3. Otras disposiciones. . (2023/97-36)
Orden de 18 de mayo de 2023, por la que se nombran vocalías titulares y suplentes del Consejo Andaluz del Trabajo Autónomo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 97 - Miércoles, 24 de mayo de 2023

página 9100/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO

El Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 58.2.1.º, otorga por un lado
competencias exclusivas en materia de fomento y planificación de la actividad económica
en Andalucía y por otro su artículo 63.1, competencias ejecutivas en materia de empleo y
relaciones laborales.
La Ley 20/2007, el 11 de julio, aprueba el Estatuto del trabajo autónomo, siendo la
primera norma en regular desde un punto de vista económico y social el trabajo de las
personas desarrollado por cuenta propia inscritas en el Régimen Especial de la Seguridad
Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
El Título III «Derechos colectivos del trabajador autónomo» de la norma anteriormente
citada, crea en su artículo 22 el Consejo del Trabajo Autónomo Estatal, como un órgano
consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y profesional del trabajo autónomo,
en el que también deben estar representados los Consejos del Trabajo Autónomo de
ámbito autonómico (en adelante CTA-Estatal). Para ello habilita, en su apartado 7, a
las Comunidades Autónomas para que puedan constituir en sus respectivos ámbitos
territoriales a los Consejos Consultivos en materia socioeconómica y profesional del
trabajo autónomo, así como regular su composición y funcionamiento.
En nuestra Comunidad Autónoma, la Ley 15/2011, de 23 de diciembre, Andaluza de
Promoción del Trabajo Autónomo, contempla en el Capítulo IV, «Participación social»,
las normas necesarias para que las asociaciones profesionales del trabajo autónomo
representativas de Andalucía puedan tener representación en el CTA-Estatal, creando
en su artículo 16, el Consejo Andaluz del Trabajo Autónomo, como órgano adscrito
a la Consejería con competencias en materia de trabajo autónomo, con carácter
consultivo y de asesoramiento de la Administración de la Junta de Andalucía en materia
socioeconómica y profesional del trabajo autónomo, con la finalidad de canalizar el
derecho de participación institucional del conjunto de las organizaciones y asociaciones
que representan a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas. No obstante,
en la disposición final quinta, pospone su constitución y puesta en funcionamiento al
desarrollo reglamentario de su composición y funcionamiento.
En virtud de lo anterior, se aprueba el Decreto 487/2022, de 13 de septiembre, por
el que se crea el Registro de Acuerdos de Interés Profesional de Andalucía, regula
la composición de la Comisión y el procedimiento para valorar y reconocer a las
asociaciones profesionales del trabajo autónomo representativas de Andalucía y se regula
la composición y funcionamiento del Consejo Andaluz del Trabajo Autónomo, acordando
en su artículo 6, la creación de la Comisión de valoración de la representatividad de
las asociaciones profesionales del trabajo autónomo de Andalucía, con la finalidad de
declarar y revisar la condición de representatividad de las asociaciones profesionales
del trabajo autónomo de Andalucía. Asimismo, el Capítulo V, «Consejo Andaluz del
Trabajo Autónomo», regula la naturaleza y régimen jurídico del órgano colegiado, su
adscripción a la Consejería con competencias en materia del trabajo autónomo, así como
su composición, competencias específicas y régimen de funcionamiento.
Por Orden de 29 de noviembre de 2022 se convoca y se inicia de oficio el
procedimiento para reconocer y declarar la condición de asociaciones profesionales del
trabajo autónomo representativas de Andalucía, publicándose en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía con fecha 22 de marzo de 2023, número 55, la Resolución de 16 de
marzo de 2023, de la Secretaría General de Empresa y Trabajo Autónomo, por la que
se da publicidad al Acuerdo de 14 de marzo de 2023, de la Comisión de valoración de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Orden de 18 de mayo de 2023, por la que se nombran vocalías titulares y
suplentes del Consejo Andaluz del Trabajo Autónomo.