Disposiciones generales. . (2023/103-2)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca la presentación de proyectos para residencias artísticas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Jueves, 1 de junio de 2023
página 9576/2
o a través del registro electrónico del Portal de Atención a la Ciudadanía (Presentación
Electrónica General, PEG), disponible en la pestaña «Servicios y Trámites» en el siguiente
enlace: https://juntadeandalucia. es//servicios.html. También podrán presentarse en
las oficinas de correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, en las
representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las
oficinas de asistencia en materia de registros, de conformidad con lo establecido en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
B. Para aquellas candidaturas enviadas por correo y en las presentadas en algún
registro oficial en formato papel, deberá comunicarse el envío por correo electrónico,
adjuntando justificante de la fecha de imposición del envío en las oficinas de correos
o la fecha de entrega en otro centro dentro del plazo. En estos casos, se entregarán,
dirigidas a la persona titular de la Gerencia de la Agencia, en un sobre cerrado, junto con
el Formulario de Solicitud (Anexo I) firmado, mencionando en el asunto «Convocatoria
Nombre de la convocatoria AAIICC».
C. Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días
hábiles, iniciándose su cómputo el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Cuarta. Documentación a presentar.
a) Anexo I de solicitud.
b) Documento que incluya:
1. Proyecto artístico que el/la creador/a tenga previsto desarrollar en la residencia,
que debe adecuarse al espacio de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
2. Calendario de trabajo.
3. Currículum vitae o trayectoria profesional de la compañía.
4. Acreditación en el caso de aristas emergentes, de ser menor de 25 años.
5. Proyecto de taller de formación de al menos seis horas de duración, sobre el
proceso creativo seguido.
Sexta. Comisión de Valoración.
La valoración de los espectáculos se realizará por una Comisión de Valoración que
será presidida por la persona titular de la Dirección de Música y Artes Escénicas, y estará
formada por tres vocales, expertos en la materia, designados mediante resolución de la
Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. Las personas designadas
para formar parte de la Comisión no podrán estar vinculadas profesional o artísticamente
con ninguna empresa productora o distribuidora de artes escénicas que hayan solicitado
participar en el programa. Podrán ser invitados a participar, con voz y sin votos, expertos
independientes en la materia.
La Comisión estará asistida por una persona licenciada en derecho adscrita a
la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, que actuará como secretario/a. La
composición de la Comisión deberá respetar una representación equilibrada de hombres
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284596
Quinta. Trámite de subsanación.
Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañara de la
documentación preceptiva, se requerirá de manera conjunta a las personas interesadas
para que, en el plazo de 10 días hábiles, subsane y/o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su
solicitud, previa resolución.
El trámite de subsanación se notificará de forma conjunta a todos los interesados
publicándose en la página web de la Agencia. En todo caso, esta publicación sustituye a
la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Jueves, 1 de junio de 2023
página 9576/2
o a través del registro electrónico del Portal de Atención a la Ciudadanía (Presentación
Electrónica General, PEG), disponible en la pestaña «Servicios y Trámites» en el siguiente
enlace: https://juntadeandalucia. es//servicios.html. También podrán presentarse en
las oficinas de correos, en la forma que reglamentariamente se establezca, en las
representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, en las
oficinas de asistencia en materia de registros, de conformidad con lo establecido en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas.
B. Para aquellas candidaturas enviadas por correo y en las presentadas en algún
registro oficial en formato papel, deberá comunicarse el envío por correo electrónico,
adjuntando justificante de la fecha de imposición del envío en las oficinas de correos
o la fecha de entrega en otro centro dentro del plazo. En estos casos, se entregarán,
dirigidas a la persona titular de la Gerencia de la Agencia, en un sobre cerrado, junto con
el Formulario de Solicitud (Anexo I) firmado, mencionando en el asunto «Convocatoria
Nombre de la convocatoria AAIICC».
C. Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días
hábiles, iniciándose su cómputo el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía.
Cuarta. Documentación a presentar.
a) Anexo I de solicitud.
b) Documento que incluya:
1. Proyecto artístico que el/la creador/a tenga previsto desarrollar en la residencia,
que debe adecuarse al espacio de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.
2. Calendario de trabajo.
3. Currículum vitae o trayectoria profesional de la compañía.
4. Acreditación en el caso de aristas emergentes, de ser menor de 25 años.
5. Proyecto de taller de formación de al menos seis horas de duración, sobre el
proceso creativo seguido.
Sexta. Comisión de Valoración.
La valoración de los espectáculos se realizará por una Comisión de Valoración que
será presidida por la persona titular de la Dirección de Música y Artes Escénicas, y estará
formada por tres vocales, expertos en la materia, designados mediante resolución de la
Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales. Las personas designadas
para formar parte de la Comisión no podrán estar vinculadas profesional o artísticamente
con ninguna empresa productora o distribuidora de artes escénicas que hayan solicitado
participar en el programa. Podrán ser invitados a participar, con voz y sin votos, expertos
independientes en la materia.
La Comisión estará asistida por una persona licenciada en derecho adscrita a
la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, que actuará como secretario/a. La
composición de la Comisión deberá respetar una representación equilibrada de hombres
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284596
Quinta. Trámite de subsanación.
Si la solicitud presentada no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañara de la
documentación preceptiva, se requerirá de manera conjunta a las personas interesadas
para que, en el plazo de 10 días hábiles, subsane y/o acompañe los documentos
preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciere, se le tendrá por desistido de su
solicitud, previa resolución.
El trámite de subsanación se notificará de forma conjunta a todos los interesados
publicándose en la página web de la Agencia. En todo caso, esta publicación sustituye a
la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.