Autoridades y personal. . (2023/98-38)
Resolución de 22 de mayo de 2023, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para la provisión de una plaza del Grupo III, por el sistema de concurso-oposición.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Jueves, 25 de mayo de 2023
página 9165/9
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. El orden de actuación de las personas aspirantes en el que se requiera de una
actuación individualiza se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido
comience por la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria,
atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Administración General del Estado.
6.2. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para que el desarrollo de los
ejercicios de la fase de oposición se realice velando por el cumplimiento de las garantías
de imparcialidad y objetividad en la realización de estos. El Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de
su realización y para que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no
deban ser leídos ante el Tribunal sean corregidos sin que se conozca la identidad de las
personas aspirantes.
6.3. El Tribunal informará, antes de la realización del/los ejercicio/s, de los aspectos
necesarios para su desarrollo, así como de los criterios específicos de corrección y de
la nota mínima para superarlos. El Tribunal estará facultado para establecer los criterios
de valoración y el mínimo para superar los ejercicios, teniendo las demás facultades y
competencias que se recogen en la base 5.2 de la convocatoria.
6.4. El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, a las personas aspirantes para
que acrediten su identidad.
6.5. En atención a los principios de agilidad y eficiencia, el Tribunal podrá determinar
que los ejercicios de la fase de oposición se realicen en un mimo día.
6.6. Las personas aspirantes serán convocadas para la realización del/los ejercicio/s
de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidas del concurso-oposición
aquellas personas que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados
conforme se establece en el artículo 19.3 y 19.4 del Reglamento 25/2022 de ingreso,
provisión de puestos de trabajo y promoción personal de administración y servicios de la
Universidad de Córdoba.
6.7. El lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la fase de oposición
se publicará en el Portal del Personal, apartado «Convocatorias de empleo PTGAS», de
la página web de la Universidad de Córdoba, con una antelación no inferior a diez días
hábiles. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente
deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco
días hábiles.
6.8. Si en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer
su exclusión al Rector de la Universidad de Córdoba, comunicándole, en caso de existir,
las inexactitudes o falsedades formuladas por esta en la solicitud de admisión a estas
pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284201
El Tribunal dispondrá en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del Tribunal,
que atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas
selectivas. Asimismo, cualquier información de interés para el proceso será publicada en
el Portal del Personal, apartado «Convocatorias de empleo PTGAS», de la página web de
la Universidad de Córdoba.
5.13. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo, a efectos económicos, tendrá
la categoría tercera de las recogidas en el Anexo V del Presupuesto de la Universidad de
Córdoba.
5.14. El Tribunal no podrá, en ningún caso, aprobar ni declarar que ha superado
el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas por la
presente resolución. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido
en esta base será nula de pleno derecho.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 98 - Jueves, 25 de mayo de 2023
página 9165/9
6. Desarrollo de los ejercicios.
6.1. El orden de actuación de las personas aspirantes en el que se requiera de una
actuación individualiza se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido
comience por la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria,
atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Administración General del Estado.
6.2. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para que el desarrollo de los
ejercicios de la fase de oposición se realice velando por el cumplimiento de las garantías
de imparcialidad y objetividad en la realización de estos. El Tribunal adoptará las medidas
oportunas para garantizar la confidencialidad del contenido de los ejercicios antes de
su realización y para que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no
deban ser leídos ante el Tribunal sean corregidos sin que se conozca la identidad de las
personas aspirantes.
6.3. El Tribunal informará, antes de la realización del/los ejercicio/s, de los aspectos
necesarios para su desarrollo, así como de los criterios específicos de corrección y de
la nota mínima para superarlos. El Tribunal estará facultado para establecer los criterios
de valoración y el mínimo para superar los ejercicios, teniendo las demás facultades y
competencias que se recogen en la base 5.2 de la convocatoria.
6.4. El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, a las personas aspirantes para
que acrediten su identidad.
6.5. En atención a los principios de agilidad y eficiencia, el Tribunal podrá determinar
que los ejercicios de la fase de oposición se realicen en un mimo día.
6.6. Las personas aspirantes serán convocadas para la realización del/los ejercicio/s
de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidas del concurso-oposición
aquellas personas que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados
conforme se establece en el artículo 19.3 y 19.4 del Reglamento 25/2022 de ingreso,
provisión de puestos de trabajo y promoción personal de administración y servicios de la
Universidad de Córdoba.
6.7. El lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la fase de oposición
se publicará en el Portal del Personal, apartado «Convocatorias de empleo PTGAS», de
la página web de la Universidad de Córdoba, con una antelación no inferior a diez días
hábiles. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente
deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco
días hábiles.
6.8. Si en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer
su exclusión al Rector de la Universidad de Córdoba, comunicándole, en caso de existir,
las inexactitudes o falsedades formuladas por esta en la solicitud de admisión a estas
pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00284201
El Tribunal dispondrá en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del Tribunal,
que atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas
selectivas. Asimismo, cualquier información de interés para el proceso será publicada en
el Portal del Personal, apartado «Convocatorias de empleo PTGAS», de la página web de
la Universidad de Córdoba.
5.13. El Tribunal que actúe en este proceso selectivo, a efectos económicos, tendrá
la categoría tercera de las recogidas en el Anexo V del Presupuesto de la Universidad de
Córdoba.
5.14. El Tribunal no podrá, en ningún caso, aprobar ni declarar que ha superado
el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de plazas convocadas por la
presente resolución. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido
en esta base será nula de pleno derecho.