Autoridades y personal. . (2023/102-27)
Resolución de 26 de mayo de 2023, de la Universidad de Granada, por la que se convoca proceso selectivo de acceso libre para ingreso en la Escala Técnica Jurídica de esta Universidad.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023

página 9467/9

8.3. Las personas que tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán
exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados
para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación para acreditar
su condición, así como fotocopia compulsada de la titulación exigida, y aquellas
circunstancias que obren en su hoja de servicios.
8.4. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran
la documentación o, del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de
los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrado personal funcionario de
carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que
hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
8.5. Por la autoridad convocante, vista la propuesta del Tribunal calificador, se
procederá al nombramiento de personal funcionario de carrera, mediante resolución que
se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
8.6. La toma de posesión de las personas seleccionadas se efectuará en el plazo
máximo de un mes, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación de su
nombramiento en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».
9. Norma final.
9.1. Las personas aspirantes, por el hecho de participar en el presente proceso
selectivo, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones
que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla
facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases,
así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden del proceso
selectivo.
9.2. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa en virtud de
los artículos 84.1 de los Estatutos de esta Universidad y 83.4 de la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, del Sistema Universitario, podrá interponerse potestativamente recurso
de reposición en el plazo de un mes ante el Rectorado de esta Universidad, a contar a
partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, de conformidad
con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o interponer directamente
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Granada, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de notificación
de este escrito, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
9.3. Las personas que tengan la consideración de interesadas en el procedimiento
podrán interponer recurso de alzada contra los actos del Tribunal calificador ante el
Rector o la Rectora de la Universidad, en los términos previstos en los artículos 121 y
concordantes Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
9.4. Asimismo, el Rector o la Rectora de la Universidad de Granada podrá, en su
caso, proceder a la revisión de los Acuerdos del Tribunal, conforme a lo previsto en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y el artículo 85 de los Estatutos de la Universidad de Granada.

00284492

Granada, 26 de mayo de 2023.- La Rectora, María Pilar Aranda Ramírez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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