3. Otras disposiciones. . (2023/97-36)
Orden de 18 de mayo de 2023, por la que se nombran vocalías titulares y suplentes del Consejo Andaluz del Trabajo Autónomo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Miércoles, 24 de mayo de 2023

página 9100/2

representatividad de las asociaciones profesionales del trabajo autónomo de Andalucía,
por el que se declara cuáles son las asociaciones profesionales del trabajo autónomo
representativas de Andalucía y aquellas de carácter intersectorial que deben formar parte
del Consejo Andaluz del Trabajo Autónomo.
El artículo 20 del citado Decreto 487/2022, de 13 de septiembre, contempla que el
Consejo estará integrado paritariamente por dieciocho miembros, compuesto por una
Presidencia, una Vicepresidencia, que ejercerá también funciones de vocalía y por
dieciséis vocalías más con la siguiente distribución: cuatro vocalías en representación
de aquellas asociaciones profesionales del trabajo autónomo de Andalucía de carácter
intersectorial que hayan sido declaradas representativas, dos vocalías en representación
de las organizaciones sindicales más representativas y otras dos vocalías en
representación de las organizaciones empresariales más representativas, una vocalía
en representación de los municipios andaluces a propuesta de la Federación Andaluza
de Municipios y Provincias y siete vocalías en representación de la Administración de la
Junta de Andalucía.
Para dar cumplimiento al mencionado artículo 20, se ha procedido a solicitar a todas
las Consejerías y entidades que deben formar parte del Consejo Andaluz del Trabajo
Autónomo la correspondientes propuestas de asignación de vocalías y suplencias.
En virtud de lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, que atribuye a
la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo las competencias en materia de
trabajo autónomo y el artículo 31 del Decreto 487/2022, de 13 de septiembre,
DISPONGO
Primero. Designación de la Vicepresidencia del Consejo Andaluz de Trabajo
Autónomo, que ejercerá también funciones de vocalía.
Se designa a doña Susana Romero Román, Directora General de Trabajo Autónomo
y Economía Social de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.

Tercero. Designación de vocalías en representación de las organizaciones sindicales
y empresariales más representativas. Se designan a las siguientes personas titulares:
1. Don Rafael Gelo Cabezón, en representación de Unión General de Trabajadores,
que podrá ser sustituido por doña Inés Mazuela Rosado.
2. Don Sergio Santos Romera, en representación de Comisiones Obreras de
Andalucía, que podrá ser sustituido por Elisabeth García Fernández.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00284131

Segundo. Designación de vocalías en representación de las Asociaciones
Profesionales del Trabajo Autónomo representativas de Andalucía. Se designan las
siguientes vocalías del Consejo Andaluz del Trabajo Autónomo:
1. Don Daniel Muñoz Granados, en representación de la Asociación profesional de
trabajadores autónomos de Andalucía (ATA Andalucía), que podrá ser sustituido por
don Domingo Gallego Malagón.
2. Doña Laura Zineb Muñoz Abdelkader, en representación de la Asociación
profesional de trabajadores autónomos de Andalucía (ATA Andalucía), que podrá ser
sustituida por doña Inmaculada Cabrerizo González.
3. Don Enrique Pérez Fernández,en representación de la Asociación profesional de
trabajadores autónomos de Andalucía (ATA Andalucía), que podrá ser sustituido por don
Miguel Ángel Martín Hernández.
4. Doña María Auxiliadora Ortega Avilés, en representación de la Asociación
profesional de trabajadores autónomos de Andalucía (ATA Andalucía), que podrá ser
sustituida por doña María del Carmen Salcines León.