Autoridades y personal. . (2023/102-28)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Universidad de Sevilla, por la que se modifica la de 20 de enero de 2023, de la Universidad de Sevilla, por la que se establece el calendario de publicación de las convocatorias de contratos para la realización de actividades científico-técnicas para Personal Investigador y Técnicos con cargo a proyectos/ayudas de investigación durante 2023, vinculados a líneas de investigación o a servicios científico-técnicos, al amparo del artículo 23 bis de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, y el modelo de las convocatorias previstas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023

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incorporando en formato pdf los documentos requeridos. Cada uno de los ficheros en los
que se presente la documentación que se pretende subsanar no podrá superar el tamaño
máximo de 4MB. Una vez grabada la subsanación en el gestor e incorporados todos los
documentos requeridos, el solicitante deberá finalizar el proceso y presentar el documento
generado acreditativo de la subsanación, dirigido al Vicerrector de Investigación, a través
del Registro General de la Universidad de Sevilla
(https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por cualquiera de los medios
establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
9.3. Solo cuando se haya llevado a cabo el trámite previsto en el apartado anterior
se tendrán por adjuntados a la subsanación los documentos y la información que se
hubiesen incorporado al gestor de solicitudes.
9.4. Los solicitantes excluidos provisionalmente que no presenten en plazo
reclamación o subsanación de documentación se tendrán por desistidos en su petición.

11. Criterios de valoración.
11.1. Los criterios generales de valoración serán: titulaciones, expediente académico,
currículo investigador y, opcionalmente, entrevistas con las personas candidatas.
11.2. Los criterios específicos de valoración se recogerán en el Anexo I de la
convocatoria y deberán guardar relación objetiva y proporcionada con las funciones
asumidas y las tareas a desempeñar, entre los que se incluirá la formación en las tareas
asignadas al contrato ofertado y la experiencia profesional relacionada con dichas tareas.
11.3. La Comisión de Selección será responsable de valorar los méritos y ordenar la
realización de las entrevistas si lo considera necesario. Con carácter general valorarán
los siguientes méritos acreditados documentalmente y relacionados con las tareas y
actividades a realizar, de acuerdo con las siguientes puntuaciones:
1) Titulaciones oficiales directamente relacionadas con las tareas a desarrollar y hasta
un máximo de 3 puntos. En el caso de que una determinada titulación o titulaciones sean
exigibles como requisito de participación en la convocatoria, únicamente se valorarán
aquellas iguales o superiores a la exigida, con los siguientes límites máximos:
• Doctor (hasta un máximo de 3 puntos).
• Máster Universitario con la previa titulación de Grado/Licenciatura/Diplomatura (hasta
un máximo de 2,5 puntos).
• Licenciatura o Grado de 300 ECTS o superior (hasta un máximo de 2,1 puntos).
• Grado inferior a 300 ECTS (hasta un máximo de 1,9 puntos).
• Diplomado Universitario (hasta un máximo de 1,7 puntos).
• Formación Profesional de grado superior o Bachiller (hasta un máximo de 1,2 puntos).
• Formación Profesional de grado medio, Educación Secundaria Obligatoria o
equivalente (hasta un máximo de 0,5 puntos).
2) Formación relacionada con las tareas a desempeñar (hasta un máximo de 2
puntos).
3) Experiencia profesional relacionada con las tareas a desarrollar (hasta un máximo
de 2,5 puntos).
11.4. La Comisión de Selección establecerá la puntuación mínima exigible en el
baremo de méritos (méritos 1, 2, y 3 del apartado 11.3) para que los candidatos puedan
ser seleccionados o formen parte de la lista de candidatos suplentes, quedando aquellos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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10. Listado definitivo de admitidos y excluidos.
Transcurrido el plazo sin que se hubiesen presentado reclamaciones o resueltas las
que, en su caso, hayan podido presentarse, se publicará el Listado definitivo de admitidos
y excluidos, en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla
(https://www.us.es/tablon-virtual), y en la dirección web del Vicerrectorado de Investigación
(https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal).