Disposiciones generales. . (2023/101-1)
Orden de 12 de mayo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a entidades locales para la ejecución de los Planes de Sostenibilidad Turística en Destino que integran el Plan Territorial de Sostenibilidad Turística de Andalucía 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (C14.I1.2).
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Número 101 - Martes, 30 de mayo de 2023
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Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, con sujeción a las condiciones específicas
establecidas en la base siguiente de las presentes bases reguladoras.
c) El cumplimiento del coeficiente de etiquetado climático asignado en el PRTR, de
conformidad con los Anexos VI y VII del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
d) Aplicar procedimientos que permitan asegurar en todo momento el pleno respeto
a la normativa relativa a las Ayudas de Estado, así como garantizar la ausencia de doble
financiación.
e) Obligación de someterse a las actuaciones de control y seguimiento de la
aplicación de los fondos destinados al proyecto subvencionado mediante la verificación
de documentos y a la evaluación continua y final por parte de la Secretaría de Estado
de Turismo, así como al control financiero de los mismos por la Intervención General de
la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas y órganos estatales y europeos
que tengan encomendado el control y seguimiento de los fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, en particular la Comisión europea, el Tribunal de Cuentas
Europeo, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) y la Fiscalía europea, que
podrán acceder a la información de detalle de las actuaciones realizadas.
f) Serán responsables de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las
actuaciones subvencionadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel
de consecución de cada actuación.
g) Deberán establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar
por terceros contribuyen al logro de las actuaciones previstas y que dichos terceros
aporten la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los
indicadores, hitos y objetivos pertinentes del Plan de Recuperación.
h) Asumir el mantenimiento de una adecuada pista de auditoría de las actuaciones
realizadas en el marco de esta subvención y la obligación de mantenimiento de la
documentación soporte. El suministro de la información se realizará en los términos que
establezca el Ministerio de Hacienda y Función Pública de conformidad con la normativa
nacional y de la Unión Europea.
i) La entidad beneficiaria llevará a cabo los procedimientos y mecanismos oportunos
que reduzcan el riesgo de fraude, corrupción y conflictos de intereses, de conformidad
con el artículo 22.1 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, y el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
Por parte de quienes participen en el procedimiento de contratación, se cumplimentará
una declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI, Modelo IV.A de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).
j) Suministrar información sobre la perceptora final de los fondos, así como también la
información correspondiente a contratistas y subcontratistas, conforme a lo previsto en el
artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre. En concreto, las entidades
beneficiarias deberán cumplir las siguientes obligaciones en relación con la identificación
de los contratistas y subcontratistas:
1.º NIF del contratista o subcontratistas.
2.º Nombre o razón social.
3.º Domicilio fiscal del contratista y, en su caso, subcontratistas.
4.º Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de
conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales (Modelo Anexo IV.B de la citada orden).
5.º Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión
(Modelo Anexo IV.C de la citada orden).
6.º Los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios,
profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284412
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020, con sujeción a las condiciones específicas
establecidas en la base siguiente de las presentes bases reguladoras.
c) El cumplimiento del coeficiente de etiquetado climático asignado en el PRTR, de
conformidad con los Anexos VI y VII del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.
d) Aplicar procedimientos que permitan asegurar en todo momento el pleno respeto
a la normativa relativa a las Ayudas de Estado, así como garantizar la ausencia de doble
financiación.
e) Obligación de someterse a las actuaciones de control y seguimiento de la
aplicación de los fondos destinados al proyecto subvencionado mediante la verificación
de documentos y a la evaluación continua y final por parte de la Secretaría de Estado
de Turismo, así como al control financiero de los mismos por la Intervención General de
la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas y órganos estatales y europeos
que tengan encomendado el control y seguimiento de los fondos del Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, en particular la Comisión europea, el Tribunal de Cuentas
Europeo, la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) y la Fiscalía europea, que
podrán acceder a la información de detalle de las actuaciones realizadas.
f) Serán responsables de la fiabilidad y el seguimiento de la ejecución de las
actuaciones subvencionadas, de manera que pueda conocerse en todo momento el nivel
de consecución de cada actuación.
g) Deberán establecer mecanismos que aseguren que las actuaciones a desarrollar
por terceros contribuyen al logro de las actuaciones previstas y que dichos terceros
aporten la información que, en su caso, fuera necesaria para determinar el valor de los
indicadores, hitos y objetivos pertinentes del Plan de Recuperación.
h) Asumir el mantenimiento de una adecuada pista de auditoría de las actuaciones
realizadas en el marco de esta subvención y la obligación de mantenimiento de la
documentación soporte. El suministro de la información se realizará en los términos que
establezca el Ministerio de Hacienda y Función Pública de conformidad con la normativa
nacional y de la Unión Europea.
i) La entidad beneficiaria llevará a cabo los procedimientos y mecanismos oportunos
que reduzcan el riesgo de fraude, corrupción y conflictos de intereses, de conformidad
con el artículo 22.1 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 12 de febrero de 2021, y el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre.
Por parte de quienes participen en el procedimiento de contratación, se cumplimentará
una declaración de ausencia de conflicto de intereses (DACI, Modelo IV.A de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).
j) Suministrar información sobre la perceptora final de los fondos, así como también la
información correspondiente a contratistas y subcontratistas, conforme a lo previsto en el
artículo 8 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre. En concreto, las entidades
beneficiarias deberán cumplir las siguientes obligaciones en relación con la identificación
de los contratistas y subcontratistas:
1.º NIF del contratista o subcontratistas.
2.º Nombre o razón social.
3.º Domicilio fiscal del contratista y, en su caso, subcontratistas.
4.º Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de
conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales (Modelo Anexo IV.B de la citada orden).
5.º Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión
(Modelo Anexo IV.C de la citada orden).
6.º Los contratistas acreditarán la inscripción en el Censo de empresarios,
profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria o en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284412
BOJA
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