Autoridades y personal. . (2023/101-25)
Resolución de 24 de mayo de 2023, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la de 29 de noviembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, que aprobó las listas definitivas de personas aspirantes que han superado el concurso-oposición de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Análisis Clínicos, por el sistema de acceso libre, y anunció la publicación de dichas listas, y por la que se indica la relación de las plazas que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Martes, 30 de mayo de 2023
página 9375/3
Tercero. Modificar las listas definitivas de personas aspirantes excluidas del concurso
oposición en la fase de concurso, con indicación de la causa de exclusión.
Cuarto. Anunciar que las listas definitivas, conteniendo las modificaciones indicadas
en los puntos anteriores, se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o
virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones
Territoriales de la Consejería de Salud y Consumo, así como en la página web del
Servicio Andaluz de Salud (www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/), a
partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
Sexto. En el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
aquellas personas aspirantes que han superado el concurso oposición deberán presentar
la solicitud de petición de centro de destino de forma electrónica, a través del formulario
electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la
Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del
Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).
En virtud de lo dispuesto en la base 11.1 de las bases generales, y al objeto
de garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las
personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, con independencia de
la puntuación obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos los centros de
destinos ofertados, especificando para ello los códigos de centros indicados en el anexo.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.
Las personas aspirantes que concurran por el cupo de plazas reservadas a
personas con discapacidad podrán solicitar la alteración del orden de prelación
establecido para la elección de plaza y demandar un ámbito territorial concreto,
alegando para ello motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento
y otros análogos. La Dirección General de Personal resolverá, en cada caso, en
función de la discapacidad acreditada y los cuidados que requiera la persona
con discapacidad, limitando la alteración del citado orden de prelación al mínimo
requerido para posibilitar la elección de plaza a la persona con discapacidad. La
Dirección General de Personal podrá solicitar a la persona aspirante los informes y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284399
Quinto. Aprobar la relación de plazas que se ofertan en el concurso-oposición de
Facultativo/a Especialista Área, especialidad Análisis Clínicos, por el sistema de sistema
acceso libre, conforme a la distribución por centros de destino que se indica en el Anexo I
de la presente resolución.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 101 - Martes, 30 de mayo de 2023
página 9375/3
Tercero. Modificar las listas definitivas de personas aspirantes excluidas del concurso
oposición en la fase de concurso, con indicación de la causa de exclusión.
Cuarto. Anunciar que las listas definitivas, conteniendo las modificaciones indicadas
en los puntos anteriores, se encontrarán expuestas al público en los tablones físicos o
virtuales de los Servicios Centrales del Servicio Andaluz de Salud y de las Delegaciones
Territoriales de la Consejería de Salud y Consumo, así como en la página web del
Servicio Andaluz de Salud (www.sspa.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud/), a
partir del mismo día de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía.
Sexto. En el plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día hábil siguiente al de
publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
aquellas personas aspirantes que han superado el concurso oposición deberán presentar
la solicitud de petición de centro de destino de forma electrónica, a través del formulario
electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de la
Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del
Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).
En virtud de lo dispuesto en la base 11.1 de las bases generales, y al objeto
de garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las
personas aspirantes que han superado el concurso-oposición, con independencia de
la puntuación obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos los centros de
destinos ofertados, especificando para ello los códigos de centros indicados en el anexo.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.
Las personas aspirantes que concurran por el cupo de plazas reservadas a
personas con discapacidad podrán solicitar la alteración del orden de prelación
establecido para la elección de plaza y demandar un ámbito territorial concreto,
alegando para ello motivos de dependencia personal, dificultades de desplazamiento
y otros análogos. La Dirección General de Personal resolverá, en cada caso, en
función de la discapacidad acreditada y los cuidados que requiera la persona
con discapacidad, limitando la alteración del citado orden de prelación al mínimo
requerido para posibilitar la elección de plaza a la persona con discapacidad. La
Dirección General de Personal podrá solicitar a la persona aspirante los informes y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284399
Quinto. Aprobar la relación de plazas que se ofertan en el concurso-oposición de
Facultativo/a Especialista Área, especialidad Análisis Clínicos, por el sistema de sistema
acceso libre, conforme a la distribución por centros de destino que se indica en el Anexo I
de la presente resolución.