3. Otras disposiciones. . (2023/103-33)
Orden de 26 de mayo de 2023, por la que se avocan determinadas competencias para la resolución de subvenciones en materia de Formación Profesional para el Empleo y se delegan en la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Jueves, 1 de junio de 2023
página 9601/2
13 del Cuadro Resumen de la Orden de 3 de junio de 2016, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia
competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de
formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a
personas trabajadoras ocupadas, en lo que se refiere a la resolución del procedimiento de
concesión de subvenciones que se convoquen durante el ejercicio 2023.
Segundo. Delegación de competencias.
Delegar la competencia previamente avocada en el dispongo anterior, en la persona
titular de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo.
Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación
indicarán expresamente esta circunstancia.
Tercero. Efectos.
La presente orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de mayo de 2023
ROCÍO BLANCO EGUREN
00284620
Consejera de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 103 - Jueves, 1 de junio de 2023
página 9601/2
13 del Cuadro Resumen de la Orden de 3 de junio de 2016, por la que se establecen las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, en régimen de concurrencia
competitiva, en materia de Formación Profesional para el Empleo en las modalidades de
formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y a
personas trabajadoras ocupadas, en lo que se refiere a la resolución del procedimiento de
concesión de subvenciones que se convoquen durante el ejercicio 2023.
Segundo. Delegación de competencias.
Delegar la competencia previamente avocada en el dispongo anterior, en la persona
titular de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo.
Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la presente delegación
indicarán expresamente esta circunstancia.
Tercero. Efectos.
La presente orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de mayo de 2023
ROCÍO BLANCO EGUREN
00284620
Consejera de Empleo, Empresa
y Trabajo Autónomo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja