3. Otras disposiciones. . (2023/97-44)
Resolución de 17 de mayo de 2023, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se declara área de emergencia cinegética temporal por sarna sarcóptica en cabra montés, en varios términos municipales de las provincias de Almería, Cádiz, Granada, Jaén, Málaga y Sevilla.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Miércoles, 24 de mayo de 2023
página 9088/5
preparará solo las partes óseas o corneas y sin piel, la cual deberá ser destinada a planta
de eliminación, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 2 de mayo de 2012.
Octavo. Esta resolución estará vigente hasta la finalización de la temporada cinegética
2024/25, sin embargo, ésta podrá quedar suspendida en su conjunto o en parte de los
términos municipales de los incluidos en el apartado segundo, previa resolución, en el
momento en el que se constate que han desaparecido las causas que han motivado su
declaración.
Noveno. La resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad
con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
00284116
Sevilla, 17 de mayo de 2023.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Miércoles, 24 de mayo de 2023
página 9088/5
preparará solo las partes óseas o corneas y sin piel, la cual deberá ser destinada a planta
de eliminación, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 2 de mayo de 2012.
Octavo. Esta resolución estará vigente hasta la finalización de la temporada cinegética
2024/25, sin embargo, ésta podrá quedar suspendida en su conjunto o en parte de los
términos municipales de los incluidos en el apartado segundo, previa resolución, en el
momento en el que se constate que han desaparecido las causas que han motivado su
declaración.
Noveno. La resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad
con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse recurso de
alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
00284116
Sevilla, 17 de mayo de 2023.- El Director General, Juan Ramón Pérez Valenzuela.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja