Autoridades y personal. . (2023/102-12)
Resolución de 25 de mayo de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la de 14 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes que superan el concurso-oposición, correspondiente a las pruebas selectivas por el sistema de acceso libre, de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Farmacia Hospitalaria, y se anuncia la publicación de dichas listas.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023
página 9450/3
Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 54, de 21 de marzo), en orden a incluir
en dicha lista las modificaciones derivadas de la estimación de los recursos potestativos
de reposición interpuestos y aceptación de denuncias, contra dicha resolución
Quinto. Las personas aspirantes que figuran en el anexo de esta resolución deberán
presentar, en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente hábil al de
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
inclusive, la solicitud de Petición de centro de destino de forma electrónica, a través del
formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de
la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del
Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).
En virtud de lo dispuesto en la base 11.1 de las bases generales, y al objeto de
garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas
aspirantes que han superado el concurso-oposición, con independencia de la puntuación
obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos los centros de destinos
ofertados, especificando para ello los códigos de centros indicados en el anexo de la
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio
Andaluz de Salud (BOJA núm. 62, de 31 de marzo), por la que se indica la relación de las
plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino en el concurso-oposición
de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Farmacia Hospitalaria, por el sistema
de acceso libre. En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante
declarará bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.
Las personas aspirantes que concurran por el cupo de plazas reservadas a personas
con discapacidad podrán solicitar la alteración del orden de prelación establecido para la
elección de plaza y demandar un ámbito territorial concreto, alegando para ello motivos
de dependencia personal, dificultades de desplazamiento y otros análogos. La Dirección
General de Personal resolverá, en cada caso, en función de la discapacidad acreditada
y los cuidados que requiera la persona con discapacidad, limitando la alteración del
citado orden de prelación al mínimo requerido para posibilitar la elección de plaza a la
persona con discapacidad. La Dirección General de Personal podrá solicitar a la persona
aspirante los informes y certificados que estime precisos, así como requerir informe a
órganos técnicos, sanitarios o asistenciales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284477
Cuarto. Anunciar que las listas definitivas, conteniendo las modificaciones indicadas
en los puntos anteriores, se encontrarán expuestas en los tablones de anuncios de los
Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Provinciales de
la Consejería de Salud, a partir del mismo día de publicación de la presente resolución
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en la página web del Servicio
Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 102 - Miércoles, 31 de mayo de 2023
página 9450/3
Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 54, de 21 de marzo), en orden a incluir
en dicha lista las modificaciones derivadas de la estimación de los recursos potestativos
de reposición interpuestos y aceptación de denuncias, contra dicha resolución
Quinto. Las personas aspirantes que figuran en el anexo de esta resolución deberán
presentar, en el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente hábil al de
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
inclusive, la solicitud de Petición de centro de destino de forma electrónica, a través del
formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de
la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del
Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).
En virtud de lo dispuesto en la base 11.1 de las bases generales, y al objeto de
garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas
aspirantes que han superado el concurso-oposición, con independencia de la puntuación
obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos los centros de destinos
ofertados, especificando para ello los códigos de centros indicados en el anexo de la
Resolución de 28 de marzo de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio
Andaluz de Salud (BOJA núm. 62, de 31 de marzo), por la que se indica la relación de las
plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino en el concurso-oposición
de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Farmacia Hospitalaria, por el sistema
de acceso libre. En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante
declarará bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.
Las personas aspirantes que concurran por el cupo de plazas reservadas a personas
con discapacidad podrán solicitar la alteración del orden de prelación establecido para la
elección de plaza y demandar un ámbito territorial concreto, alegando para ello motivos
de dependencia personal, dificultades de desplazamiento y otros análogos. La Dirección
General de Personal resolverá, en cada caso, en función de la discapacidad acreditada
y los cuidados que requiera la persona con discapacidad, limitando la alteración del
citado orden de prelación al mínimo requerido para posibilitar la elección de plaza a la
persona con discapacidad. La Dirección General de Personal podrá solicitar a la persona
aspirante los informes y certificados que estime precisos, así como requerir informe a
órganos técnicos, sanitarios o asistenciales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284477
Cuarto. Anunciar que las listas definitivas, conteniendo las modificaciones indicadas
en los puntos anteriores, se encontrarán expuestas en los tablones de anuncios de los
Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones Provinciales de
la Consejería de Salud, a partir del mismo día de publicación de la presente resolución
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, así como en la página web del Servicio
Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).