y profesionales del sector que determine la Agencia Andaluza de Instituciones
Culturales.
g) La compañía residente podrá ser contratada por la agencia para realizar una
muestra final del trabajo llevado a cabo.
8.2. Durante la residencia las compañías asumen las siguientes obligaciones:
a) Seguir estrictamente las indicaciones de la Dirección del espacio en cuanto
a volumen de sonido y horarios de uso, de conformidad con la normativa vigente a la
que se remite la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, así como las
normas de seguridad establecidas.
b) Observar las normas de seguridad y salud, y prevención de riesgos laborales.
c) Atender todas las indicaciones del personal de la Agencia respecto al uso de los
materiales del espacio escénico.
d) Asumir las normas internas que regulan el uso del espacio facilitado.
e) El adjudicatario declara conocer y aceptar las condiciones de cada espacio,
asumiendo la responsabilidad de cuantas contingencias pudieran producirse durante su
estancia.
f) Cumplir con el tiempo de residencia establecido.
8.3. Durante la residencia, la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales asume las
siguientes obligaciones:
a) Proporcionar los espacios en la fecha y franja horaria determinada entre las dos partes.
b) Poner a disposición de la empresa, dentro de las necesidades y disponibilidad de
la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, el asesoramiento artístico, sin que ello
implique compromiso de aumentar los horarios establecidos por la Agencia Andaluza de
Instituciones Culturales.
c) Asumir el mantenimiento y limpieza del espacio.
d) Asumir los servicios habituales de seguridad y acceso del espacio, siendo por
cuenta de la adjudicataria los servicios relacionados con la actividad.
e) Asegurar por contingencia de responsabilidad civil el espacio, no así al personal de
la adjudicataria por su estancia y trabajo en el mismo.

Décima. Propiedad intelectual.
Los participantes declaran bajo su responsabilidad que el proyecto presentado es
de creación intelectual exclusivamente propia y original. En el caso de que el proyecto
incorpore obras o prestaciones intelectuales preexistentes, sujetas a algún derecho
de propiedad intelectual, declaran y garantizan que cuentan con las correspondientes
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284596

Novena. Representación pública.
Tras la finalización de la residencia se podrá realizar, en el periodo máximo de noventa
(90) días, una representación pública del trabajo realizado en el lugar que determine la
Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. Para la representación pública la Agencia
Andaluza de Instituciones Culturales y la compañía formalizarán el correspondiente
contrato privado de representación pública, de conformidad con el artículo 26 de la Ley
9/2017, de contratos del sector público, por importe de hasta un máximo de 3.000€ más
IVA, en función del lugar de estreno elegido y de las características del espectáculo. Para
la modalidad de artistas emergentes, el precio máximo será de 1.500 euros más IVA.
El espectáculo que resulte de la residencia será incorporado al catálogo de
espectáculos de la Red Andaluza de Teatros Públicos, siempre y cuando realicen la
solicitud de entrada al programa en tiempo y forma.
Como consecuencia de la contratación, la compañía asume la obligación de llevar a
cabo la realización del espectáculo en todas sus fases, asumiendo los costes y retribuciones
de los elementos materiales y personales, necesarios para su producción, respondiendo
del cumplimiento de sus obligaciones laborales, de Seguridad Social y Fiscal.